Abogados Arequipa - Fernandez

Abogados Arequipa - Fernandez Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Abogados Arequipa - Fernandez, Servicio jurídico, Calle Melgar 513 Cercado Arequipa, Arequipa.

Abogados Arequipa 956 284 644Contáctanos:  https://wa.link/js8yhu ¿𝗡𝗼 𝘁𝗲𝗻𝗴𝗼 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝘁𝗼 𝗲𝘀𝗰𝗿𝗶𝘁𝗼 = 𝗻𝗼 𝘁𝗲𝗻𝗴𝗼 𝗯𝗲𝗻𝗲𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗹𝗮𝗯𝗼𝗿...
18/01/2024

Abogados Arequipa 956 284 644
Contáctanos: https://wa.link/js8yhu
¿𝗡𝗼 𝘁𝗲𝗻𝗴𝗼 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝘁𝗼 𝗲𝘀𝗰𝗿𝗶𝘁𝗼 = 𝗻𝗼 𝘁𝗲𝗻𝗴𝗼 𝗯𝗲𝗻𝗲𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗹𝗮𝗯𝗼𝗿𝗮𝗹𝗲𝘀?
Muchos trabajadores nos comentan que ingresaron a laborar a una empresa o para una persona natural, y nunca les hicieron firmar un contrato laboral escrito, pasaron los meses y tampoco les pagaron sus beneficios laborales, su pregunta es: ¿Corresponde pagar beneficios laborales a un trabajador sin contrato escrito?

𝗧𝗜𝗣𝗢 𝗗𝗘 𝗖𝗢𝗡𝗧𝗥𝗔𝗧𝗢
El contrato laboral puede ser escrito o verbal, si el trabajador está prestando servicios a un tercero, bajo subordinación de su empleador y recibe una remuneración por ello, estamos ante un contrato laboral de trabajo.

𝗕𝗘𝗡𝗘𝗙𝗜𝗖𝗜𝗢𝗦 𝗟𝗔𝗕𝗢𝗥𝗔𝗟𝗘𝗦
Al existir un contrato de trabajo laboral verbal corresponde el pago de todos los beneficios laborales como gratificaciones 2 veces al año, compensación por tiempo de servicio, vacaciones, horas extra, etc.

¿𝗤𝗨𝗜𝗘𝗡𝗘𝗦 𝗧𝗜𝗘𝗡𝗘𝗡 𝗗𝗘𝗥𝗘𝗖𝗛𝗢 𝗔 𝗘𝗦𝗧𝗢𝗦 𝗕𝗘𝗡𝗘𝗙𝗜𝗖𝗜𝗢𝗦 ?
Si trabajas en una ferretería, en un hotel, una óptica, una tienda, una peluquería, o cualquier negocio sea grande o pequeño, puedes cobrar aun tus beneficios laborales.
Si ya dejaste de trabajar y nunca te los pagaron, también puedes cobrar tus beneficios laborales a quien fue tu empleador.

𝗡𝗨𝗘𝗦𝗧𝗥𝗢𝗦 𝗦𝗘𝗥𝗩𝗜𝗖𝗜𝗢𝗦: 𝗖𝗼𝗻𝘁𝗮𝗺𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗻 𝗮𝗯𝗼𝗴𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗲𝘀𝗽𝗲𝗰𝗶𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗱𝗲𝗿𝗲𝗰𝗵𝗼 𝗹𝗮𝗯𝗼𝗿𝗮𝗹 𝗾𝘂𝗲 𝗽𝗼𝗱𝗿á𝗻 𝗮𝘀𝗲𝘀𝗼𝗿𝗮𝗿𝘁𝗲 𝗵𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗲𝗹 𝗰𝗼𝗯𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝘁𝘂𝘀 𝗯𝗲𝗻𝗲𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀.
𝗡𝘂𝗺𝗲𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗮𝗰𝘁𝗼 𝟵𝟱𝟲𝟮𝟴𝟰𝟲𝟰𝟰

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— en Arequipa.

𝐀𝐒𝐄𝐒𝐎𝐑𝐈́𝐀 𝐄𝐍 𝐏𝐑𝐎𝐂𝐄𝐃𝐈𝐌𝐈𝐄𝐍𝐓𝐎𝐒 𝐍𝐎𝐓𝐀𝐑𝐈𝐀𝐋𝐄𝐒 𝐘 𝐑𝐄𝐆𝐈𝐒𝐓𝐑𝐀𝐋𝐄𝐒✔ 𝐍𝐎𝐓𝐀𝐑𝐈́𝐀𝐒Realizamos TODOS los trámites por ti, hasta que obtengas ...
17/05/2023

𝐀𝐒𝐄𝐒𝐎𝐑𝐈́𝐀 𝐄𝐍 𝐏𝐑𝐎𝐂𝐄𝐃𝐈𝐌𝐈𝐄𝐍𝐓𝐎𝐒 𝐍𝐎𝐓𝐀𝐑𝐈𝐀𝐋𝐄𝐒 𝐘 𝐑𝐄𝐆𝐈𝐒𝐓𝐑𝐀𝐋𝐄𝐒

✔ 𝐍𝐎𝐓𝐀𝐑𝐈́𝐀𝐒

Realizamos TODOS los trámites por ti, hasta que obtengas resultados lo más RÁPIDO posible.

Realizamos minutas de compraventas, constitución de empresas, asociaciones, modificaciones de estatutos, poderes especiales y demás.

Te ayudamos en tus trámites de sucesiones intestadas, herencias, testamentos, compraventa y otros.

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✔ 𝐑𝐄𝐆𝐈𝐒𝐓𝐑𝐎𝐒 𝐏𝐔́𝐁𝐋𝐈𝐂𝐎𝐒:

- Saneamiento de propiedades.
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- Entre otros.

Comunícate con nosotros:
- 956 284 644

¿QUE HACER ANTE UN DESPIDO?-Consulta vía whatsapp: https://wa.link/js8yhu-Consultas telefónicas: 956284644-Dirección: Ca...
03/08/2022

¿QUE HACER ANTE UN DESPIDO?

-Consulta vía whatsapp: https://wa.link/js8yhu
-Consultas telefónicas: 956284644
-Dirección: Calle Melgar 513, Cercado Arequipa

El despido es un acto mediante el cual el empleador da por finalizado el vínculo laboral. Este, puede ser legítimo, por la existencia de una causa justa, o ilegítimo al vulnerar los derechos del trabajador. El procedimiento, es el siguiente:

𝟭) 𝗖𝗔𝗥𝗧𝗔 𝗗𝗘 𝗣𝗥𝗘 – 𝗔𝗩𝗜𝗦𝗢 (𝗘𝗠𝗣𝗟𝗘𝗔𝗗𝗢𝗥)
Si el empleador considera que el trabajador a cometido una falta grave que amerita el despido (Art. 34 del D.L. 728), deberá realizar una imputación escrita de cargos (carta de pre-aviso). En la cual, deberá evaluar: 1) El hecho imputado 2) La tipificación de la falta 3) El Test de proporcionalidad 4) Anteriores faltas (reincidencia). Debiendo otorgar al trabajador un plazo mínimo de 06 días para sus descargos.

𝟮) 𝗖𝗔𝗥𝗧𝗔 𝗗𝗘 𝗗𝗘𝗦𝗖𝗔𝗥𝗚𝗢𝗦 (𝗧𝗥𝗔𝗕𝗔𝗝𝗔𝗗𝗢𝗥)
El trabajador, una vez reciba la carta de pre-aviso, formulara su carta de descargos dentro del plazo otorgado. En esta carta, deberá cuestionar la existencia del hecho imputado, la ausencia de pruebas que acrediten el hecho imputado, la incorrecta tipificación de la falta o inexistencia de proporcionalidad entre la falta y la sanción (porque no toda falta amerita un despido).

𝟯) 𝗖𝗔𝗥𝗧𝗔 𝗗𝗘 𝗗𝗘𝗦𝗣𝗜𝗗𝗢 (𝗘𝗠𝗣𝗟𝗘𝗔𝗗𝗢𝗥)
El empleador deberá evaluar los fundamentos del descargo y decidir: 1) Despedir. 2) Imponer otra sanción (suspensión en lugar del despido). 3) No sancionar al trabajador.

𝟰) 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗢 𝗝𝗨𝗗𝗜𝗖𝗜𝗔𝗟 (𝗧𝗥𝗔𝗕𝗔𝗝𝗔𝗗𝗢𝗥)
Si existió un despido arbitrario, nulo, fraudulento o incausado, el trabajador deberá demandar judicialmente a fin de obtener su reposición o indemnización según correspondan; así como, exigir el pago de sus beneficios laborales adeudados.

𝗡𝗨𝗘𝗦𝗧𝗥𝗔 𝗔𝗦𝗘𝗦𝗢𝗥𝗜𝗔: Contamos con abogados especializados en derecho laboral, con amplia experiencia en la asesoría a trabajadores, empresas y sindicatos.

-Consulta vía whatsapp: https://wa.link/js8yhu
-Consultas telefónicas: 956284644

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08/02/2022

𝐀𝐒𝐄𝐒𝐎𝐑Í𝐀 𝐄𝐍 𝐋𝐀 𝐄𝐋𝐀𝐁𝐎𝐑𝐀𝐂𝐈Ó𝐍 𝐘 𝐂𝐔𝐌𝐏𝐋𝐈𝐌𝐈𝐄𝐍𝐓𝐎 𝐃𝐄 𝐂𝐎𝐍𝐓𝐑𝐀𝐓𝐎𝐒 𝐄𝐍 𝐆𝐄𝐍𝐄𝐑𝐀𝐋

-Consulta vía whatsapp: https://wa.link/js8yhu
-Consultas telefónicas: 956284644
-Dirección: Calle Melgar 513, Cercado Arequipa.

𝐓𝐄 𝐁𝐑𝐈𝐍𝐃𝐀𝐌𝐎𝐒 𝐀𝐒𝐄𝐒𝐎𝐑Í𝐀𝐒:

𝟏. 𝐀𝐧𝐭𝐞𝐬 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐂𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚𝐭𝐚𝐜𝐢ó𝐧:
✅ 𝐒𝐢 𝐧𝐞𝐜𝐞𝐬𝐢𝐭𝐚𝐬 𝐞𝐥𝐚𝐛𝐨𝐫𝐚𝐫 𝐮𝐧 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚𝐭𝐨: Te asesoramos a elaborar el contrato que se adapte a lo que buscas, redactando la minuta autorizada por un abogado especialista en contratos.
✅ 𝐒𝐢 𝐟𝐢𝐫𝐦𝐚𝐫á𝐬 𝐮𝐧 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚𝐭𝐨: Revisamos y estudiamos el contrato, a fin que verificar que no te perjudique a la larga o excesivamente si llegaras a incumplirlo.

𝟐. 𝐃𝐮𝐫𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐥𝐚 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚𝐭𝐚𝐜𝐢ó𝐧:
✅ Te acompañamos a negociar los términos del contrato. Asimismo, revisamos antes que firmes, que el contrato establezca lo negociado.

𝟑. 𝐂𝐨𝐧𝐟𝐥𝐢𝐜𝐭𝐨𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚𝐜𝐭𝐮𝐚𝐥𝐞𝐬:
✅ Como primera acción buscamos la solución conciliando a tu favor, a fin de obtener soluciones rápidas y efectivas.
✅ Como segunda opción, buscaremos solucionarlo por vía judicial o arbitraje, a fin de que la otra parte cumpla el contrato o te reembolse el total, más los intereses que se generen y también los daños y perjuicios que se te haya causado producto del incumplimiento.

Consulta vía whatsapp: https://wa.link/js8yhu
Consultas telefónicas: 956284644


DIVORCIOS AREQUIPA-𝑪𝒐𝒏𝒔𝒖𝒍𝒕𝒂 𝒗𝒊𝒂 𝒘𝒉𝒂𝒕𝒔𝒂𝒑𝒑 https://wa.link/js8yhu-𝑪𝒐𝒏𝒔𝒖𝒍𝒕𝒂𝒔 𝒕𝒆𝒍𝒆𝒇𝒐𝒏𝒊𝒄𝒂𝒔 956284644TIPOS DE DIVORCIOS:𝟏° 𝐃𝐈𝐕...
07/05/2021

DIVORCIOS AREQUIPA
-𝑪𝒐𝒏𝒔𝒖𝒍𝒕𝒂 𝒗𝒊𝒂 𝒘𝒉𝒂𝒕𝒔𝒂𝒑𝒑 https://wa.link/js8yhu
-𝑪𝒐𝒏𝒔𝒖𝒍𝒕𝒂𝒔 𝒕𝒆𝒍𝒆𝒇𝒐𝒏𝒊𝒄𝒂𝒔 956284644
TIPOS DE DIVORCIOS:
𝟏° 𝐃𝐈𝐕𝐎𝐑𝐂𝐈𝐎 𝐃𝐄 𝐌𝐔𝐓𝐔𝐎 𝐀𝐂𝐔𝐄𝐑𝐃𝐎 ✅
📌 Los guiaremos, vía conciliación, a establecer un monto fijo o porcentual por concepto de alimentos, tenencia y régimen de visitas, según corresponda.
📌 Los asesoraremos en la repartición de los bienes, asegurando que sean independizados en Registros Públicos de acuerdo a la repartición.
📌 Agilizaremos el trámite notarial, para culminarlo en 03 meses aproximadamente.
𝟐° 𝐒𝐈 𝐀𝐋𝐆𝐔𝐍𝐎 𝐍𝐎 𝐄𝐒𝐓𝐀́ 𝐃𝐄 𝐀𝐂𝐔𝐄𝐑𝐃𝐎 ❌
📌 Tramitaremos tu divorcio vía judicial, mediante la causal más adecuada: separación de hecho, violencia física o psicológica, abandono de hogar, etc.
📌 Ejerceremos una óptima defensa en la repartición de bienes, régimen de visitas, pensión alimentaria y tenencia.
📌 Solicitaremos, de ser el caso, la respectiva indemnización por cónyuge afectado.
𝐄𝐬𝐭𝐚𝐦𝐨𝐬 𝐞𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚𝐝𝐨𝐬 𝐞𝐧 𝐬𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐫 𝐜𝐨𝐧𝐟𝐥𝐢𝐜𝐭𝐨𝐬 𝐟𝐚𝐦𝐢𝐥𝐢𝐚𝐫𝐞𝐬; 𝐥𝐨𝐠𝐫𝐚𝐧𝐝𝐨 𝐜𝐨𝐧𝐜𝐢𝐥𝐢𝐚𝐫 𝐥𝐚 𝐦𝐚𝐲𝐨𝐫𝐢́𝐚 𝐝𝐞 𝐜𝐨𝐧𝐟𝐥𝐢𝐜𝐭𝐨𝐬. 👨‍👩‍👧‍👦
☎ 𝗖𝐨𝐦𝐮𝐧𝐢́𝐜𝐚𝐭𝐞 𝐜𝐨𝐧 𝐧𝐨𝐬𝐨𝐭𝐫𝐨𝐬 𝐚𝐥 𝐧𝐮́𝐦𝐞𝐫𝐨 𝟵𝟱𝟲𝟮𝟴𝟰𝟲𝟰𝟰.


-𝑪𝒐𝒏𝒔𝒖𝒍𝒕𝒂 𝒗𝒊𝒂 𝒘𝒉𝒂𝒕𝒔𝒂𝒑𝒑 https://wa.link/js8yhu
-𝑪𝒐𝒏𝒔𝒖𝒍𝒕𝒂𝒔 𝒕𝒆𝒍𝒆𝒇𝒐𝒏𝒊𝒄𝒂𝒔 956284644

Abogados Arequipa 956284644¿𝗡𝗼 𝘁𝗲𝗻𝗴𝗼 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝘁𝗼 𝗲𝘀𝗰𝗿𝗶𝘁𝗼 = 𝗻𝗼 𝘁𝗲𝗻𝗴𝗼 𝗯𝗲𝗻𝗲𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗹𝗮𝗯𝗼𝗿𝗮𝗹𝗲𝘀?Muchos trabajadores nos comentan q...
19/09/2020

Abogados Arequipa 956284644
¿𝗡𝗼 𝘁𝗲𝗻𝗴𝗼 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝘁𝗼 𝗲𝘀𝗰𝗿𝗶𝘁𝗼 = 𝗻𝗼 𝘁𝗲𝗻𝗴𝗼 𝗯𝗲𝗻𝗲𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗹𝗮𝗯𝗼𝗿𝗮𝗹𝗲𝘀?
Muchos trabajadores nos comentan que ingresaron a laborar a una empresa o para una persona natural, y nunca les hicieron firmar un contrato laboral escrito, pasaron los meses y tampoco les pagaron sus beneficios laborales, su pregunta es: ¿Corresponde pagar beneficios laborales a un trabajador sin contrato escrito?

𝗧𝗜𝗣𝗢 𝗗𝗘 𝗖𝗢𝗡𝗧𝗥𝗔𝗧𝗢
El contrato laboral puede ser escrito o verbal, si el trabajador está prestando servicios a un tercero, bajo subordinación de su empleador y recibe una remuneración por ello, estamos ante un contrato laboral de trabajo.

𝗕𝗘𝗡𝗘𝗙𝗜𝗖𝗜𝗢𝗦 𝗟𝗔𝗕𝗢𝗥𝗔𝗟𝗘𝗦
Al existir un contrato de trabajo laboral verbal corresponde el pago de todos los beneficios laborales como gratificaciones 2 veces al año, compensación por tiempo de servicio, vacaciones, horas extra, etc.

¿𝗤𝗨𝗜𝗘𝗡𝗘𝗦 𝗧𝗜𝗘𝗡𝗘𝗡 𝗗𝗘𝗥𝗘𝗖𝗛𝗢 𝗔 𝗘𝗦𝗧𝗢𝗦 𝗕𝗘𝗡𝗘𝗙𝗜𝗖𝗜𝗢𝗦 ?
Si trabajas en una ferretería, en un hotel, una óptica, una tienda, una peluquería, o cualquier negocio sea grande o pequeño, puedes cobrar aun tus beneficios laborales.
Si ya dejaste de trabajar y nunca te los pagaron, también puedes cobrar tus beneficios laborales a quien fue tu empleador.

𝗡𝗨𝗘𝗦𝗧𝗥𝗢𝗦 𝗦𝗘𝗥𝗩𝗜𝗖𝗜𝗢𝗦: 𝗖𝗼𝗻𝘁𝗮𝗺𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗻 𝗮𝗯𝗼𝗴𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗲𝘀𝗽𝗲𝗰𝗶𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗱𝗲𝗿𝗲𝗰𝗵𝗼 𝗹𝗮𝗯𝗼𝗿𝗮𝗹 𝗾𝘂𝗲 𝗽𝗼𝗱𝗿á𝗻 𝗮𝘀𝗲𝘀𝗼𝗿𝗮𝗿𝘁𝗲 𝗵𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗲𝗹 𝗰𝗼𝗯𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝘁𝘂𝘀 𝗯𝗲𝗻𝗲𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀.
𝗡𝘂𝗺𝗲𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗮𝗰𝘁𝗼 𝟵𝟱𝟲𝟮𝟴𝟰𝟲𝟰𝟰

𝗗𝗘𝗦𝗣𝗜𝗗𝗘𝗡 𝗧𝗥𝗔𝗕𝗔𝗝𝗔𝗗𝗢𝗥𝗘𝗦 𝗘𝗡 𝗔𝗥𝗘𝗤𝗨𝗜𝗣𝗔 𝗣𝗢𝗥 𝗡𝗢 𝗨𝗦𝗔𝗥 𝗠𝗔𝗦𝗖𝗔𝗥𝗜𝗟𝗟𝗔 ¿𝗘𝗦 𝗟𝗘𝗚𝗔𝗟?No toda falta amerita un despido, debe verificarse la...
17/09/2020

𝗗𝗘𝗦𝗣𝗜𝗗𝗘𝗡 𝗧𝗥𝗔𝗕𝗔𝗝𝗔𝗗𝗢𝗥𝗘𝗦 𝗘𝗡 𝗔𝗥𝗘𝗤𝗨𝗜𝗣𝗔 𝗣𝗢𝗥 𝗡𝗢 𝗨𝗦𝗔𝗥 𝗠𝗔𝗦𝗖𝗔𝗥𝗜𝗟𝗟𝗔 ¿𝗘𝗦 𝗟𝗘𝗚𝗔𝗟?

No toda falta amerita un despido, debe verificarse la proporcionalidad entre la falta y la sanción.

𝗖𝗟𝗜𝗘𝗡𝗧𝗘𝗦 𝗗𝗘𝗦𝗣𝗘𝗗𝗜𝗗𝗢𝗦
Hemos recibido bastantes preguntas de clientes que han sido DESPEDIDOS por no llevar puesta la mascarilla, incluso en horario no laborable (mineros que luego de trabajar están en el campamento).

𝗟𝗘𝗬 𝗤𝗨𝗘 𝗥𝗘𝗚𝗨𝗟𝗔 𝗟𝗢𝗦 𝗗𝗘𝗦𝗣𝗜𝗗𝗢𝗦
Para que un despido sea valido, el D.L. 728 a establecido que debe existir una causa prevista por la ley ( faltas relacionadas al rendimiento o a la conducta).

𝗙𝗔𝗟𝗧𝗔𝗦 𝗚𝗥𝗔𝗩𝗘𝗦
El Art 61 del D.L. 728 precisa detalladamente cuales son las faltas graves que existen.
Debemos precisar que este decreto es el único que crea faltas graves, no lo puede hacer el empleador, lo que si puede hacer el empleador es estipular conductas que debe cumplir el trabajador, pero si las incumple el empleador deberá realizar un test de proporcionalidad entre la falta y la sanción.
En el mencionado articulo indica que podría ser considerado falta grave el incumplimiento del reglamento interno y del reglamento de seguridad e higiene, PERO NO TODO INCUMPLIMIENTO AMERITA UN DESPIDO.

𝗢𝗧𝗥𝗔𝗦 𝗦𝗔𝗡𝗖𝗜𝗢𝗡𝗘𝗦
Existen otras sanciones como la amonestación escrita y la suspensión que el empleador podría aplicar.

𝗢𝗕𝗟𝗜𝗚𝗔𝗖𝗜𝗢𝗡 𝗗𝗘𝗟 𝗘𝗠𝗣𝗟𝗘𝗔𝗗𝗢𝗥 𝗔𝗟 𝗤𝗨𝗘𝗥𝗘𝗥 𝗦𝗔𝗡𝗖𝗜𝗢𝗡𝗔𝗥 𝗖𝗢𝗡 𝗗𝗘𝗦𝗣𝗜𝗗𝗢
El empleador debe evaluar las circunstancias especificas del caso, ademas evaluar:
1) 𝙀𝙡 𝙝𝙚𝙘𝙝𝙤 𝙞𝙢𝙥𝙪𝙩𝙖𝙙𝙤, sustentando en pruebas los hechos que imputa.
2) 𝙇𝙖 𝙩𝙞𝙥𝙞𝙛𝙞𝙘𝙖𝙘𝙞𝙤𝙣 𝙙𝙚 𝙡𝙖 𝙛𝙖𝙡𝙩𝙖, ya que dicha conducta debió estar previamente prevista.
3) 𝙀𝙡 𝙏𝙚𝙨𝙩 𝙙𝙚 𝙥𝙧𝙤𝙥𝙤𝙧𝙘𝙞𝙤𝙣𝙖𝙡𝙞𝙙𝙖𝙙, porque no es lo mismo que el trabajador este sin mascarilla en el campamento minero fuera de horario de trabajo, por ejemplo, o este sin mascarilla mientras trabaja; incluso, evaluar si existió verdadero riesgo ( estuvo junto a muchas personas o quizá estaba trabajando solo).
4) 𝘼𝙣𝙩𝙚𝙧𝙞𝙤𝙧𝙚𝙨 𝙛𝙖𝙡𝙩𝙖𝙨 (𝙧𝙚𝙞𝙣𝙘𝙞𝙙𝙚𝙣𝙘𝙞𝙖). Deberá evaluar si el trabajador tiene faltas anteriores o si la conducta de no usar mascarilla es reiterada.

El empleador cursara la carta de pre aviso al trabajador, analizando todo lo antes descrito, debiendo otorgar al trabajador un plazo mínimo de 06 días para sus descargos.
Si no esta correctamente sustentada la carta de pre aviso, corresponde la reposición, asimismo si no existe sustento y solo indica que es una falta grave también corresponde la reposición.
𝗟𝗮 𝗿𝗲𝗽𝗼𝘀𝗶𝗰𝗶ó𝗻 𝗼 𝗶𝗻𝗱𝗲𝗺𝗻𝗶𝘇𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝘀𝗲 𝗽𝗼𝗱𝗿á 𝘀𝗼𝗹𝗶𝗰𝗶𝘁𝗮𝗿 𝗽𝗼𝗿 𝗲𝗹 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿 𝗲𝗻 𝘂𝗻 𝗽𝗿𝗼𝗰𝗲𝘀𝗼 𝗱𝗲 𝗱𝗲𝘀𝗽𝗶𝗱𝗼.

𝗡𝗨𝗘𝗦𝗧𝗥𝗔 𝗔𝗦𝗘𝗦𝗢𝗥𝗜𝗔: Contamos con abogados especializados en derecho laboral, con amplia experiencia en la asesoría a trabajadores, empresas y sindicatos.
𝗖𝗢𝗡𝗦𝗨𝗟𝗧𝗔𝗦: 𝟵𝟱𝟲𝟮𝟴𝟰𝟲𝟰𝟰

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