10/03/2023
Para adquirir la nacionalidad panameña es necesario que previamente el Servicio Nacional de Migración mediante resolución motivada le haya concedido al extranjero la residencia permanente, ya sea por razones laborales, de inversión, por reagrupación familiar o bien por alguna política especial.
Una vez adquirida la residencia permanente, de acuerdo a la Constitución Nacional podrán solicitar la nacionalidad panameña por naturalización:
Los extranjeros con cinco años consecutivos de residencia en el territorio de la República si, después de haber alcanzado su mayoría de edad, declaran su voluntad de naturalizarse, renuncian expresamente a su nacionalidad de origen o a la que tengan y comprueban que poseen el idioma español y conocimientos básicos de geografía, historia y organización política panameñas.
Los extranjeros con tres años consecutivos de residencia en el territorio de la República que tengan hijos nacidos en ésta, de padre o madre panameños o cónyuge de nacionalidad panameña, si hacen la declaración y presentan la comprobación de que trata el aparte anterior.
Los nacionales por nacimiento de España o de un Estado latinoamericano, si llenan los mismos requisitos que en su país de origen se exigen a los panameños para naturalizarse, es decir aquellos países con los que existe un Convenio de Reciprocidad.
Los países con los cuales Panamá mantiene Convenios de Reciprocidad según años de residencia en el territorio nacional son:
Un (1) año de residencia permanente: Colombia y El Salvador.
Dos (2) años de residencia permanente: Argentina, Ecuador, España, Honduras, México, Nicaragua y Perú.
Tres (3) años de residencia permanente: Uruguay.
Por otro lado, es importante tener presente que no basta solamente con acreditar que se ha cumplido con los años de residencia en el país, sino que además se debe demostrar que existen vínculos económicos, profesionales y/o familiares que une al extranjero con Panamá, así como reunir los requisitos de seguridad pública necesarios para optar por la ciudadanía panameña por naturalización.