20/08/2026
DE TODAS LAS ACTIVIDADES VULNERABLES ¿cuál se llevó la peor parte de la reforma antilavado?
Lo conté disposición por disposición. 🥉 Inmobiliario: 4. 🥈 Fe pública: 4. 🥇 Activos virtuales: 6+, y por mucho.
Y no es el número: a los demás les ajustaron la mecánica; a cripto le redibujaron el perímetro.
Art. 24 Bis 4 — hay intermediación aunque “no mantenga el control de los activos virtuales”. No custodiales, P2P y agregadores acaban de entrar.
Art. 24 Bis 2 — México adoptó la lógica de la travel rule del GAFI, con catálogo propio: nombre, país de residencia y wallet de origen y destino, montos en cripto y en pesos, comisión. Conservado 10 años (el GAFI pide 5). Pero sin la mitad medular: nadie te obliga a transmitirle esos datos al exchange contraparte. Te exigen el dato del receptor y no te dan cómo obtenerlo.
Cap. II Bis + Transitorio 12º — única actividad que entrega documentos físicos al SAT antes de registrarse… y la única obligada a re-entregar todo en 6 meses (≈ may-2027).
Para ser justos: el cambio más grande de la reforma es transversal — el enfoque basado en riesgos aplica a las 17 por igual. Pero de las obligaciones por actividad, cripto se llevó la mayor parte.
💾 Guárdalo. 📲 Mándaselo a un founder cripto — la mitad del ecosistema no sabe que ya quedó dentro.
⚖️ Información, no asesoría legal.