23/12/2025
Cerramos el año 2025 de manera exitosa con el cese del pago de pensión alimenticia que venía pagando nuestro cliente para su hija menor de edad desde el año 2010, cuando se divorció.
La solicitud del cese del pago de pensión alimenticia, misma que obtuvimos favorablemente en menos de un mes, derivó del cambio en la situación de la menor, quien por diversas razones dejó de estar bajo los cuidados de su madre y pasó a vivir en compañía de su padre, nuestro cliente, razón por la cual había dejado de ser necesario que nuestro cliente continuara pagando a la madre por la pensión su hija.
Las medidas cautelares o providencias precautorias, tienen la finalidad de garantizar las resultas de un juicio sin necesidad de esperar a que el juicio concluya, de haber sido así, nuestro cliente seguiría pagando la pensión alimenticia que es para su hija, aún y cuando su hija ya había dejado de vivir con su madre, siendo esta última la única beneficiada al estar recibiendo dinero que no le pertenece y que debe ser destinado exclusivamente para los cuidados, atenciones y necesidades de la menor de edad.