29/07/2026
En el mes de junio, recibimos un nuevo asunto en el cual nuestra clienta contrató nuestros servicios en virtud de que el padre de su hijo de 9 años la había demandado por el divorcio, por una pensión alimenticia, por la guarda y custodia de su hijo, así como para sacarla del domicilio en que habitan.
El juez familiar le otorgó al padre del menor la guarda y custodia de su hijo y condenó a nuestra clienta al pago de una pensión alimenticia. Por ello, el padre se llevó consigo al menor, separándolo injustificadamente de su madre.
En contra de esa determinación, interpusimos una demanda de amparo y solicitamos la suspensión provisional y definitiva, misma que este lunes nos fue concedida para los siguientes efectos:
1.- El juez familiar deberá de de modificar la custodia y decretar un régimen de custodia compartida entre ambos padres.
2.- Deberá también dejar sin efectos la condena de alimentos en perjuicio de nuestra clienta y tendrá que emitir una nueva condena de pensión alimenticia en la cual tome en cuenta que el menor estará bajo la guarda y custodia de ambos padres.
3.- Prohibirá la salida del país del menor con la finalidad de evitar una posible sustracción por parte del progenitor de este y;
4.- Deberá garantizar que, tanto nuestra clienta como su hijo menor de edad continúen habitando el domicilio conyugal. Todo lo anterior, al menos hasta que se resuelva el procedimiento.
La concesión de esta suspensión provisional representa una medida cautelar destinada a preservar los derechos en juego mientras el juicio de amparo continúa. Cada caso requiere un análisis jurídico particular, siempre con atención al interés superior de la niñez.
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