Jorge Rada y Asociados Asesores Fiscales Zacatecas

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10/06/2026

Hay días en los que uno se pregunta si vale la pena seguir insistiendo.

Pelear por el cumplimiento de la ley. Pelear por la transparencia. Pelear por la independencia judicial. Pelear por los jubilados, los trabajadores, los campesinos, los ciudadanos que muchas veces no tienen voz frente al poder.

A veces pareciera que cada avance exige una nueva batalla.

Sin embargo, la historia demuestra que las instituciones no mejoran por inercia.

Mejoran cuando existen ciudadanos, abogadas y abogados, juezas y jueces, periodistas y personas dispuestas a señalar aquello que debe corregirse.

La reciente integración del Órgano de Administración Judicial merece ser observada con atención. No por los nombres en sí mismos, sino porque la verdadera pregunta sigue siendo la misma: ¿se está fortaleciendo la independencia judicial o únicamente se están modificando las formas para conservar los mismos controles?

Seguiremos observando, señalando y defendiendo aquello que consideramos correcto.

No por confrontación. No por protagonismo.

Simplemente porque una justicia independiente sigue siendo una causa que vale la pena defender.

10/06/2026

La decisión que adopte el Pleno del Tribunal Superior de Justicia de Zacatecas será una prueba real del cumplimiento de la sentencia emitida por la Suprema Corte respecto a la reforma judicial local.

La Suprema Corte no resolvió para cambiar nombres y conservar controles.

Resolvió para garantizar la independencia judicial.

Si las designaciones reproducen los mismos mecanismos de influencia política que dieron origen a la invalidez constitucional, estaríamos frente a un cumplimiento aparente de la sentencia.

Ninguna autoridad puede cumplir una resolución en la forma mientras la incumple en el fondo.

Las decisiones de hoy no sólo tendrán consecuencias institucionales; también podrían generar responsabilidades para quienes participen en ellas.

Sería un fraude a la Constitución.

09/06/2026

El Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito resolvió el Recurso de Queja 169/2026 el 8 de junio de 2026, revocando la suspensión provisional que había concedido la Jueza de Distrito.

🔴 ¿Qué significa esto?

El Tribunal permitió que Verónica Yvette Hernández López de Lara asuma funciones como Titular de la Auditoría Superior del Estado de Zacatecas y se integre a la Comisión de Vigilancia del ISSSTEZAC, mientras continúa el juicio de amparo.

LO QUE EL TRIBUNAL NO PUEDE OCULTAR

El propio Tribunal reconoció expresamente que los pensionados del ISSSTEZAC SÍ tienen interés legítimo para promover este amparo.

La designación de una funcionaria con conflicto de interés sobre los fondos que ella misma administró sí afecta su esfera jurídica.

Sin embargo, en una contradicción interna que el propio Tribunal no pudo resolver, primero validó ese interés legítimo y luego argumentó que las funciones de la Comisión de Vigilancia no afectan los derechos pensionarios.

No puede ser válido en ambos sentidos.

📌 EL VOTO ACLARATORIO: LA DISIDENCIA DESDE ADENTRO

El Magistrado Juan Gabriel Sánchez Iriarte, aunque votó en el mismo sentido, formalizó su desacuerdo con las consideraciones de la mayoría señalando:

• El fallo contiene contradicciones internas graves e incongruencias que generan confusión.

• Gran parte del razonamiento era innecesario para resolver el caso y más propio de la academia que de la función jurisdiccional.

• La mayoría nunca resolvió de forma clara y contundente si el interés suspensional de los quejosos estaba o no acreditado.

🔎 LO QUE SIGUE VIVO

Esta resolución NO toca el fondo del amparo.

La pregunta constitucional central permanece intacta:

¿Fue inconstitucional el proceso legislativo que designó a la Titular de la Auditoría Superior del Estado sin analizar su conflicto de interés?

Esa pregunta la resolverá la Jueza de Distrito en la sentencia de fondo. El juicio 988/2026 continúa.

09/06/2026

El proceso de integración del Órgano de Administración Judicial constituye una de las decisiones más trascendentes para el futuro del sistema de justicia en Zacatecas.

Por ello, resulta indispensable que quienes aspiren a ocupar dichos cargos acrediten no solamente los requisitos legales mínimos, sino también una trayectoria profesional sólida, experiencia comprobable en la administración e impartición de justicia, conocimiento técnico del funcionamiento interno de los tribunales y un compromiso inequívoco con la independencia judicial.

En las últimas semanas han surgido versiones respecto de la posible consideración de perfiles cuya experiencia y vinculación con la función jurisdiccional generan legítimas dudas dentro de diversos sectores jurídicos.

La reforma judicial no puede convertirse en un mecanismo de distribución de posiciones políticas ni en un espacio para improvisaciones institucionales. Lo que está en juego es la administración de uno de los poderes fundamentales del Estado.

Los zacatecanos merecen un Poder Judicial integrado por personas que conozcan sus desafíos, comprendan la complejidad de la función jurisdiccional y posean la capacidad técnica y ética necesaria para garantizar una justicia independiente, eficiente y profesional.

La legitimidad de los nuevos órganos judiciales dependerá, en gran medida, de la calidad, experiencia e independencia de quienes sean designados para integrarlos.

Hoy más que nunca, Zacatecas necesita perfiles de excelencia, no cuotas; experiencia, no improvisación; independencia, no subordinación.

Coinido con el mensaje del Papa León XIV.No soy católico, pero las verdades importantes no dependen de una religión. La ...
08/06/2026

Coinido con el mensaje del Papa León XIV.

No soy católico, pero las verdades importantes no dependen de una religión.

La crisis que vivimos no es solamente política o económica. También es una crisis de confianza en las instituciones, de pérdida de referentes éticos y de un individualismo que ha debilitado el sentido de comunidad.

Ninguna sociedad puede sostenerse únicamente con leyes. Se requieren principios, responsabilidad y compromiso con el bien común.

La renovación de nuestras instituciones comienza por la renovación de nuestra conducta.

La defensa de la vida y de la familia; el recordatorio de que todo ser humano debe ser reconocido como sujeto de derechos y deberes; la promoción de ...

08/06/2026

La Legislatura pretende reducir el análisis a si la Comisión de Vigilancia concede o niega pensiones.

Ese no es el punto.

El punto constitucional es que la Comisión forma parte de la estructura básica del ISSSTEZAC, rinde informes, formula propuestas de optimización administrativa y puede requerir información a las áreas del Instituto.

Por tanto, su integración sí incide en el sistema de vigilancia, control y rendición de cuentas del organismo que administra los derechos pensionarios de los quejosos.

08/06/2026

El diputado local Santos González Arteaga, autoridad responsable dentro del juicio de amparo, así como la persona recientemente designada como titular de la Auditoría Superior del Estado, interpusieron recursos de queja contra la suspensión provisional concedida por el Juzgado Segundo de Distrito.

Resulta relevante que sus argumentos se centran en sostener que los jubilados y pensionados del ISSSTEZAC carecen de interés legítimo para promover el amparo y que la designación de la Auditoría Superior no les genera afectación alguna.

Será el Tribunal Colegiado quien determine si los jubilados y pensionados tienen derecho a cuestionar constitucionalmente una designación con efectos en los mecanismos de vigilancia y fiscalización del ISSSTEZAC.

06/06/2026

Ya renunciaron los próximos candidatos ???????

05/06/2026

🔴COMUNICADO

El Poder Judicial de la Federación concedió la suspensión provisional dentro de uno de los juicios de amparo promovidos contra el procedimiento de designación de la titular de la Auditoría Superior del Estado de Zacatecas.

Asimismo, fueron radicados dos juicios de amparo indirecto ante los Juzgados Segundo y Tercero de Distrito en el Estado de Zacatecas, mediante los cuales se cuestiona constitucionalmente la emisión, integración y tramitación del procedimiento de designación.

De manera relevante, el Juzgado Segundo de Distrito reconoció, para efectos cautelares, el interés de jubilados y pensionados del ISSSTEZAC para acudir al juicio de amparo, al advertir que la controversia planteada se encuentra relacionada con posibles conflictos de interés derivados de la participación previa de la persona designada como integrante de la Junta Directiva del Instituto y como Secretaria de Administración del Gobierno del Estado.

Como medida cautelar, se ordenó suspender provisionalmente su incorporación funcional y operativa a la Comisión de Vigilancia del ISSSTEZAC, así como abstenerse de intervenir en asuntos relacionados con el periodo en que tuvo participación institucional previa, hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva.

La resolución judicial constituye un reconocimiento preliminar de que los planteamientos formulados merecen ser analizados a profundidad por la justicia federal y que existen elementos suficientes para preservar la materia del juicio.

Este litigio no es una confrontación personal contra ninguna persona. Se trata de una discusión constitucional e institucional sobre independencia, imparcialidad, fiscalización pública, rendición de cuentas y fortalecimiento del Sistema Estatal y Nacional Anticorrupción.

Nosotros no juzgamos los comportamientos personales ni amistades ni relaciones entre las partes. Somos abogadas y abogados comprometidos con nuestros clientes y el estado de derecho.

Confiamos en que el Poder Judicial de la Federación continuará actuando con independencia, objetividad y estricto apego a la Constitución.

Juicio de Amparo Indirecto: 988/2026-IV

Órgano Jurisdiccional: Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas. Fecha del acuerdo: 2 de junio de 2026. Fecha de publicación: 3 de junio de 2026. Resolución: Concesión de suspensión provisional. Audiencia incidental: 15 de junio de 2026, a las 09:36 horas.

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