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Nuestro más sincero y admirable reconocimiento a todas aquellas personas líderes, trabajadoras y padres de familia que c...
20/02/2026

Nuestro más sincero y admirable reconocimiento a todas aquellas personas líderes, trabajadoras y padres de familia que con su lucha incansable, han alcanzado realidades de verdadera justicia social a través de conquistas legales, sindicales y afines, aunque seamos muy pocos, los que nos demos cuenta del viacrucis previo de esta "virtuosa esclavitud".

Sigamos construyendo un México dónde la verdadera justicia social pueda ser alcanzada en cada rincón, cada familia, con bases y mecanismos fundamentales que resuelvan la desigualdad laboral (individual y colectiva), la desigualdad de género y todas aquellas que continúen contrarias a trabajos y salarios dignificantes. 🇲🇽👨🏻‍⚖️


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Felicitamos a todos los compañeros trabajadores que, con su creatividad, contribuyen día con día al desarrollo de las em...
17/02/2026

Felicitamos a todos los compañeros trabajadores que, con su creatividad, contribuyen día con día al desarrollo de las empresas o entidades para las cuales trabajan.👨🏻‍🔧👨🏻‍🏫👨🏻‍💻

¡Enhorabuena y feliz martes!


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Del archivo de "asuntos complejos" de los que conoce este despacho de abogados, cabe destacar 1 juicio laboral en el que...
28/01/2026

Del archivo de "asuntos complejos" de los que conoce este despacho de abogados, cabe destacar 1 juicio laboral en el que actualmente, desconocemos el paradero de nuestro representado, sin que las conjeturas respecto a dicha situación deban prevalecer dentro de los procedimientos jurisdiccionales.

Tal circunstancia fue hecha del conocimiento de la autoridad laboral a fin de que llevara a cabo la investigación de localización correspondiente.

No obstante, la autoridad (de suyo), determinó revocar nuestra personalidad como apoderados legales, bajo el argumento que existía la manifestación expresa de tal desconocimiento, por lo que "ya no contábamos con la personalidad otorgada", cuando por estricto y explorado derecho resulta del conocimiento que la personalidad no puede ser rescindida por ningún motivo que no sea por voluntad del propio interesado, renuncia (por parte del apoderado), vencimiento del plazo otorgado del poder, entre otras que la ley establece de manera muy puntual.

Es verdaderamente lamentable que este tipo de determinaciones provengan de autoridades que tienen el deber de salvaguardar los derechos humanos de los gobernados, obligándolos a acudir a la justicia federal por nuestro conducto para que hasta esa instancia pueda protegerse el principio de legalidad y acceso a la justicia, transcurriendo inevitablemente dilaciones procesales gravísimas en su entero perjuicio.

Y como era de esperarse, el amparo nos fue concedido, sin embargo, nos sigue dejando un mal sabor de boca la administración de justicia de los "servidores públicos" (sin generalizar, desde luego) que actualmente se encuentran encargados de impartirla en nuestro Estado de Veracruz.

¡Saludos a nuestros clientes y amigos que nos distinguen con su confianza! 👏

¿Sabías que a pesar de que la Ley de tu entidad federativa no establezca de manera expresa el derecho a la  Reinstalació...
21/01/2026

¿Sabías que a pesar de que la Ley de tu entidad federativa no establezca de manera expresa el derecho a la Reinstalación en tu empleo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Tratados Internacionales, te protegen?

El derecho a la estabilidad en el empleo es un derecho fundamental, tal como es reconocido en nuestra Constitución Política y en diversos pactos internacionales: Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: La Convención Americana de Derechos Humanos: Protocolo de San Salvador, entre otros.

Por lo que si bien el Poder Legislativo de cada entidad federativa es quien se encarga de regular las relaciones entre el Estado y sus Trabajadores, ello no significa la restricción al principio "pro persona" y de supremacía constitucional, debiendo obedecer las autoridades jurisdiccionales correspondientes el parámetro de regularidad constitucional e internacional, con independencia que la legislación local no prevea expresamente la figura de la Reinstalación en el trabajo.

¡Protege tus derechos laborales y hazlos valer! 👏🏼⚖️


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Que la paz, el amor y la felicidad abunden en sus hogares al lado de sus seres queridos...Desde casa, a todos nuestros a...
25/12/2025

Que la paz, el amor y la felicidad abunden en sus hogares al lado de sus seres queridos...

Desde casa, a todos nuestros amigos y clientes que nos distinguen con su confianza, ¡les deseamos una feliz navidad y próspero año nuevo! 🎉🎅☃️❤️🤍


¿Sabías que el trabajo digno contempla una gama de derechos que deben de reconocerte como trabajador? No importa si lo h...
03/12/2025

¿Sabías que el trabajo digno contempla una gama de derechos que deben de reconocerte como trabajador?

No importa si lo haces en el sector público o privado.

¡Defiende tus derechos! 🙌🏼




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El Estado de Veracruz cuenta con un instrumento denominado "Atlas de Riesgos", expedido por el Poder Ejecutivo a través ...
23/10/2025

El Estado de Veracruz cuenta con un instrumento denominado "Atlas de Riesgos", expedido por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Protección Civil, sistema con el que también DEBEN de contar de forma propia e independiente sus municipios. Lo anterior, primeramente, encuentra sustento en el artículo 73, fracción XXIX-I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En puntual secuencia, la Ley General de Protección Civil y sus reglamentos, así como la Ley número 856 de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, definen al Atlas de Riesgos como un "...Sistema Integral de información sobre los agentes perturbadores y daños esperados, resultado de un análisis espacial y temporal sobre la interacción entre los peligros, la vulnerabilidad y el grado de exposición que pudieran afectar a una o varias zonas en el Estado...", agregando que dicho sistema, consta de información histórica, bases de datos, sistemas de información geográfica y herramientas para el análisis y simulación de escenarios, así como la estimación de pérdidas por desastres, como lo apunta el artículo 5, fracción V, de este último cuerpo normativo.

Ahora bien, dicho instrumento, en sus apartados 4.4. y 4.4.1 (página 115), desde el año 2021, reconoce a Veracruz como uno de los Estados de mayor incidencia de inundaciones a nivel nacional, debido a su estructura e infraestructura territorial y número de habitantes, detallando en el apartado 4.4.2 cómo el fenómeno actúa o puede actuar con regularidad durante una temporada de lluvias, como fue el caso que tristemente ahora se padece; por lo que es claro que Veracruz cuenta con un sistema regulado de PREVENCIÓN y ACCIÓN ante estas situaciones.

El Atlas de Riesgos, también ha sido materia de estudio y pronunciamiento por parte de la Primera Sala de la SCJN, como se desprende de la Tesis jurisprudencial compartida en la presente.

Por tanto, estimamos importante que, como AUTORIDADES ESTATALES, no se olvide que es obligación salvaguardar, supervisar, reparar y hacer efectivo el Estado de Derecho, lo que es posible cuando se actúa, se respeta y se hace valer la LEY.

Expresamos nuestro más sentido pesar por nuestros hermanos Veracruzanos, Estados limítrofes y sus familias. 🫂




Desde luego, los datos que arroja el reporte en mención resultarían efectivos si son aplicados de forma adecuada en los ...
07/10/2025

Desde luego, los datos que arroja el reporte en mención resultarían efectivos si son aplicados de forma adecuada en los factores de la producción (patrón-trabajador), dando como resultado un paso más en el cumplimiento de los objetivos y principios generales del derecho del trabajo establecidos en los artículos 2 y 3 de la Ley Federal del Trabajo.

¡Excelente martes! 🙌

👥 Capital Humano | Mundo laboral: ¿Qué hace que los trabajadores se sientan felices en su empleo? 😃💼 https://bit.ly/42lSYvD

El artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo señala que no estás obligado a prestar servicios en tus días de descanso.En...
06/10/2025

El artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo señala que no estás obligado a prestar servicios en tus días de descanso.

En caso de haberlos laborado, además de percibir el salario correspondiente por tu día de descanso, la ley te otorga un SALARIO DOBLE por el servicio prestado en tu asueto.

¡Defiende tus derechos laborales!

Nosotros te asesoramos🧑‍⚖️☑️


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