17/07/2026
Cumplimentan orden de aprehensión por presunto incumplimiento de obligaciones alimentarias en Veracruz
Pacho Viejo, Ver., 16 de julio de 2026. Elementos de la Policía Ministerial ejecutaron una orden de aprehensión en contra de José Antonio “N”, originario de la comunidad de Chicuasen, municipio de Actopan, quien es investigado por su probable participación en el delito de incumplimiento de la obligación de proporcionar alimentos en perjuicio de su hija menor de cinco años.
De acuerdo con la información dada a conocer por las autoridades, el mandamiento judicial fue emitido por un Juez de Control dentro de la carpeta de investigación correspondiente. Las indagatorias señalan que el imputado presuntamente cambió de residencia para evadir el cumplimiento de sus obligaciones legales, siendo localizado posteriormente en la ciudad de Cardel por agentes ministeriales adscritos al Centro de Justicia para las Mujeres (CEJUM).
La investigación se originó a partir de la denuncia presentada por la madre de la menor, quien, ante la falta de cumplimiento de la obligación alimentaria y las dificultades económicas que enfrentaba, acudió ante las autoridades competentes para solicitar la intervención de la Fiscalía.
Una vez cumplimentada la orden de aprehensión, el detenido fue puesto a disposición del Juez de Control que lo requirió para que se determine su situación jurídica conforme al procedimiento penal aplicable. Posteriormente fue ingresado al Centro de Reinserción Social de Pacho Viejo, donde continuará el proceso en los términos que establezca la autoridad judicial.
Este asunto evidencia que el incumplimiento de la obligación alimentaria puede generar consecuencias no sólo en el ámbito familiar, sino también en materia penal cuando la conducta se encuentra prevista como delito por la legislación aplicable. Asimismo, recuerda que el derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir alimentos constituye una obligación jurídica cuyo cumplimiento puede ser exigido mediante los mecanismos legales correspondientes.
Se presume la inocencia del imputado hasta que exista una sentencia condenatoria firme emitida por la autoridad competente.