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¿Tu nombre está mal en la sucesión agraria?Un error en la lista de sucesión puede impedirte heredar, retrasar trámites y...
19/05/2026

¿Tu nombre está mal en la sucesión agraria?

Un error en la lista de sucesión puede impedirte heredar, retrasar trámites y poner en riesgo tu patrimonio.

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Asesor Legal Agrario Ramón Herrera
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13/05/2026

Muchos creen que el comisariado ejidal es la máxima autoridad pero no es así.
En muchos ejidos se piensa que el comisariado ejidal manda o toma las decisiones más importantes.

Sin embargo, la Ley Agraria establece claramente que la máxima autoridad del ejido es la Asamblea Ejidal, es decir, la reunión de todos los ejidatarios donde se deciden los asuntos más importantes del núcleo agrario.

El comisariado ejidal solo es el órgano de representación y ejecución de los acuerdos, pero no puede decidir por encima de la Asamblea.

Conocer esto es fundamental para evitar abusos o decisiones que no respeten la voluntad de los ejidatarios.

📚 Fundamento jurídico:
Artículos 22 y 23 de la Ley Agraria.

Pregunta para los ejidatarios del grupo:

En su ejido
¿Las decisiones importantes se toman en Asamblea Ejidal o las toma solo el comisariado?

Los leo en comentarios.





“La justicia agraria no se improvisa: se estudia, se analiza y se defiende.”
12/05/2026

“La justicia agraria no se improvisa: se estudia, se analiza y se defiende.”





Suspensión de recepción de documentación de juzgados y tribunales en el RAN📍⚠️ hasta el 31 de mayo. (Según solo para aut...
23/04/2026

Suspensión de recepción de documentación de juzgados y tribunales en el RAN

📍⚠️ hasta el 31 de mayo. (Según solo para autoridades, seguro habrá sorpresas para el público)



20/04/2026

COMPRAVENTA DE PARCELA
Sólo para parcela con certificado parcelario

NO APLICA PARA PARCELAS
No para parcelas irregulares
Ya sea en litigio, en sucesión pendiente.
No para parcelas delimitadas pero sin asignar
No para parcela de la mujer, juventud, escolar,
No para de hechos o físicas dentro del uso común

Diferencia entre compraventa o enajenación onerosa
La compraventa es un acto comercial
Vender una parcela para obtener una ganancia en dinero

¿En qué consiste?
Lo oneroso, es la entrega de una cantidad de dinero,
a cambio de entregar la titularidad de la parcela
En el fondo, es una compraventa

Coloquialmente se le dice compraventa de parcela
Su nombre correcto es enajenación onerosa

¿Quién puede vender la parcela?
La persona que aparezca en el certificado parcelario vigente

No puede quien tiene la expectativa de sucesor
Tampoco quien asegura que le pertenece,
Pero no lo acredita con el certificado.

¿Cómo saberlo?
Pide o tramita directamente
Constancia de vigencia de derechos en la delegación del RAN
Es información disponible para el público en general
Es equivalente a la constancia de libertad de graven de una propiedad privada

VENTAJAS
No se pagan impuestos, ISR y ninguno otro
No te la pueden embargar, pero tampoco te la recibe como garantía de crédito
El fruto o usufructo sí.
¡Muévete rápido la propiedad privada se acabó,
La disponible no está en venta!

¿CUÁNDO INICIA EL CONTRATO?
Cuando se ponen de acuerdo sobre el precio
Negociarlo, tomar como referencia la zona
Las condiciones físicas de la tierra, plusvalía
Existen los peritos valuadores

Un solo pago o parcialidades
No existen las compraventas de palabra de parcelas
Firmar un convenio al respecto

REQUISITOS PARA LA COMPRAVANTA CORRECTA
DEL VENDEDOR
REQUISITOS RECOMENDABLES
Que cuente con el certificado parcelario a su nombre
Que no cuenten con compromisos vigentes o pendientes
con terceros sobre la parcela en venta (venta anterior, arrendamiento, etc.)
constancia de vigencia de derechos

DEL COMPRADOR
Ser reconocido legalmente como ejidatario, posesionario o avecindado
En el ejido o comunidad, mediante asamblea ejidal o constancia del Comisariado
Sin este requisito NO puede haber trato, ni contrato
Conocer y recorrer físicamente la parcela
Dar una segunda vuelta y preguntar a los vecinos
O Comisariado Ejidal, o pobladores.
Negociar condiciones como:
Fijar precio de la parcela y forma de pago

REQUISITOS INDISPENSABLES ACORDAR ENTRE AMBOS
¿Quién redacta el contrato?

CONTINUA VIDEO EN LOS COMENTARIOS



09/04/2026

1º Mi hermano prometió repartir la herencia y no cumplió ¿Qué hago?
Fallece el ejidatario Pedro, y su esposa Silvia, y/o concubina, en su caso
Se anula el testamento o lista, o existe impedimento material o legal.

Corresponde a los hijos heredar, 4 hijos(as)
Sostienen pláticas para arribar a un convenio
Único convenio posible: Todos deben renunciar a favor de uno
Confían en la palabra, renuncia y/o repudian
TUA “te lee la cartilla”, para evitar arrepentimientos, sorpresas y sorprendidos
Ante notario, NO te lee la cartilla.
De que se repartirán las tierras físicamente,
El dinero o ganancias que generen las repartirá
O si son 2 o más parcelas las cederán gratuitamente
Cuando dicta sentencia o expiden certificados
Y a la mera hora “dice mi mamá que siempre no”
¿y ahora?
Respuesta: la ambición, tan humana.
Malos consejos: ¡sí ya es tuyo, qué necesidad tienes de andar batallando!
Los padres pensando en dejarles bienes a sus hijos, le dejaron unos males.

Ahí se destruyen familias
De familiares a enemigos de por vida
Y le heredan los pleitos a los hijos y nietos
¡Ejidatarios hagan testamento o designen sucesores!
Hereden bienes, no males.

¡Háganle como quieran! ¿Puedo recuperar mi derecho como sucesor?
Y para colmo, consultan a los abogados inexpertos en lo agrario
Que si una denuncia penal,
que si un amparo indirecto,
que si nulidad de expediente concluido,
que si vicios en el consentimiento, etc., etc.
¡NADA DE ESO PROCEDARÁ!
Es un acto consentido y legal totalmente
Es perder dinero, tiempo, esfuerzo y esperanzas.

La clave está en la renuncia y/o repudio
Como abogado debes buscar el cómo sí se puede, no confirmar el no se puede:
Si son más de 2, no hagan comparecer a uno, tendrá el derecho de ampararse, en caso del arrepentimientos o incumplimientos.

¿Quién será el indicado?
El moralmente más recto, sí existe todavía.
Quien tenga con quien responder en caso de incumplir
O de plano, dejarlo al azar, un sorteo ¡a ver quién se saca la rifa del tigre!
Se deja a la suerte, para que se vea que no hay ventaja para nadie.

Firmen un convenio ante notario, incluyan una garantía, desde un pagaré hasta la cesión de un inmueble con valor equivalente.

Firmen un contrato de arrendamiento por 30 años. o usufructo.

El convenio de la promesa de que dejarán a sus hermanos como sucesores
No es recomendable: pues
Puede cambiar de testamento o lista a escondidas las veces que quiera
Sin respetar lo acordado.
¿Y si mueren antes lo que estaban en la lista de espera de ser sucesores?

¿Y SI YA FIRMASTE? ¡Ya te fregaste!
Al menos que detectaras algún vicio o defecto en el testamento, lista o renuncia
Es poco probable que la encuentres,
Pues tu mismo no puedes demandar la nulidad de tu renuncia hecha ante TUA
La única renuncia con posibilidades es la hecha ante notario.
Pues el juez de distrito NO admite renunciantes arrepentidos.
Te dirá que debiste haber hecho valer tus manifestaciones en su momento
¡la importancia de dejar una garantía, un pagaré, una hipoteca, una cesión!
Que no se ofenda, no es nada personal.
Confía en Dios, pero rema hacia la orilla.

Concéntrate en las siguientes consultas de asesoría y defensa legal
Puedes hacer alguna de las siguientes maniobras
Hasta antes de que se venzan los 15 días hábiles de dictada la sentencia

A ti ciudadano/ejidatario, si estás viviendo una situación similar
Si vas a enfrentar una vivir en un futuro inmediato una situación similar





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