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CSN SC Ayudamos a empresas a prepararse, defenderse y reducir riesgos ante el SAT mediante estrategia fiscal, materialidad y evidencia documental sólida

𝙈𝙪𝙘𝙝𝙤𝙨 𝙘𝙤𝙣𝙤𝙘𝙚𝙣 𝙡𝙤𝙨 𝙩𝙚́𝙧𝙢𝙞𝙣𝙤𝙨 𝙀𝙁𝙊𝙎 𝙮 𝙀𝘿𝙊𝙎.𝘗𝘦𝘳𝘰 𝘦𝘯 𝘭𝘢 𝘱𝘳𝘢𝘤𝘵𝘪𝘤𝘢 𝘧𝘪𝘴𝘤𝘢𝘭, 𝘯𝘰 𝘣𝘢𝘴𝘵𝘢 𝘤𝘰𝘯 𝘴𝘢𝘣𝘦𝘳 𝘲𝘶𝘦́ 𝘴𝘪𝘨𝘯𝘪𝘧𝘪𝘤𝘢𝘯 𝘭𝘢𝘴 𝘴𝘪𝘨𝘭𝘢𝘴. 𝘜𝘯𝘢 ...
22/05/2026

𝙈𝙪𝙘𝙝𝙤𝙨 𝙘𝙤𝙣𝙤𝙘𝙚𝙣 𝙡𝙤𝙨 𝙩𝙚́𝙧𝙢𝙞𝙣𝙤𝙨 𝙀𝙁𝙊𝙎 𝙮 𝙀𝘿𝙊𝙎.
𝘗𝘦𝘳𝘰 𝘦𝘯 𝘭𝘢 𝘱𝘳𝘢𝘤𝘵𝘪𝘤𝘢 𝘧𝘪𝘴𝘤𝘢𝘭, 𝘯𝘰 𝘣𝘢𝘴𝘵𝘢 𝘤𝘰𝘯 𝘴𝘢𝘣𝘦𝘳 𝘲𝘶𝘦́ 𝘴𝘪𝘨𝘯𝘪𝘧𝘪𝘤𝘢𝘯 𝘭𝘢𝘴 𝘴𝘪𝘨𝘭𝘢𝘴.

𝘜𝘯𝘢 𝘤𝘰𝘴𝘢 𝘦𝘴 𝘤𝘰𝘯𝘰𝘤𝘦𝘳 𝘭𝘢 𝘵𝘦𝘰𝘳𝘪́𝘢. 𝘖𝘵𝘳𝘢 𝘮𝘶𝘺 𝘥𝘪𝘴𝘵𝘪𝘯𝘵𝘢 𝘦𝘴 𝘦𝘯𝘵𝘦𝘯𝘥𝘦𝘳 𝘤𝘰́𝘮𝘰 𝘴𝘦 𝘤𝘰𝘮𝘱𝘰𝘳𝘵𝘢𝘯 𝘭𝘢𝘴 𝘰𝘱𝘦𝘳𝘢𝘤𝘪𝘰𝘯𝘦𝘴, 𝘤𝘰́𝘮𝘰 𝘴𝘦 𝘥𝘰𝘤𝘶𝘮𝘦𝘯𝘵𝘢𝘯, 𝘤𝘰́𝘮𝘰 𝘴𝘦 𝘳𝘦𝘷𝘪𝘴𝘢𝘯 𝘺 𝘲𝘶𝘦́ 𝘳𝘪𝘦𝘴𝘨𝘰𝘴 𝘱𝘶𝘦𝘥𝘦𝘯 𝘨𝘦𝘯𝘦𝘳𝘢𝘳 𝘢𝘯𝘵𝘦 𝘶𝘯𝘢 𝘢𝘶𝘵𝘰𝘳𝘪𝘥𝘢𝘥 𝘧𝘪𝘴𝘤𝘢𝘭.

𝘏𝘰𝘺, 𝘦𝘭 𝘷𝘦𝘳𝘥𝘢𝘥𝘦𝘳𝘰 𝘳𝘦𝘵𝘰 𝘯𝘰 𝘦𝘴𝘵𝘢 𝘶́𝘯𝘪𝘤𝘢𝘮𝘦𝘯𝘵𝘦 𝘦𝘯 𝘪𝘥𝘦𝘯𝘵𝘪𝘧𝘪𝘤𝘢𝘳 𝘤𝘰𝘯𝘤𝘦𝘱𝘵𝘰𝘴, 𝘴𝘪𝘯𝘰 𝘦𝘯 𝘢𝘯𝘢𝘭𝘪𝘻𝘢𝘳 𝘭𝘢 𝘴𝘶𝘴𝘵𝘢𝘯𝘤𝘪𝘢 𝘥𝘦 𝘭𝘢𝘴 𝘰𝘱𝘦𝘳𝘢𝘤𝘪𝘰𝘯𝘦𝘴, 𝘭𝘢 𝘮𝘢𝘵𝘦𝘳𝘪𝘢𝘭𝘪𝘥𝘢𝘥, 𝘭𝘢 𝘵𝘳𝘢𝘻𝘢𝘣𝘪𝘭𝘪𝘥𝘢𝘥 𝘥𝘰𝘤𝘶𝘮𝘦𝘯𝘵𝘢𝘭 𝘺 𝘭𝘰𝘴 𝘦𝘧𝘦𝘤𝘵𝘰𝘴 𝘧𝘪𝘴𝘤𝘢𝘭𝘦𝘴 𝘲𝘶𝘦 𝘱𝘶𝘦𝘥𝘦𝘯 𝘥𝘦𝘳𝘪𝘷𝘢𝘳𝘴𝘦 𝘥𝘦 𝘶𝘯𝘢 𝘳𝘦𝘷𝘪𝘴𝘪𝘰́𝘯.

𝙋𝙤𝙧𝙦𝙪𝙚 𝙣𝙤 𝙩𝙤𝙙𝙤 𝙨𝙚 𝙧𝙚𝙨𝙪𝙚𝙡𝙫𝙚 𝙘𝙤𝙣 𝙨𝙖𝙗𝙚𝙧 𝙙𝙚𝙛𝙞𝙣𝙞𝙘𝙞𝙤𝙣𝙚𝙨.
𝘓𝘢 𝘥𝘪𝘧𝘦𝘳𝘦𝘯𝘤𝘪𝘢 𝘦𝘴𝘵𝘢 𝘦𝘯 𝘴𝘢𝘣𝘦𝘳 𝘱𝘳𝘦𝘷𝘦𝘯𝘪𝘳, 𝘳𝘦𝘷𝘪𝘴𝘢𝘳 𝘺 𝘥𝘦𝘧𝘦𝘯𝘥𝘦𝘳 𝘤𝘰𝘳𝘳𝘦𝘤𝘵𝘢𝘮𝘦𝘯𝘵𝘦.

𝘌𝘯 𝘊𝘚𝘕 𝘦𝘯𝘵𝘦𝘯𝘥𝘦𝘮𝘰𝘴 𝘲𝘶𝘦 𝘭𝘢 𝘱𝘳𝘦𝘷𝘦𝘯𝘤𝘪𝘰́𝘯 𝘧𝘪𝘴𝘤𝘢𝘭 𝘦𝘮𝘱𝘪𝘦𝘻𝘢 𝘢𝘯𝘵𝘦𝘴 𝘥𝘦 𝘲𝘶𝘦 𝘭𝘭𝘦𝘨𝘶𝘦 𝘶𝘯𝘢 𝘢𝘶𝘥𝘪𝘵𝘰𝘳𝘪́𝘢.

𝗖𝗦𝗡 | 𝗟𝗮 𝗽𝗿𝗲𝘃𝗲𝗻𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗲𝘀 𝗹𝗮 𝗺𝗲𝗷𝗼𝗿 𝗱𝗲𝗳𝗲𝗻𝘀𝗮 𝗳𝗶𝘀𝗰𝗮𝗹.

Criterio Sustantivo emitido por laProcuraduría de laDefensa del ContribuyenteCRITERIO SUSTANTIVO 2/2026/CTN/CS-SPDC (Apr...
16/05/2026

Criterio Sustantivo emitido por la
Procuraduría de la
Defensa del Contribuyente

CRITERIO SUSTANTIVO 2/2026/CTN/CS-SPDC (Aprobado 4ta. Sesión Ordinaria 30/04/2026)

CRÉDITO FISCAL. ES ILEGAL LA RESOLUCIÓN DETERMINANTE QUE SE EMITE EN SUPUESTO CUMPLIMIENTO A UNA SENTENCIA DICTADA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO QUE NO HA CAUSADO FIRMEZA.

PRIMERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026.  14 de mayo de 2026
14/05/2026

PRIMERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026.

14 de mayo de 2026

📜 ACUERDO por el que se emiten criterios generales y lineamientos operativos de carácter orientador para el fomento a la...
06/05/2026

📜 ACUERDO por el que se emiten criterios generales y lineamientos operativos de carácter orientador para el fomento a la inversión productiva y el cumplimiento fiscal

El Decreto publicado en el DOF el 4 de mayo de 2026 impulsa un esquema de simplificación administrativa y facilitación de inversiones en México.

→ Puntos esenciales

1. Se establecen mecanismos para acelerar autorizaciones y procesos vinculados con inversión productiva y actividades económicas estratégicas. 
2. Se fortalece el uso de plataformas digitales y ventanillas únicas para reducir trámites presenciales y duplicidad documental. 
3. Las autoridades deberán coordinar criterios y procesos para evitar retrasos administrativos entre dependencias federales.
4. El enfoque regulatorio prioriza simplificación y orientación operativa para facilitar cumplimiento fiscal y administrativo. 
5. Se pretende reducir tiempos de respuesta gubernamental en autorizaciones, validaciones y procedimientos regulatorios.
6. El modelo favorece mayor trazabilidad electrónica y centralización documental en procesos administrativos.
7. Las medidas buscan incrementar competitividad económica y atraer inversión mediante menor carga burocrática y mayor certidumbre jurídica.

→ Conclusiones clave

1. El gobierno federal está migrando hacia un modelo de administración pública más digital, centralizado y orientado a eficiencia regulatoria.
2. Las empresas que adapten rápidamente sus procesos internos a esquemas digitales y de cumplimiento documental tendrán ventaja operativa.
3. La simplificación no elimina obligaciones fiscales o regulatorias; únicamente modifica la forma y velocidad en que se gestionan y supervisan.

→ Acciones concretas

1. Revisar procesos internos de cumplimiento fiscal, comercio exterior y autorizaciones para alinearlos con plataformas y mecanismos digitales federales.
2. Fortalecer expedientes electrónicos y control documental para responder con rapidez ante nuevos esquemas de validación y supervisión.
3. Monitorear reglas secundarias, lineamientos y disposiciones operativas posteriores, ya que definirán la aplicación práctica de las medidas anunciadas. 

🔗 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5786601&fecha=04/05/2026 .tab=0

01/05/2026



📜Criterio oficial de la PRODECON 24/2018/CTN/CS-SASEN:Seguro de Gastos Médicos Mayores es deducible… aun sin CFDI a tu n...
29/04/2026

📜Criterio oficial de la PRODECON 24/2018/CTN/CS-SASEN:

Seguro de Gastos Médicos Mayores es deducible… aun sin CFDI a tu nombre.

  Segunda versión Anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para...
29/04/2026



Segunda versión Anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y Anexos 5 y 29

🔊 Se acaba de publicar un criterio jurisprudencial (Registro: 2032018) que no podemos perder de vista si queremos que nu...
14/04/2026

🔊 Se acaba de publicar un criterio jurisprudencial (Registro: 2032018) que no podemos perder de vista si queremos que nuestras pruebas realmente pesen en un juicio.

Seguramente les ha pasado: al presentar una demanda de nulidad, confiamos en que las pruebas documentales privadas que ya están en manos de la autoridad (en el expediente administrativo) se darán por sentadas. Pues bien, la Corte acaba de poner "los puntos sobre las íes" en cuanto al nivel de detalle que se nos exige.

Ya no basta con hacer un ofrecimiento genérico de los documentos privados que obran en el expediente. Para que el Magistrado los tome en cuenta —y especialmente para que opere la presunción de certeza a nuestro favor si la autoridad no los exhibe—, tenemos la obligación de:

▪️. Identificarlos plenamente por sus características: (¿Qué documento es? ¿Quién lo emite? ¿De qué fecha es?).

▪️. Precisar su contenido: (¿Qué es lo que acredita exactamente ese papel?).

La razón es técnica pero lógica: si no describimos con precisión qué buscamos demostrar con cada documento, el juzgador no puede determinar su alcance demostrativo. Si simplemente decimos "lo que esté en el expediente", y la autoridad omite presentarlos, perdemos la oportunidad de que se tengan por ciertos los hechos que pretendíamos probar.

En la práctica, esto nos exige ser mucho más meticulosos desde la etapa de la demanda. No se arriesguen a que una prueba clave sea ignorada por falta de especificidad. Detallar cada factura, contrato o registro contable privado es la única forma de asegurar que la carga de la prueba juegue a nuestro favor.

Como siempre digo: "La prevención es la mejor defensa fiscal", y esa prevención empieza desde la correcta estructura técnica de nuestros argumentos y el ofrecimiento de nuestras pruebas.

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14/04/2026

📜Tercera Versión Anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.

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