30/06/2026
🚨 PODER JUDICIAL EMITE TRES NUEVOS CRITERIOS PARA FORTALECER LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
El Semanario Judicial de la Federación publicó tres nuevas tesis aisladas que fortalecen la protección de las personas adultas mayores víctimas del delito dentro del proceso penal. Los nuevos criterios desarrollan el deber de las autoridades jurisdiccionales de impartir justicia con perspectiva de persona adulta mayor, reconociendo que la igualdad ante la ley no siempre implica otorgar el mismo trato a todas las personas, sino adoptar medidas diferenciadas cuando existan condiciones reales de vulnerabilidad que dificulten el ejercicio pleno de sus derechos.
Registro digital 2032336. La primera tesis establece que, cuando una persona adulta mayor víctima de un delito enfrente factores adicionales de vulnerabilidad, como problemas de salud, analfabetismo, limitaciones educativas, dependencia económica o afectaciones a su mínimo vital, las autoridades jurisdiccionales deberán realizar un escrutinio reforzado del asunto y, cuando sea necesario, suplir la deficiencia de la queja. El criterio precisa que la edad, por sí sola, no genera automáticamente una condición de vulnerabilidad, pero sí constituye un elemento que obliga al juzgador a analizar si existen circunstancias que coloquen a la víctima en una situación de desventaja procesal.
Registro digital 2032339. La segunda tesis determina que, cuando el presunto agresor sea un integrante del núcleo familiar de la persona adulta mayor, particularmente un hijo, hija o descendiente directo, ese vínculo filial constituye un elemento relevante para la valoración de la prueba. El Tribunal considera que las relaciones familiares pueden influir en la forma en que la víctima percibe, recuerda y comunica los hechos, por lo que las personas juzgadoras deberán valorar integralmente el contexto del conflicto y evitar apreciaciones fragmentadas o sustentadas en estereotipos relacionados con la edad.
Registro digital 2032340. La tercera tesis establece que la aplicación de la perspectiva de persona adulta mayor exige identificar las condiciones concretas de vulnerabilidad que puedan generar una desventaja en el ejercicio de los derechos. En consecuencia, las personas juzgadoras deberán analizar el contexto económico, social, familiar, educativo, cultural, de salud y de redes de apoyo de la víctima antes de emitir una resolución, garantizando un acceso efectivo a la justicia, la protección de la dignidad humana y el respeto a su autonomía personal.
Las tres tesis derivan del mismo juicio de amparo y fueron emitidas por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. En conjunto, representan un importante desarrollo de los principios previstos en los artículos 1° y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, fortaleciendo una justicia con enfoque de derechos humanos para este sector de la población.
Es importante recordar que se trata de tesis aisladas, por lo que aún no constituyen jurisprudencia obligatoria. No obstante, son criterios jurídicos de gran relevancia que orientan la actuación de jueces, magistrados, ministerios públicos, asesores jurídicos y defensores en la protección reforzada de los derechos de las personas adultas mayores.
📢 EN BÚHO PENAL damos seguimiento permanente a las nuevas tesis, jurisprudencias y criterios emitidos por el Poder Judicial de la Federación para mantenerte informado sobre los temas más relevantes del derecho penal y constitucional.