15/01/2026
El día de hoy, 15 de enero de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los ANEXOS 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, publicadas el 27 de diciembre de 2025. Estos documentos contienen elementos normativos técnicos y operativos que complementan las reglas y que son obligatorios para la operación aduanera y de comercio exterior en México para 2026
A continuación, se presenta un resumen del contenido de cada anexo publicado:
Anexo:
21
Aduanas exclusivas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías
Define las aduanas por las que obligatoriamente deben despacharse ciertas mercancías (ej. calzado, textiles, etc.).
22
Instructivo para el llenado del pedimento
Es la "guía maestra" para el llenado del pedimento, detallando cada bloque y campo para evitar errores y multas por datos inexactos.
23
Mercancías peligrosas o mercancías que requieran instalaciones o equipos especiales para su muestreo o ambos
Enlista las mercancías que, por su naturaleza, solo pueden ser despachadas en aduanas que cuenten con la infraestructura adecuada.
24
Información mínima que debe contener el sistema automatizado de control de inventarios
Establece el catálogo de datos mínimos que deben contener los sistemas de las empresas IMMEX y depósitos fiscales (crucial para auditorías).
25
Puntos de revisión para la introducción de las mercancías procedentes de la franja o región fronteriza al resto del
territorio nacional
Señala los puntos de revisión (garitas) para la introducción de mercancías desde la franja o región fronteriza hacia el resto del territorio nacional
26
Datos omitidos o inexactos relativos al cumplimiento de las NOM de información comercial
Identifica los errores en el cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas de información comercial que dan lugar a la retención de mercancía.
27
Fracciones arancelarias de la TIGIE y NICO, por cuya importación no se está obligado al pago del IVA
Enlista las mercancías que, por su clasificación, no están obligadas al pago del IVA al momento de su importación.
28
Mercancías que pueden importar las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de
Empresas, modalidad IVA e IEPS
Detalla las mercancías que pueden importar las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad de IVA e IEPS, que operen mediante un programa IMMEX
29
Mercancías que no pueden destinarse a los regímenes: temporal de importación para elaboración, transformación o
reparación en programas de maquila o de exportación; de depósito fiscal; de elaboración, transformación o
reparación en recinto fiscalizado y de recinto fiscalizado estratégico
Enlista las mercancías que no pueden destinarse a ciertos regímenes aduaneros, como importación temporal para programas IMMEX, depósitos fiscales o recintos fiscalizados.
30
Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías (SCCCyG)
Contiene la estructura del sistema de cuentas de créditos y garantías que deben observarse para ciertos regímenes aduaneros y operaciones que requieren garantía legal.
Puntos clave a considerar:
• Vigencia: Estos anexos son de aplicación inmediata y estarán vigentes durante todo el ejercicio fiscal 2026.
• Cumplimiento: El Anexo 22 es crítico para los departamentos de tráfico y agencias aduanales, ya que cualquier modificación en los identificadores o claves de pedimento puede generar sanciones.
• IMMEX: Si tu empresa opera bajo programa IMMEX, debes revisar el Anexo 24 para asegurar que tu software de control de inventarios esté alineado con los nuevos requerimientos de información mínima.