Elizabeth Quintero Abogada de Infancia y Familia

Elizabeth Quintero Abogada de Infancia y Familia Abogada especialista en litigio estratégico en materia de infancia y vínculo familiar, con enfoque constitucional y de amparo.

En reunión para análisis de casos de NNA 👦🏻👧🏻💛⚖️.Por eso amo la abogacía holística, porque entiende que los asuntos fami...
07/05/2026

En reunión para análisis de casos de NNA 👦🏻👧🏻💛⚖️.

Por eso amo la abogacía holística, porque entiende que los asuntos familiares no pueden analizarse de forma aislada.

Cada caso requiere una visión integral, humana y multidisciplinaria, donde el derecho, la psicología y el contexto emocional dialoguen entre sí para proteger verdaderamente el interés superior de la niñez 🙌🏼✨.

¿Por qué una mala prueba pericial te hace perder el juicio familiar? ⚖️⚠️Muchos abogados creen que ganar un juicio famil...
07/05/2026

¿Por qué una mala prueba pericial te hace perder el juicio familiar? ⚖️⚠️

Muchos abogados creen que ganar un juicio familiar (custodia, capacidad, deudores alimentarios) depende solo de los hechos. Error.

El juicio no se gana solo; se gana con la capacidad del perito para sostener su verdad en la audiencia.

Si el perito no está bien preparado o el dictamen es débil, las consecuencias son fatales para tu estrategia:

❌ La "Muerte" de la prueba: Si el perito no comparece a la audiencia de juicio para ratificar y responder preguntas, la prueba puede quedar sin efectos. No importa qué tan bueno sea el papel si no hay voz que lo defienda.

❌ Preclusión por reloj: En materia familiar, los plazos son cortos (15 días). Si no exhibes el dictamen a tiempo, pierdes el derecho de defensa en ese rubro.

❌ El riesgo del Contrainterrogatorio: Si la metodología es floja, la contraparte destruirá la credibilidad del experto frente al juez. Un perito que no sabe explicar su "cómo" es un perito que no sirve.

👉🏼 Lo que DEBE tener tu pericial para no morir en el intento:

▫️Metodología real: No solo opiniones; debe haber entrevistas, visitas y técnicas científicas comprobables.

▫️Estructura de Silogismo: Premisa técnica + Observación de campo = Conclusión lógica. Si el juez no lo entiende, no lo toma en cuenta.

▫️Calificación técnica: El perito debe demostrar que sabe, no solo que tiene un título.

Recuerda que en el juicio oral familiar, el juez analiza el razonamiento y la congruencia. Un dictamen oscuro o un perito ausente es la vía rápida para una sentencia desfavorable.

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⚖️ Fundamentos clave del CNPCyF:

Ofrecimiento (Art. 272 y 273): Aquí es donde nace el riesgo. Si no describes bien la materia, los hechos a demostrar y el cuestionario desde el principio, el juez te la puede desechar de entrada.

La "Sentencia de Muerte" de la prueba (Art. 282): El nuevo código es estricto. Si no presentas el dictamen en el plazo que el juez te dio (que en juicios familiares suele ser de 15 días tras la aceptación del cargo), la prueba se declara desierta. No hay prórrogas fáciles.

Comparecencia Obligatoria (Art. 285): Este es el cambio más fuerte del sistema oral. Dice claramente: "Las personas peritos tienen la obligación de asistir a la audiencia de juicio".

Consecuencia de riesgo: Si tu perito no llega, la prueba se desierta. Así de simple. Todo el trabajo y el costo del peritaje se van a la basura por una inasistencia.

Valoración Estratégica (Art. 287): El juez ya no cree en el perito solo porque sea "el experto". El CNPCyF le ordena al juez revisar la calidad técnica, la metodología y si el perito fue capaz de resistir las preguntas en la audiencia.

📍 Basado en la doctrina de Luis Alfonso Méndez Corcuera sobre el CNPCyF.

⚖️ ¿SE ACABÓ EL “QUEMAR” POR QUEMAR? 🚫📱La Suprema Corte (SCJN) acaba de reforzar un criterio que puede cambiar la forma ...
07/05/2026

⚖️ ¿SE ACABÓ EL “QUEMAR” POR QUEMAR? 🚫📱

La Suprema Corte (SCJN) acaba de reforzar un criterio que puede cambiar la forma en que se castigan las acusaciones falsas en redes sociales y medios digitales.

Aunque el concepto de daño moral ya existía en nuestras leyes, la novedad de los Amparos Directos 20 y 21 de 2025 está en cómo debe analizarse y cuantificarse cuando las acusaciones falsas se difunden públicamente entre particulares, especialmente en la era digital.

📌 ¿Qué resolvió la SCJN?
La Corte determinó que las acusaciones falsas que dañen el honor, reputación o dignidad de una persona pueden generar responsabilidad civil por daño moral.

El caso surgió de un conflicto familiar derivado de divorcio y custodia, donde un hombre difundió públicamente acusaciones de secuestro y sustracción de menor contra su exesposa y familiares, pese a que dichas imputaciones ya habían sido descartadas por autoridades ministeriales.

⚠️ La SCJN ordenó volver a cuantificar la indemnización tomando en cuenta:

👉🏼 La gravedad de la afectación al honor y dignidad de la víctima.
👉🏼 El alcance REAL de la difusión.
👉🏼 El impacto en medios impresos, digitales y redes sociales.

Y aquí está la actualización importante:

🔴 YA NO ES LO MISMO ❌ un comentario privado, QUE ❌ una publicación viral compartida miles de veces.

Ahora el alcance digital sí importa para calcular cuánto daño causó una acusación falsa.

📌 ¿Qué cambia realmente con este criterio?

✅ 1. El impacto digital sí cuenta
La Corte obliga a los jueces a valorar la viralidad, permanencia y multiplicación del contenido en internet.

✅ 2. No puedes esconderte detrás de la “libertad de expresión”. La SCJN aclaró que publicar hechos falsos para destruir la reputación de alguien NO está protegido como actividad periodística ni como libertad de expresión.

✅ 3. La reparación debe ser “integral”, pero equilibrada. La indemnización debe reparar verdaderamente el daño, PERO sin convertirse en una sanción desproporcionada que genere censura o autocensura.

✅ 4. El criterio aplica para ambos géneros. Esto es importante precisarlo, el criterio NO protege únicamente a mujeres ni únicamente a hombres.

Cualquier persona puede demandar por daño moral si:
👉🏼 se difundieron hechos falsos;
👉🏼 hubo afectación a su reputación;
👉🏼 y existe un impacto digital relevante.

🚨 Un hombre también podría utilizar este criterio para defenderse de acusaciones falsas en redes sociales, siempre que logre acreditar falsedad, mala fe o real malicia, y daño real a su reputación.

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📌 Entonces… ¿qué pasa con los “tendederos” o denuncias públicas?

Aquí es donde muchos confunden los criterios.

La SCJN y diversos tribunales han sostenido que los tendederos de deudores alimentarios, y ciertos mecanismos de denuncia social,
pueden considerarse constitucionales cuando existe información verdadera o interés superior de la niñez.

Es decir:

⚠️ La clave NO es el género.
⚠️ La clave es la falsedad.

Porque NO es lo mismo ❌ inventar delitos o acusaciones falsas, QUE exhibir un incumplimiento real ya acreditado.

📌 En resumen:

▫️Si alguien publica hechos falsos para destruir la reputación de otra persona, puede existir responsabilidad por daño moral.
▫️Mientras más viral sea la acusación, mayor podría ser la indemnización.
▫️El criterio puede ser utilizado tanto por hombres como por mujeres.
▫️La libertad de expresión NO protege la mentira deliberada.
▫️Pero tampoco debe utilizarse este criterio para silenciar denuncias legítimas o verdades acreditadas.

⚖️ La discusión jurídica de fondo sigue siendo la misma:

¿Dónde termina la libertad de expresión y dónde empieza el daño ilegítimo al honor y la dignidad❓

Porque en la era digital, un “post” puede destruir una reputación… mucho antes de que exista una sentencia.

¡CUIDADO! ⚠️ “¡TE VOY A DEMANDAR POR ABANDONO DE HOGAR!” ⚖️🚫Esta es, sin duda, una de las amenazas más comunes durante u...
07/05/2026

¡CUIDADO! ⚠️ “¡TE VOY A DEMANDAR POR ABANDONO DE HOGAR!” ⚖️🚫

Esta es, sin duda, una de las amenazas más comunes durante una separación… y tristemente, una de las que más se usa sin entender qué implica realmente a nivel legal 🛑👤.

Hoy, en México 🇲🇽, el divorcio ya no depende de demostrar “culpas”. Basta la voluntad de una de las partes para solicitarlo. Es decir: ¡YA NO NECESITAS PROBAR ABANDONO, INFIDELIDAD O CAUSALES PARA DIVORCIARTE! 💔🔓.

Entonces... ¿Por qué se sigue usando tanto el miedo al “abandono”? 🤔💭.

Porque existe una confusión enorme entre estas figuras jurídicas:

▫️Separación: Simplemente dejar de vivir juntos 🏠🏃‍♂️.
▫️Divorcio: La terminación legal del matrimonio 📜✂️.
▫️Alimentos: La obligación económica hacia tus hijos (o cónyuge) 💸👦🏻.
▫️Pensión compensatoria: Equilibrio económico tras la ruptura ⚖️💰.
▫️Incumplimiento alimentario: Dejar sin sustento a quien depende de ti 🚫🍲.

¡ENTIÉNDELO BIEN! Irte del domicilio no significa perder tus derechos automáticamente, ni te obliga a “mantener a alguien de por vida” solo por salir por la puerta🚪🙅‍♂️.

Lo que SÍ tiene consecuencias legales graves es:

▫️Abandonar económicamente a tus hijos 👶🏻❌.
▫️Incumplir con el pago de alimentos 📉💸.
▫️Dejar en vulnerabilidad a quien dependía de ti 🆘⚠️.
▫️Desentenderse totalmente de las obligaciones familiares 👨‍👩‍👧‍👦🚫.

En la mayoría de los conflictos, cuando alguien grita “abandono”, en realidad quiere decir: ALIMENTOS, CUSTODIA O RESPONSABILIDAD 🗣️📝.

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Aquí 3 puntos clave que debes saber HOY:

1️⃣ EL MIEDO A PERDER LA CASA: 🏠 Salir de la casa NO significa renunciar a tu propiedad (si están por bienes mancomunados) ni a tus derechos posesorios. ¡No te dejes engañar! 👊
2️⃣ OJO CON LA VIOLENCIA VICARIA: 🚩 Usar la amenaza de "abandono" es una herramienta de control psicológico para que no escapes de un entorno tóxico. ¡Es manipulación! 🧠🚫
3️⃣ ABANDONO VS. SUSTRACCIÓN: 🚨 Una cosa es "irme yo" (Libertad de tránsito 🏃‍♂️) y otra muy distinta es "llevarme a los hijos sin avisar". Esto último puede escalar a un delito penal grave. 🚔👧

¿SE PUEDE DEMANDAR? Sí, pero el "cómo" depende de tu objetivo:

📍 VÍA CIVIL (DEMANDA): 👨‍⚖️ Ante un Juez de lo Familiar. Para formalizar separación, pensión o custodia.

⚠️ Dato extra: Si hay bienes mancomunados, el abandono injustificado por más de 6 meses puede hacerte perder beneficios de la sociedad conyugal desde ese momento ⏳📉.

📍 VÍA PENAL (DENUNCIA): 👮‍♂️ Ante el Ministerio Público. Busca multas o cárcel por Incumplimiento de Obligaciones de Asistencia Familiar ⛓️🚫.

⬇️

EL ORIGEN DEL MITO: 📚
La amenaza por "abandono de hogar" viene del antiguo sistema de "divorcio necesario" que buscaba culpables. Aunque el divorcio incausado cambió todo, la figura persiste en el Código Penal para castigar a quien deje a su familia SIN RECURSOS PARA SUBSISTIR. 📉🍲.

📌 EN RESUMEN: 📝
La amenaza persiste porque, aunque ya no necesites "permiso" para divorciarte, la ley sigue castigando a quien abandona sus responsabilidades económicas 💳⚖️.

¡No vivas con miedo, vive con información! 💡📖.

¿Te han amenazado con esto o conoces a alguien que esté pasando por esto? 💬
👇🏼¡Comparte esta información, podrías ayudar a alguien a tomar la mejor decisión! 📲✨.

🇲🇽⚖️

‼️Basta de tecnicismos‼️ Por qué un error de tu abogado NO debería quitarte el derecho a ver a tus hijos 👦🏻👧🏻.Mucha gent...
06/05/2026

‼️Basta de tecnicismos‼️ Por qué un error de tu abogado NO debería quitarte el derecho a ver a tus hijos 👦🏻👧🏻.

Mucha gente piensa que la suplencia de la deficiencia en materia familiar es darle ventaja a una de las partes. ¡Nada más alejado de la realidad! 🚫.

En derecho familiar, la prioridad no es quién tiene el mejor "estilo" al escribir o al hablar, sino proteger la verdad real y, sobre todo, el Interés Superior de la Niñez.

📍 ¿Qué significa esto en la práctica?
Significa que el juez tiene el deber de mirar más allá de los tecnicismos. Si un abogado cometió una omisión técnica, pero los derechos de un niño o una persona vulnerable están en riesgo, la justicia debe actuar.

No es favoritismo, es sensibilidad. Es evitar que un formalismo sepulte la verdad y que una familia quede atrapada en procesos fríos y rígidos.

El nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares refuerza esta visión, una justicia más humana, de audiencias y de resultados reales 📚✨.

¿Tú qué opinas? ¿Crees que la justicia familiar debe ser más flexible o mantenerse rígida a las formas? Te leo en los comentarios. 👇🏼



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Esto tiene un sustento sólido en el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares:

✅ Art. 578: Obliga a la autoridad a suplir la deficiencia de las partes en sus planteamientos de derecho para proteger a la familia.
✅ Art. 7 (Fracc. IX): Establece el Principio de Formalidad Atenuada, impidiendo que los errores técnicos bloqueen la justicia.
✅ Art. 585: Facilita el acceso a la justicia mediante la comparecencia oral, especialmente en alimentos y violencia.

👉🏼 Es importante distinguirlo:

▪️ La suplencia de los planteamientos de derecho en materia familiar busca privilegiar la verdad material, el interés superior de la niñez y una resolución integral del conflicto.

▪️ La suplencia de la queja deficiente en amparo funciona como mecanismo de equilibrio frente a condiciones de vulnerabilidad o desigualdad procesal.

👉🏼 👉🏼 👉🏼 La responsabilidad parental no es un rol simbólico, es una obligación jurídica ⚖️.Implica deberes concretos de ...
05/05/2026

👉🏼 👉🏼 👉🏼 La responsabilidad parental no es un rol simbólico, es una obligación jurídica ⚖️.

Implica deberes concretos de cuidado, protección y vigilancia, especialmente cuando se trata de menores en condición de vulnerabilidad.

🚨 Cuando ese deber se incumple, no estamos frente a una omisión menor, sino ante una conducta jurídicamente relevante, cuya gravedad debe analizarse en función del daño causado, no de quién lo comete 🔍📜.

🛑 El derecho no puede relativizar la responsabilidad bajo estereotipos 🚫👥. No se trata de madre o padre 👤. Se trata de posición de garante 📑.

El interés superior de la niñez ✨👦🏻👧🏻, no debe admitir excepciones, ni narrativas que diluyan la responsabilidad.

👇🏼

El caso del pequeño Vicente, niño de tres años en Mexicali, Baja California, ha generado conmoción tras su fallecimiento. De acuerdo con los reportes, permaneció varias horas dentro de un vehículo, lo que derivó en su muerte por golpe de calor 💔.
No Más Hijos Rehenes Baja California

Hoy abrimos diálogo con el Movimiento Justicia Familiar PR. (Puerto Rico 🇵🇷)Un movimiento que trabaja en favor de los de...
05/05/2026

Hoy abrimos diálogo con el Movimiento Justicia Familiar PR. (Puerto Rico 🇵🇷)

Un movimiento que trabaja en favor de los derechos de la infancia y la familia, sin distinción de género y con un enfoque centrado en el bienestar real de los NNA.

Los problemas de infancia y la familia no son una realidad aislada, es una problemática que se repite en distintos sistemas y que exige soluciones estructurales.

Hay que asumir la responsabilidad de transformar, por la niñez 🙌🏼.

Gracias por el espacio y la mención ✨.
No Más Hijos Rehenes Baja California

🚩 ¡ALERTA LEGAL! El error que puede fracturar el vínculo con tus hijos (uso mecánico de tesis y el Art. 217 LA) ⚖️¿Sabía...
05/05/2026

🚩 ¡ALERTA LEGAL! El error que puede fracturar el vínculo con tus hijos (uso mecánico de tesis y el Art. 217 LA) ⚖️

¿Sabías que pueden negarte convivencias citando criterios que no obligan al juzgador en tu caso? 📑

1️⃣ No toda tesis es ley. El Art. 217 de la Ley de Amparo distingue entre jurisprudencia obligatoria y criterios orientadores. Si el criterio no es jurisprudencia aplicable (SCJN o Tribunal Colegiado competente), no vincula automáticamente. Debe justificarse su aplicación al caso concreto.

2️⃣ No es “copiar y pegar”. Citar tesis de otros circuitos o contextos distintos no sustituye el análisis del caso. Menos aún cuando existen convivencias supervisadas previas, constantes y sin incidencias, que muestran que el riesgo está controlado.

3️⃣ Perspectiva de infancia. Aplicar criterios sin ponderación afecta la salud mental de niñas y niños. El tiempo sin convivencia deteriora el vínculo y puede generar daños de difícil reparación.

4️⃣ ¿Qué hacer? Si te niegan la suspensión con base en criterios no vinculantes o mal aplicados, interpone Recurso de Queja (Art. 97) y exige:

* Análisis expreso de la apariencia del buen derecho (Art. 128).
* Estándar reforzado de protección (Art. 147).
* Medida idónea y proporcional, por ejemplo convivencias supervisadas con efectos restitutorios.

🧠 La ley no es solo lo que se cita, es cómo se justifica en tu caso.

04/05/2026

👉🏼 Este video es para ti.

Para quienes han comentado, compartido y, sobre todo, aportado desde su experiencia (incluidos colegas).

El derecho familiar se contrasta, se cuestiona y se mejora 🙌🏼.

Voy a seguir compartiendo ✨. Si estás en un proceso… esto también es para que entiendas qué está pasando y por qué.

Gracias ♥️.

📂📂 Si tu expediente familiar ya tiene años, lee esto 🔍⚠️.En juicios familiares largos, lo más común no es solo el desgas...
03/05/2026

📂📂 Si tu expediente familiar ya tiene años, lee esto 🔍⚠️.

En juicios familiares largos, lo más común no es solo el desgaste emocional… es el riesgo de llegar a segunda instanciay que el Tribunal ordene reponer el procedimiento 🔄🛑.

¿Por qué pasa? ❓ Porque en el camino quedaron deficiencias procesales:
▫️ Pruebas mal desahogadas o incompletas 📑
▫️ Omisiones en etapas clave del juicio 🔍
▫️ Falta de actualización en la situación real del caso ⏳

Y entonces, en apelación:
👉🏼 Se detecta el problema técnico.
👉🏼 Se ordena regresar el procedimiento hasta la falla.

¿El efecto? Años de litigio que pierden eficacia y nos regresan al inicio 📉❌.

💡 Hay una señal que muchas veces se ignora: Cuando el expediente “parece listo” pero no se cita para sentencia, en muchos casos no es simple retraso... ¡es que algo no está bien integrado! ⚠️

👇🏼

📦 Por eso, cuando un expediente ya tiene tiempo o supera los dos tomos no se debe dejar correr por inercia. Se revisa, se ordena el cierre analizando minuciosamente qué falta y se toma la decisión de reestructurar la estrategia o incluso desistirse de lo que ya no es funcional 🛠️✅.

Porque ante esos escenarios, el caso que iniciaste hace años... no es el mismo que hoy se está resolviendo. Una de las particularidades del derecho familiar es que el grado de necesidad siempre se actualiza 👨‍👩‍👧‍👦📈.

⚠️ Recuerda: Cada caso requiere un análisis específico para blindarlo. La justicia no es automática, es estratégica ⚖️✨.

🚫 Ojo: No estamos hablando de pruebas supervinientes o hechos nuevos que surgen por el paso del tiempo. Hablamos de la incongruencia acumuladay el desorden procesal que arrastra el expediente hasta ese punto 📉. El mal manejo de un caso se vuelve evidente cuando la estructura legal ya no sostiene las pretensiones, retrasándolo todo de forma innecesaria. ¡Un expediente mal integrado es una sentencia que se va a caer! ❌⚖️.

Cuarta asesoría del día, completamente en modalidad remota 💻✨.Gracias a esta modalidad, puedo atender asuntos en distint...
03/05/2026

Cuarta asesoría del día, completamente en modalidad remota 💻✨.

Gracias a esta modalidad, puedo atender asuntos en distintos estados del país sin comprometer la calidad del análisis ni la estrategia jurídica 🇲🇽🔍.

En materia familiar, con la implementación del nuevo sistema y la base normativa común (convencional, constitucional y protocolaria), la distancia dejó de ser un límite. Hoy, la estrategia es lo que realmente marca la diferencia 🌐.

Gracias por la confianza 🫱🏽‍🫲🏼🙏🏼.

Dirección

Boulevard Las Americas 365 2, Anexa 20 De Noviembre
Tijuana
22100

Teléfono

+526645006311

Página web

https://www.nomashijosrehenes.org/, https://www.unnido.org.mx/

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