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07/10/2026

*La propuesta avanza al Senado*.

DIPUTADOS APRUEBAN LEY QUE ABRE LA PUERTA A ELIMINAR EL EFECTIVO Y RASTREAR EN QUÉ GASTAS

La Cámara de Diputados aprobó la nueva Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, impulsada por Claudia Sheinbaum.

En lo general obtuvo 330 votos a favor, 122 en contra y cero abstenciones. En lo particular, 322 a favor y 122 en contra.

¿QUÉ BUSCA?

Expandir los pagos con tarjetas, transferencias, códigos QR y otras herramientas digitales.

También obliga a los tres niveles de gobierno a aceptar estos medios en trámites y servicios, e incorpora la CURP Digital y el Expediente Digital Ciudadano para servicios financieros.

¿DÓNDE ESTÁN LOS RIESGOS?

📍 Efectivo. Hacienda podrá decidir qué sectores tendrán los pagos digitales como única forma de pago. El efectivo quedaría disponible ante contingencias tecnológicas.

📍 Privacidad. Un pago digital deja registro de dónde compras, cuánto gastas, a qué hora y con qué frecuencia. Acumulada, esa información permite reconstruir buena parte de la vida cotidiana de una persona.

📍 Protección de datos. La ley amplía el uso de CURP Digital biométrica y Expediente Digital Ciudadano, por lo que entra la discusión sobre quién consulta esos datos, para qué se usan, cuánto tiempo permanecen almacenados y con quién se comparten.

📍 Personas sin cuenta bancaria. Si Hacienda declara que cierto servicio, trámite o actividad acepta únicamente pagos digitales, esas personas tendrían que abrir una cuenta, conseguir otro medio electrónico o depender de alguien más para pagar. También quedan expuestos quienes carecen de internet, teléfono compatible o conectividad suficiente.

17/07/2026

El panorama fiscal para este segundo tri-
mestre de 2026 exige una vigilancia extre-
ma por parte de los contribuyentes. Los re-
portes de finanzas públicas al cierre de abril
revelan un deterioro en los ingresos tributa-
rios del 1.6% real, arrastrado principalmente
por una caída del 6.2% en la recaudación
del ISR. Ante esta brecha, la autoridad ha
intensificado la fiscalización apoyada en
herramientas tecnológicas y reformas pena-
les severas.

Riesgo Penal y Cumplimiento de Fondo
Hoy, el cumplimiento fiscal ha dejado de ser
un mero trámite administrativo para conver-
tirse en un factor de riesgo para la libertad
de los directivos.

Criminalización del error: Según las refor-
mas recientes al Código Fiscal de la Federa-
ción (CFF), la presentación de datos falsos
o documentos alterados se castiga con has-
ta seis años de prisión. Este delito se con-
suma con la sola entrega del documento,
sin que el SAT deba acreditar un daño eco-
nómico real.

Materialidad de deducciones: Existe una
preocupación creciente en el sector empre-
sarial por la cancelación de Certificados de
Sellos Digitales (CSD), lo que puede parali-
zar la facturación y la nómina. Es vital con-
tar con expedientes que prueben fehacien-
temente la existencia de los servicios
(bitácoras, entregables, fotos).
-Diario Fiscal-

18/06/2026

La protección sólo cubre a un quejoso, quien consiguió que ningún proveedor de telefonía móvil le requiera huellas, selfie, CURP biométrica, datos sensibles que los lineamientos no ordenan.

13/06/2026

La Fracción IX del Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), vigente a partir del 1 de enero de 2026, establece lo siguiente:
Artículo 29-A.
Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:
[…]
IX. Amparar operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales.

Los comprobantes fiscales que no cumplan con el requisito establecido en esta fracción se consideran falsos para efectos de este Código. Ya no basta que el Comprobante
Fiscal CFDI sea técnicamente perfecto (forma), ahora debe ser sustancialmente real (fondo).

28/04/2026

SALARIOS O ASIMILABLES A SALARIOS
(ART . 98, FRACC. III, LISR)

QUIÉNES PRESENTAN LA DECLARACIÓN ANUAL?

CUANDO SE DÉ CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:

* Además de los ingresos por salarios obtienen otro tipo
de ingresos acumulables de otros capítulos.

* El total de sus ingresos por salarios exceden de:
$ 400,000.00

* Comunican por escrito al patrón que presentarán su
declaración del ejercicio.

* Dejan de prestar servicios antes del 31 de diciembre,
o prestan servicios a dos o más empleadores en forma
simultánea a esa fecha.

* Perciben ingresos de fuente de riqueza ubicada en el
extranjero o de personas no obligadas a retener.

Dirección

Tijuana
22010

Horario de apertura

Lunes 9am - 5pm
Martes 9am - 5pm
Miércoles 9am - 5pm
Jueves 9am - 5pm
Viernes 9am - 5pm

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