Abogado Penalista Gerardo Eng García

Abogado Penalista Gerardo Eng García 36 años ejerciendo la Abogacía dentro del ámbito Penal, estableciendo estrategias. Fui Defensor Público 11 años y Ministerio Público 10 años.

Lo que me permite establecer efectivas defensas de los derechos tanto de víctimas y/o probables responsables. Defensa Penal
Denuncias
Asesorías
Carpetas de investigación
Asesor víctimas
Juicios Orales
Representación

Cátedra en Maestría, Universidad IES Plantel Teziutlán. Un verdadero gusto impartir la clase y compartir y coincidir con...
10/01/2025

Cátedra en Maestría, Universidad IES Plantel Teziutlán. Un verdadero gusto impartir la clase y compartir y coincidir con excelentes Abogados que hacen de cada clase una experiencia enriquecedora!

Son excelentes!
29/06/2024

Son excelentes!

29/06/2024
Felicidades a todos mis colegas. Dios les bendiga siempre!
12/07/2023

Felicidades a todos mis colegas. Dios les bendiga siempre!

Esto pasa todos los días en todo el país... las fiscalías no hacen su trabajo de forma correcta, los jueces componen las...
09/06/2023

Esto pasa todos los días en todo el país... las fiscalías no hacen su trabajo de forma correcta, los jueces componen las planas, la población permite esto con las exigencias de detener a las personas sin antes investigar, etc. Ahora una juez penal vivió en carne propia el quehacer cotidiano... Dice la nota..hasta le sembraron droga..si eso le pasa a un Juez que le puede pasar a cualquier Ciudadano?

El hijo presente en la detención señala que la encapucharon y robaron su auto. La autoridad dice que ella disparó contra policías.

Se viola el principio de inmediación? Ahora todo por videoconferencia.. 1o. constitucional..y los tratados internacional...
16/02/2023

Se viola el principio de inmediación? Ahora todo por videoconferencia.. 1o. constitucional..y los tratados internacionales?

Nos volveremos a encontrar!!!
28/07/2022

Nos volveremos a encontrar!!!

Cuidado al consentir actos o ejercer los innecesarios porque prolongan la ppo.. Por ejem ampliación de plazo de cierre, ...
25/06/2022

Cuidado al consentir actos o ejercer los innecesarios porque prolongan la ppo.. Por ejem ampliación de plazo de cierre, diferimiento de audiencia, supuestos acuerdos con el Mp, etc...

Ahí nos saludamos!!
14/06/2022

Ahí nos saludamos!!

Buenos días.Creo que el problema se genera en la redacción de la porción normativa y su interpretación al decir: "En cas...
25/03/2022

Buenos días.
Creo que el problema se genera en la redacción de la porción normativa y su interpretación al decir: "En caso de que el Defensor, Asesor Jurídico o el Ministerio Público se ausenten..." El término Ausentar debería interpretarse como "RETIRARSE"..
Así lo indica el párrafo III de dicho numeral puesto que dice:" Si el defensor no comparece a la audiencia, o se AUSENTA..."
Desde mi humilde opinión ahí está la cuestión de interpretación literal del precepto..
Ahora la tesis indica.. Por su inasistencia.. Y luego dice por su incomparecencia.. Me parecen equivocas las consideraciones...

Época: Undécima Época
Registro: 2024350
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Publicación: viernes 25 de marzo de 2022 10:28 h
Materia(s): (Penal)
Tesis: VII.2o.P.1 P (11a.)

MULTA IMPUESTA AL ASESOR JURÍDICO POR SU INASISTENCIA A LA CONTINUACIÓN DE LA AUDIENCIA INICIAL DEL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO Y ORAL. ES ILEGAL SI JUSTIFICÓ PLENAMENTE SU INCOMPARECENCIA CON ANTICIPACIÓN Y QUEDARON SALVAGUARDADOS LOS DERECHOS DE LA VÍCTIMA.

Hechos: El Juez de Control impuso al asesor jurídico una multa en términos del artículo 57, párrafo segundo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, porque no justificó su inasistencia a la continuación de la audiencia inicial del procedimiento penal acusatorio y oral, a pesar de que estaba debidamente notificado, bajo la consideración de que si bien es verdad que presentó un escrito renunciando al cargo con cuarenta y ocho horas de anticipación, no menos lo es que no expuso cuál es la razón de esa renuncia.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la multa impuesta es ilegal porque el asesor jurídico justificó plenamente su inasistencia a la continuación de la audiencia inicial con anticipación y quedaron salvaguardados los derechos de la víctima, pues previamente el Juez de Control le dio vista con esta situación a la parte ofendida y ordenó que se presentara el día de la continuación de la audiencia inicial un asesor jurídico federal.

Justificación: Ello es así, pues el fundamento utilizado por el Juez de Control claramente establece que "El defensor no podrá renunciar a su cargo conferido ni durante las audiencias ni una vez notificado de ellas", lo cual evidencia que esa redacción del artículo va dirigida hacia los defensores de los imputados, sin que haya lugar a efectuar alguna interpretación adicional; máxime que no existe ningún precepto en el citado código que establezca que para aceptar la renuncia al cargo de asesor jurídico se tenga que justificar esa cuestión y el Juez de Control deba valorarlo.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo en revisión 311/2021. 10 de febrero de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Soto Martínez. Secretario: Eduardo Josué Martínez Maldonado.

Esta tesis se publicó el viernes 25 de marzo de 2022 a las 10:28 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

Dirección

Teziutlán

Teléfono

+522224633471

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Abogado Penalista Gerardo Eng García publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Abogado Penalista Gerardo Eng García:

Compartir

Categoría