05/02/2026
¿ENTREVISTA O INTERROGATORIO POLICIAL?
¡Atención a todos! Como abogado migratorio con años de experiencia acompañando a cientos de solicitantes de refugio en México, he presenciado de primera mano el calvario que representan las entrevistas grabadas de la COMAR. Estas no solo revictimizan a personas ya traumatizadas, sino que los entrevistadores, en su afán por hallar inconsistencias o causales de negativa, los llevan al límite emocional, cuestionando detalles minuciosos que solo agravan el sufrimiento. Vamos a desglosarlo desde una perspectiva jurídica y humanitaria, basada en lo que he vivido en innumerables sesiones.
1. La obligación de revivir traumas bajo presión: Los solicitantes son forzados a relatar con lujo de detalles los horrores que los obligaron a abandonar su país, familia y patrimonio: violencia, persecuciones, torturas o amenazas de muerte. En mi práctica, he visto cómo los entrevistadores insisten en preguntas repetitivas y agresivas, buscando cualquier grieta para cuestionar la credibilidad, lo que desencadena crisis de pánico, TEPT o colapsos emocionales. Esto no es solo inhumano; viola el principio de no revictimización establecido en la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967, que México ha ratificado. Organizaciones como Human Rights Watch han reportado estos abusos en el sistema mexicano, donde el proceso se convierte en una cacería de “inconsistencias” en lugar de una evaluación compasiva.
2. Violación a la dignidad humana y la integridad personal: La Declaración Universal de los Derechos Humanos (Artículo 5) prohíbe tratos crueles, inhumanos o degradantes, y la Convención contra la Tortura refuerza esto al considerar la tortura mental como inaceptable. Sin embargo, en estas entrevistas, sin apoyo psicológico adecuado, los solicitantes son empujados al borde: “Repita eso, ¿está seguro? ¿Por qué no lo mencionó antes?” –frases que he oído una y otra vez, diseñadas para desestabilizar y justificar negaciones. Amnesty International ha documentado cómo estas prácticas en México agravan la vulnerabilidad de víctimas de violencia de género o persecución política, convirtiendo el asilo en un segundo tormento.
3. Impacto en la salud, privacidad y acceso a la justicia: El derecho a la salud (Artículo 25 de la DUDH) y a la privacidad se pisotean cuando las grabaciones no garantizan confidencialidad, exponiendo a los solicitantes a riesgos adicionales si regresan o si hay filtraciones. En mi experiencia, muchos abandonan el proceso por el agotamiento mental, o reciben negativas basadas en “falta de evidencia” tras horas de interrogatorio exhaustivo. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha emitido recomendaciones sobre omisiones en COMAR, pero persisten demoras y presiones que obstruyen el debido proceso.
Es imperativo reformar urgentemente: implementar protocolos sensibles con psicólogos presentes, opciones de testimonios escritos o no grabados cuando haya riesgo de trauma, y capacitar a entrevistadores para priorizar la protección sobre la denegación. Los refugiados no son sospechosos; son sobrevivientes que merecen empatía y justicia.
¡Difundamos esto para presionar cambios! ¿Has vivido o conocido un caso similar? Comparte en comentarios.
Secretaría de Gobernación Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados UNHCR, the UN Refugee Agency Corte Interamericana de Derechos Humanos
Imagen realizada con AI, solo para fines ilustrativos.