27/06/2026
Reconocimiento secuencial vs reconocimiento simultaneo. ¿Por qué el Código Nacional exige que la rueda de reconocimiento se realice de manera secuencial?
Hoy toca hablar de uno de los puntos más importantes—y menos comprendidas— que introdujo el Código Nacional de Procedimientos Penales en materia de reconocimiento de personas.
📚Durante décadas, las ruedas de reconocimiento se realizaron mostrando simultáneamente a todos los integrantes de la fila, la víctima observaba a todas las personas al mismo tiempo y posteriormente señalaba a quien consideraba autor de los hechos.
👥Es común observar que en la investigación ministerial se organiza una diligencia en la que coloca a cuatro o cinco personas, la mayoría llamos cebos, en una sala de observación, generalmente mediante el uso de cámara de Gesell. Posteriormente comparece la víctima o el testigo reconociente y se le pregunta si entre esas personas se encuentra quien participó en los hechos investigados.
Empero, la investigación científica terminó demostrando que este procedimiento podía incrementar significativamente el riesgo de identificaciones erróneas.
📖El artículo 277 del Código Nacional de Procedimientos Penales actualmente establece que:
➡️ “La práctica de filas de identificación se deberá realizar de manera *secuencial*”.
La pregunta entonces es inevitable:
❓¿Por qué el legislador decidió abandonar el método tradicional y exigir que los integrantes sean presentados uno por uno?
La respuesta se encuentra en el universo de la psicología del testimonio, y es precisamente en ese hemisferio del conocimiento donde se encuentra la llave de bóveda que explica por qué el legislador abandonó la rueda tradicional y optó por la presentación secuencial.
Antonio L. Manzanero y José Luis González explican que la memoria humana es un proceso reconstructivo y no una grabación literal de la realidad, así el recuerdo puede verse influido por múltiples variables, entre ellas el estrés, el tiempo transcurrido, la iluminación, la duración de la observación y la información recibida con posterioridad al hecho.
Por ello, cuando una víctima intenta reconocer a una persona, no está reproduciendo una imagen perfecta almacenada en su mente, lo que realmente hace es reconstruir un recuerdo y precisamente por esa razón, la forma en que se realiza una rueda de reconocimiento puede alterar el resultado.
Ahora bien, traído el problema al terreno científico, surge la primera gran dificultad que ha ocupado durante décadas a la psicología del testimonio: las ruedas simultáneas. En esta arena del conocimiento, Margarita Diges y Nieves Pérez-Mata explican que cuando todos los integrantes son observados al mismo tiempo, el testigo deja de contrastar cada sujeto con su recuerdo y comienza a compararlos entre sí.
En terminos sencillos, la víctima deja de preguntarse: “¿Es esta la persona que vi?”; y comienza a preguntarse: “¿Quién de todos ellos se parece más a la persona que recuerdo?”
La diferencia parece pequeña, sin embargo, desde el punto de vista psicológico es enorme, porque incluso cuando el verdadero responsable no se encuentra dentro de la rueda, el testigo puede terminar seleccionando a quien considere más parecido.
La solución propuesta por la ciencia, ante este problema, diversos investigadores comenzaron a desarrollar un modelo distinto de reconocimiento; Gary Wells propuso sustituir las ruedas simultáneas por ruedas secuenciales; posteriormente, los trabajos de Antonio L. Manzanero, José Luis González, Margarita Diges y otros especialistas confirmaron las ventajas de esta metodología.
La lógica es sencilla, en lugar de observar a todos los integrantes al mismo tiempo, el testigo observa a cada persona individualmente.
La técnica correcta conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales, es la siguiente: “Primero se presenta una persona, después una segunda, luego una tercera, Y así sucesivamente hasta concluir la diligencia, de esta manera el testigo ya no puede comparar a los integrantes entre sí y se ve obligado a comparar a cada individuo exclusivamente con el recuerdo almacenado en su memoria.
👁️Antonio L. Manzanero y José Luis González señalan que la presentación “secuencial” evita los juicios relativos y obliga al testigo a evaluar individualmente el parecido de cada integrante de la rueda con el recuerdo del autor.
Asimismo, Margarita Diges y Nieves Pérez-Mata explican que la investigación empírica ha demostrado de manera sistemática que la rueda secuencial reduce significativamente el número de falsas identificaciones.
Los estudios realizados por Steblay, Dysart, Fulero, Lindsay y Wells, que analizaron decenas de investigaciones y miles de participantes, concluyeron que la presentación secuencial disminuye el riesgo de identificar erróneamente a personas inocentes.
Dicho de otra manera: la rueda secuencial no fue creada para facilitar condenas, due creada para reducir errores.
En conclusión, analizando el andamiaje normativo del artículo 277 a contraluz de la psicología del testimonio, se advierte una realidad que suele pasar inadvertida, así las reglas que gobiernan los reconocimientos de personas no nacieron del azar ni de una decisión burocrática del codificador.
En suma, la secuencialidad no constituye una formalidad superflua ni un requisito accesorio dentro del entramado normativo del Código Nacional. Por el contrario, representa una auténtica garantía epistémica construida sobre evidencia científica.
Bajo ese prisma, la obligación de presentar a los integrantes uno a uno no persigue favorecer a la defensa ni obstaculizar la investigación ministerial; su genuino propósito consiste en reducir el riesgo de falsas identificaciones y fortalecer la confiabilidad de uno de los actos de investigación más sensibles dentro del proceso penal.
De ahí que resulte indispensable comprender que, en esta parcela del conocimiento, la pregunta verdaderamente relevante no es si alguien fue reconocido, sino si podía ser reconocido mediante un procedimiento científicamente fiable y compatible con la presunción de inocencia.
Bibliografía consultada
• Diges, Margarita, Nieves Pérez-Mata, Manuel Miranda Estrampes, Jordi Nieva Fenoll, Jorge Obach Martínez y María del Carmen García Martínez. Identificaciones fotográficas y en rueda de reconocimiento. Un análisis desde el Derecho procesal penal y la psicología del testimonio. Madrid: Marcial Pons.
• González, José Luis y Antonio L. Manzanero. Obtención y valoración del testimonio. Protocolo holístico de evaluación de la prueba testifical (HELPT). Madrid: Pirámide.
• Wells, Gary L. “What Do We Know About Eyewitness Identification?” American Psychologist 48, núm. 5 (1993): 553-571.
• Steblay, Nancy K., Jennifer Dysart y Gary L. Wells. “Seventy-Two Tests of the Sequential Lineup Superiority Effect: A Meta-Analysis and Policy Discussion.” Psychology, Public Policy, and Law 17, núm. 1 (2011): 99-139.