08/09/2015
Las entidades comerciales (sociedades que de manera habitual otorguen crédito, préstamo o financiamiento al público) deberán, en todo momento, a través de medios electrónicos y en sucursales o establecimientos, tener a disposición de sus clientes de manera visible los datos de identificación de los despachos de cobranza, para que los puedan localizar e identificar, con los datos exigidos para tal efecto.
Los procedimientos de cobranza se sujetarán a los lineamientos indicados en las Disposiciones aplicables que entraron en vigor este 2 de septiembre; así las visitas o llamadas telefónicas solo podrán: realizarse de lunes a viernes y en días hábiles, entendiéndose por ellos, los que no son de descanso obligatorio en términos de la Ley Federal del Trabajo (art 74) y en un horario comprendido entre las 07:00 y las 22:00 horas, de acuerdo con los horarios del lugar en donde se encuentre el cliente
tratar exclusivamente con el cliente o con los deudores solidarios o avales.
Finalmente las entidades comerciales y los despachos de cobranza serán sancionados por la violación a las Disposiciones Carácter General en Materia de Despachos de Cobranza a que se refiere el artículo 17 bis 4 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, a esta última ley y a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Dicho de otra manera, no pueden molestarte a las 5 o 6 de la mañana, NO DEBEN HABLARLE A TUS REFERENCIAS PARA COBRARLES, ni mucho menos pueden mandarte telegramas con amenazas disfrazadas porque ello constituye un acoso.
Eres deudor pero tambien tienes Derechos
Tienes la obligacion de cubrir tus adeudos contraidos porque constituyen una obligacion, pero siempre dentro de un marco de legalidad, transparencia y de respeto. Si tienes adeudos y buscas una mediacion legal, contactanos, estamos para servirte
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