04/09/2026
¿Cónyuge o concubina/o?
La Corte decide que el ISSSTE no puede dejar fuera al concubinato solo porque exista un matrimonio legal.
La Ley del ISSSTE condicionaba el derecho del concubino o concubina a cobrar la pensión únicamente si no existía una persona casada legalmente con el trabajador o trabajadora fallecida.
La Segunda Sala determinó que dar prioridad automática al matrimonio excluyendo al concubinato viola el derecho a la igualdad, la no discriminación (por estado civil) y la protección integral de la familia
La Constitución protege a la familia en todas sus formas, no solo a la formada por matrimonio. Restringir el apoyo a una unión de hecho por el simple hecho de que exista un papel de matrimonio firmado representa una visión obsoleta que ignora la realidad de las dinámicas familiares actuales.
¿Que opinas?
Si un trabajador fallece y dejó a su esposa legal (de quien quizás llevaba años separado) y a su concubina actual (con quien vivió los últimos años)...