03/07/2025
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Cita de tesis:
"Disolución del Vínculo Matrimonial: Un Enfoque Expedito en Divorcios sin Bienes ni Hijos
Cuando un procedimiento de divorcio se presenta ante la autoridad jurisdiccional y se verifica la ausencia de bienes en común y de hijos menores o incapaces, la labor del juzgador debe centrarse exclusiva y preponderantemente en la disolución del vínculo matrimonial. En estos casos, la tramitación del divorcio adquiere un carácter expedito, despojado de las complejidades que implican la liquidación de una sociedad conyugal o la salvaguarda de los derechos de la niñez.
Esta postura encuentra sustento en el principio de que la autonomía de la voluntad de las partes, en lo que respecta a la decisión de no continuar con el matrimonio, debe ser respetada y facilitada por el sistema judicial, siempre y cuando no se vulneren derechos de terceros o intereses superiores. La intervención de la autoridad se limita, por tanto, a constatar la voluntad de ambos cónyuges de poner fin a la unión y a formalizar legalmente dicha determinación.
En el ámbito jurídico mexicano, esta perspectiva ha sido reiteradamente confirmada por la jurisprudencia. Un claro ejemplo de ello lo constituye la tesis aislada número I.4o.C.230 C (10a.), emitida por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro VI, Marzo de 2012, Tomo 2, página 1756, bajo el rubro: "DIVORCIO NECESARIO. SI NO EXISTEN HIJOS NI BIENES, LA SENTENCIA DEBE LIMITARSE A DECRETAR LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL". Si bien esta tesis se refiere al divorcio necesario, su razonamiento es perfectamente aplicable al divorcio incausado (anteriormente conocido como divorcio "express" o unilateral), donde la premisa de no existencia de hijos o bienes simplifica aún más el proceso.
En consecuencia, la autoridad jurisdiccional, al advertir la inexistencia de estas circunstancias accesorias (bienes y descendientes), deberá emitir una resolución que se concentre de manera concisa y directa en la declaración de disolución del matrimonio, dando por concluido el vínculo conyugal con todas sus implicaciones legales. Este enfoque no solo optimiza los tiempos procesales, sino que también garantiza la eficacia y celeridad en la impartición de justicia en asuntos que, por su naturaleza, no requieren de una intervención judicial más allá de la formalización de la voluntad de los cónyuges."