30/10/2021
Las deducciones personales son gastos que las personas físicas tienen derecho a disminuir de sus ingresos en la declaración anual.
Entre ellas tenemos:
1. De salud:
•Honorarios médicos, dentales, psicología y nutrición. (Deben ser prestados por personas con título profesional legalmente registrado por autoridades educativas competentes)
•Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
•Honorarios a enfermeras.
•Análisis o estudios clínicos.
•Compra o renta de aparatos para rehabilitación.
•Prótesis.
•Lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
•Primas de seguro de gastos médicos, complementarios o independientes a los servicios de salud públicos.
Estos gastos son deducibles si son para ti, tu cónyuge o concubin@, padres, abuelos, hijos o nietos.
2. De Educación:
• Colegiaturas en instituciones educativas privadas, con los siguientes límites anuales en pesos:
-Preescolar: 14,200
-Primaria: 12,900
-Secundaria: 19,900
-Profesional técnico: 17,100
-Bachillerato: 24,500
•Transporte escolar cuando es obligatorio.
La inscripción o reinscripción no es deducible.
3. Otros
•Gastos funerarios de cónyuge o concubin@, padres, abuelos, hijos, nietos.
•Intereses reales devengados y pagados por créditos hipotecarios, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT O FOVISSSTE, entre otras, límite de crédito: 750,000 UDIS.
•Donativos otorgados a donatarias autorizadas (no deben exceder de 7% de los ingresos acumulables)
•Aportaciones complementarias de retiro efectuadas a la Afore.
•Pago de impuestos locales por salarios siempre que la tasa no exceda de 5%.
Las deducciones no proceden si los pagos se realizan en efectivo.
Podrás obtener un saldo a favor en la declaración anual.
El monto de las deducciones no podrá exceder de 5 UMAS anuales (163,467 pesos para 2021) o 15% del total de tus ingresos.
PIDE FACTURA DE TODOS ESTOS GASTOS PARA DISMINUIRLOS DE TUS INGRESOS EN LA DECLARACIÓN ANUAL.
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