Notaría Publica No. 7 Lic. Jorge Luis Ortega González

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27/10/2011

La usucapión tambien llamada prescripción adquisitiva o positiva es un modo de adquirir el propiedad de un bien.

La prescripción adquisitiva compete a aquella persona que mediante el transcurso de cierto tiempo y bajo las condiciones establecidas por la ley ha poseído un bien inmueble, se ejerce contra quien aparezca como propietario de esos bienes en el Registro Público de la Propiedad, con el fin de que se declare que se ha consumado y que ha adquirido por prescripción la propiedad del inmueble reclamado.

El fundamento de la usucapión, desde el punto de vista del sujeto activo, responde a la necesidad de poner fin a un estado de incertidumbre de derechos (los generados por la posesión apta para usucapir, y los de propiedad que le asisten al titular del dominio), en tanto que centrada la atención en el sujeto pasivo, la prescripción adquisitiva descansa en la inercia del auténtico propietario del bien, quien lo abandonó o dejó en manos de otro poseedor, inercia que da lugar a la usucapión, que constituirá la sanción impuesta al propietario negligente.

Es claro que el fundamento de la usucapión no operaría, si en la prescripción adquisitiva se demandara a alguien que no fuera el verdadero propietario, porque el estado de incertidumbre aludido no cesaría, al no haber sido tomados en cuenta los derechos del auténtico dominador de la cosa; además, no tendría sentido atribuir el abandono del bien inmueble a quien no es realmente su dominador, tampoco sería lógico sancionar a quien no puede imputársele la calidad de “propietario negligente”, porque sólo su actitud de abandono y negligencia podrían constituir la causa para el acogimiento de la acción de prescripción.

21/10/2011

En México, los notarios públicos deben haber nacido en nuestro país, tener mínimo 35 años de edad, haber concluido la especialidad en Derecho, una experiencia de tres años laborando en una notaría pública y aprobar un examen riguroso para obtener el nombramiento por parte del Estado.
¿Qué debo tomar en cuenta antes de contratar un Notario?
La principal responsabilidad de los notarios es dar fe pública, además de las transacciones inmobiliarias, en diversas operaciones legales, como por ejemplo: enajenación de inmuebles, contrato de arrendamiento, herencias y legados, constitución de sociedades mercantiles y civiles, constitución de hipotecas, testamentos, entre otras.
Entre sus principales cualidades están: conocimiento, experiencia, prestigio y buen criterio, lo cual garantiza en buena medida la protección de los intereses de las personas que ante él acudan.
Tú debes consultar al Notario para que te oriente sobre cualquier caso en el que se requiere escritura pública para la validez de una operación

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21/10/2011

El Notario es la figura más importante al momento de oficializar cualquier inversión inmobiliaria. Es quien tiene la facultad de revisar y certificar los documentos que requieren una autenticidad absoluta. Además, también tiene la responsabilidad de la gestión y almacenamiento seguro de todos los papeles.

21/10/2011
21/10/2011

El testamento es un documento público que le da seguridad y tranquilidad a su familia, en cuanto que sus bienes o lo que usted disponga se transmite en forma directa a su familia o a sus herederos cuando usted fallezca y con eso le dará seguridad a sus seres queridos, por un tramite sencillo y a bajo costo estará tranquilo y le dará seguridad a su familia, evite que su familia se peleé por la herencia si fallece intestado, estoy a sus órdenes al telefono 9811021697 y con gusto le atenderé.- Atentamente Lic. Jorge Luis Ortega González.

20/10/2011

A TODOS NUESTROS CLIENTES Y AMIGOS LES INFORMAMOS QUE DEL 20 AL 30 DE OCTUBRE 30% DE DESCUENTO EN CUALQUIER TRAMITE NOTARIAL, INFORMES AL 981 10 2 16 97...O EN ESTA PAGINA DEJE SU MENSAJE Y NOS COMUNICAREMOS DE INMEDIATO GRACIAS....

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