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10/09/2026

¡Bombazo en la mañanera!
¿Adiós al IDSE y al SIPARE? SAT, IMSS y STPS avanzan hacia la integración de trámites.

Primero fue el NPIE. Luego la TIP. Ahora SAT, IMSS y STPS comienzan a conectarlo todo.

Hoy, 10/09/2026. Más que nunca, o tal vez por primera vez en la vida, hay que ver la grabación de la “Conferencia Mañanera”, dadas las noticias que se anunciaron.

Participaron los titulares del SAT, del IMSS y de la STPS.

Y, anunciaron algo sumamente importante, tal vez, lo mejor desde 2018 en materia de trámites fiscales y de seguridad social.

Porque después de años de cumplir obligaciones fiscales y de seguridad social a través de DyP, IDSE, SIPARE, Buzón IMSS y otros sistemas separados, la posibilidad de concentrar parte de esos procesos en un solo punto de acceso marca un cambio importante en la relación entre las empresas y las autoridades.

Cuando menos para las PYMES…

Sí, cuando menos.

Porque por ahora la “simplificación” viene con límite de trabajadores incluido.

Vale la pena hacer una pequeña recapitulación:

1.- En julio, el IMSS anunció la sustitución del NPIE y su certificado digital por la e.firma del SAT.

2.- El 31 de agosto, la STPS publicó la simplificación del REPSE para micro y pequeñas empresas, con una lógica muy clara: menos documentos aportados por el patrón y más validaciones automáticas frente al SAT, IMSS e INFONAVIT.

3.- Apenas el 8 de septiembre, la TIP quedó formalmente incorporada como servicio dentro del Buzón IMSS.

4.- Y hoy, 10 de septiembre, vino el golpe más fuerte.

Zoé Robledo anunció que el registro patronal simplificado aprovechará directamente la información que ya existe en el RFC del SAT, reduciendo de 80 a 14 los campos que tendría que capturar una microempresa.

Pero además anunció la evolución hacia un punto común SAT-IMSS para el cumplimiento de determinadas obligaciones, cuando menos para las microempresas de hasta 10 trabajadores...… por ahora.

Ahí es donde IDSE, SIPARE y DyP empiezan inevitablemente a entrar en la conversación.

Más que hablar hoy de una desaparición formal del IDSE o del SIPARE, el anuncio apunta a algo distinto: empezar a concentrar en un mismo punto procesos que hasta ahora se realizan por separado.

Así el modelo anunciado: "Contribución Integrada" comienza precisamente a reducir la necesidad de que el patrón tenga que brincar entre sistemas institucionales separados.

Visto por separado, todo suena a facilidad.

Pero visto en conjunto, la lectura cambia.

La e.firma empieza a convertirse en llave común.

La información contenida en el RFC comienza a ser aprovechada directamente por el IMSS.

El REPSE puede validar obligaciones frente a varias autoridades sin pedirle al patrón que vuelva a entregar lo que el Estado ya tiene.

Y SAT, IMSS, INFONAVIT y STPS empiezan a operar con información cada vez menos aislada.

Ahí está el verdadero cambio.

Porque la simplificación administrativa tiene dos caras.

1.- Una beneficia al contribuyente: reduce cargas repetitivas.

2.- La otra fortalece a la autoridad: concentra información, facilita cruces y vuelve más sencilla la detección de inconsistencias entre lo fiscal, lo laboral y la seguridad social.

Las autoridades parecen estar avanzando justamente hacia eso: conectar identidades, datos, verificaciones y canales de cumplimiento.

Por eso, más allá del discurso de la “simplificación”, conviene mirar con un poco más de atención lo que se está construyendo detrás.

Porque cuando una autoridad deja de pedirte un documento, no necesariamente significa que dejó de necesitar esa información.

Puede significar algo mucho más interesante:

que ya puede consultarla directamente.

Y entonces la pregunta ya no es si tendremos menos trámites.

La pregunta es otra:

¿Realmente estamos frente a una simplificación administrativa… o frente al inicio de una fiscalización cada vez más centralizada?

La conferencia mañanera se puede ver en: https://www.youtube.com/watch?v=_WcFFqSsi4M&t=969s

A partir del minuto 16 comienza la explicación.

10/09/2026

Proponen facilidad en materia de IVA para los contribuyentes del RESICO, tanto personas físicas como personas morales, que busca simplificar el cálculo y pago de este impuesto.

🔑 Lo más importante:

1️⃣Opción de pagar IVA del 7%
Los contribuyentes que cumplan los requisitos podrían optar por pagar un IVA del 7% sobre el total de los actos o actividades gravados efectivamente cobrados en el mes, en lugar de utilizar el cálculo tradicional del IVA.

2️⃣Sí deberán trasladar el IVA correspondiente
Aunque opten por esta facilidad, deberán trasladar el IVA conforme a la tasa que corresponda a la actividad realizada y pagar el IVA de importaciones conforme a la Ley del IVA.

3️⃣ 🚫 No podrán acreditar el IVA
Uno de los puntos más importantes es que quienes elijan esta opción no tendrán derecho a acreditar el IVA que les hayan trasladado ni el IVA pagado en importaciones.

4️⃣Personas físicas RESICO: menos obligaciones
Las personas físicas que tributen en RESICO tendrían la facilidad de no llevar contabilidad para efectos de esta opción, aunque deberán emitir y conservar sus CFDI.

Esta facilidad no aplicaría para las personas morales RESICO, ya que estas continúan obligadas a llevar contabilidad para ISR.

5️⃣ Hay límites para evitar abusos
La facilidad estaría dirigida únicamente a contribuyentes que se mantengan dentro de los límites que establece la LISR para poder tributar en RESICO. Si exceden esos montos, ya no podrían continuar utilizando esta opción de IVA.

6️⃣💰 La diferencia no sería ingreso para ISR
Como el contribuyente podría trasladar IVA a una tasa distinta, pero pagar únicamente el 7% bajo esta facilidad, la diferencia no sería considerada un ingreso acumulable para efectos del ISR.

7️⃣ 📅 Deberán presentar un aviso ante el SAT
Quienes quieran utilizar esta opción deberán presentar un aviso ante el SAT dentro de los 30 días siguientes al primer cobro del año relacionado con estas actividades.

8️⃣ La opción debe mantenerse durante todo el ejercicio
La facilidad aplicaría únicamente por meses completos y, una vez elegida, no podría cambiarse durante el ejercicio fiscal.

📰La propuesta busca que los contribuyentes RESICO puedan simplificar el pago del IVA pagando una tasa del 7% sobre sus ingresos efectivamente cobrados, pero a cambio renuncian al acreditamiento del IVA.😅

📌 Esto podría representar una facilidad administrativa y fiscal importante, especialmente para quienes tienen pocos gastos con IVA acreditable.

09/09/2026

📃Se publica en el DOF el Procedimiento para la generación de la Tarjeta de Identificación Patronal Digital a través del Buzón
IMSS.

🏛️Las personas empleadoras o sujetos obligados que opten por utilizar la Tarjeta de Identificación Patronal Digital la podrán generar a través del Buzón IMSS mediante el siguiente procedimiento:

1️⃣ Ingresar al Buzón IMSS, mediante la página electrónica del Instituto www.imss.gob.mx/buzonimss, utilizando el medio de autenticación correspondiente.
2️⃣ En el menú principal, en la sección "Afiliación y Cobranza", seleccionar la opción "Mi TIP".
3️⃣ Escribir y seleccionar el Registro Patronal para el cual se desea obtener la generación de la TIP.
4️⃣ Verificar que la lista de personas autorizadas sea correcta (máximo 3). En caso de requerir cambios, realizar el alta usando la CURP, o la baja de las personas autorizadas.
5️⃣ Dar clic en el botón "Generar TIP". El sistema mostrará la información de las personas autorizadas para revisión; si es correcta, se deberá aceptar la generación de la TIP, la cual se descargará en formato PDF, para guardarla o imprimirla.
6️⃣ Una vez generada la reimpresión de la TIP, se deberá dar clic en el ícono "Descargar PDF", para obtener el documento en formato PDF cuantas veces se requiera.

🗓️A partir del 23 de septiembre.

EL PROBLEMA NO ES EL SAT… ES LO QUE LA GENTE CREE SABER DEL SAT 🚨Hace algunos años era común aprender sobre impuestos pr...
06/06/2026

EL PROBLEMA NO ES EL SAT… ES LO QUE LA GENTE CREE SABER DEL SAT 🚨

Hace algunos años era común aprender sobre impuestos preguntándole al vecino, al amigo o al familiar.

Hoy las cosas son peores.

Porque ahora basta un video de 30 segundos para que miles de personas crean que descubrieron un “secreto fiscal”.

Y es ahí donde empiezan los problemas.

Todos los días escucho frases como:

💬 “Me dijeron que si me depositan ya debo impuestos.”

💬 “Me dijeron que mejor no facture.”

💬 “Me dijeron que el SAT no revisa a personas físicas.”

💬 “Me dijeron que si no uso mi RFC no pasa nada.”

💬 “Me dijeron que estando en RESICO ya no me revisan.”

Lo preocupante no es escuchar esos comentarios.

Lo preocupante es tomar decisiones importantes basadas en ellos.

Porque una mala recomendación puede provocar:

❌ Multas.

❌ Declaraciones incorrectas.

❌ Problemas con devoluciones.

❌ Requerimientos.

❌ Pago innecesario de impuestos.

La realidad es que cada contribuyente tiene una situación diferente.

Lo que funciona para una persona puede ser completamente incorrecto para otra.

Por eso, antes de creer cualquier consejo fiscal que veas en internet, pregúntate:

👉 ¿Esa información aplica realmente para mi caso?

Porque cuando se trata de impuestos, los mitos suelen salir muy caros.

📌 Infórmate.
📌 Verifica.
📌 Analiza.
📌 Y toma decisiones con información correcta.

📲 ¿Tienes dudas sobre tu situación ante el SAT?

📞 5539 79 25 68

🚨 Antes de buscar el rendimiento más alto...¿Ya revisaste quién te va a devolver tu dinero?Muchos inversionistas saben c...
05/06/2026

🚨 Antes de buscar el rendimiento más alto...

¿Ya revisaste quién te va a devolver tu dinero?

Muchos inversionistas saben cuánto paga Nu, Klar o Mercado Pago.

Pero no saben:

• Qué es una SOFIPO.
• Qué es una Fintech.
• Qué cubre el IPAB.
• Qué cubre el PROSOFIPO.
• Qué es el NICAP.

Y ahí es donde empiezan los problemas.

🏦 BANCOS

Ejemplos: BBVA, Banorte, Santander, HSBC.

✅ Protección IPAB

Hasta 400,000 UDIS por persona y por institución.

Actualmente son más de 3 millones de pesos.

💰 SOFIPOS

Ejemplos: Nu, Klar, Finsus, Crediclub, Supertasas.

✅ Protección PROSOFIPO

Hasta 25,000 UDIS por persona y por institución.

Pero aquí viene algo que casi nadie revisa:

📊 NICAP (Nivel de Capitalización)

🟢 Nivel 1
Institución bien capitalizada.

🟡 Nivel 2
Requiere atención. (Pero no tanta)

🟠 Nivel 3
Problemas importantes.

🔴 Nivel 4
Situación crítica.

Actualmente varias de las SOFIPOs más conocidas se encuentran en Nivel 1.

Pero ojo:

⚠️ Nivel 1 NO significa que jamás puedan quebrar.

Simplemente significa que hoy cumplen con los requisitos regulatorios de capitalización.

📱 FINTECH

Ejemplos: Mercado Pago, Bitso, Clip, Kueski.

❌ No tienen IPAB.
❌ No tienen PROSOFIPO.

La regulación es distinta.

Muchas veces el dinero de los clientes debe mantenerse separado del dinero de la empresa, pero no existe una garantía gubernamental como la de los bancos.

📈 CASAS DE BOLSA

Ejemplos: GBM, Actinver, Kuspit, Vector.

❌ No tienen IPAB.

Pero tus acciones, ETFs, CETES y fondos de inversión están separados del patrimonio de la institución.

No es lo mismo tener dinero en una cuenta que ser propietario de activos financieros.

━━━━━━━━━━━━━━

La pregunta más importante no es:

¿Cuánto rendimiento paga?

La pregunta correcta es:

¿Qué protección tengo si algo sale mal?

Porque cuando todo va bien, todos hablan del rendimiento.

Cuando algo sale mal, todos preguntan por la protección.

"NO TODO EL DINERO ESTÁ PROTEGIDO IGUAL"

📜🏡 Tu patrimonio es el resultado de años de esfuerzo. ¿Ya sabes cómo protegerlo y transmitirlo correctamente?Existen dis...
31/05/2026

📜🏡 Tu patrimonio es el resultado de años de esfuerzo. ¿Ya sabes cómo protegerlo y transmitirlo correctamente?
Existen distintas alternativas legales para hacerlo en vida o para garantizar que tu voluntad se cumpla cuando ya no estés. Conocerlas puede evitar conflictos familiares, gastos innecesarios y largos procedimientos legales.
✨ La mejor estrategia no siempre es la misma para todos. Lo importante es elegir la adecuada para tu situación.

Tipos de contratos
19/05/2026

Tipos de contratos

🏠 Infonavit ajusta monto máximo de crédito para 2026El DOF publicó el aviso que actualiza el monto máximo de crédito del...
14/05/2026

🏠 Infonavit ajusta monto máximo de crédito para 2026

El DOF publicó el aviso que actualiza el monto máximo de crédito del Infonavit para diversas alternativas de financiamiento.

El nuevo límite puede llegar hasta $6,728,309.28, equivalente a 711.9 veces el salario mínimo mensual, considerando un ingreso máximo reconocido de hasta 15 veces el salario mínimo.

📌 Dato clave: este monto es un techo general, no una autorización automática. Cada crédito dependerá de las reglas del producto, salario diario integrado, plazo y capacidad de pago del derechohabiente.

⛽🚨 ¡OJO con los CFDI de combustibles en 2026!El SAT incorporará de forma obligatoria el complemento para la facturación ...
13/05/2026

⛽🚨 ¡OJO con los CFDI de combustibles en 2026!

El SAT incorporará de forma obligatoria el complemento para la facturación de hidrocarburos y petrolíferos en operaciones de gasolina y diésel.

📌 Si facturas combustibles, esto te interesa:
✅ Nuevas claves obligatorias
✅ Validación SAT / L_CNE
✅ Riesgos de rechazo en timbrado
✅ Posibles problemas fiscales si no cumples correctamente

⚠️ Un CFDI mal emitido puede afectar tanto al emisor como al receptor.

Es momento de revisar:
✔️ ERP
✔️ Configuración con PAC
✔️ Permisos vigentes
✔️ Claves de producto
✔️ Procesos de facturación

📅 Entrada obligatoria: 24 de abril de 2026.

Dirección

Prolongación Insurgentes 119 Int 4y5 Barrio De San Diego
San Cristóbal De Las Casas
29270

Horario de apertura

Lunes 9am - 8pm
Martes 9am - 8pm
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