Bufete Molina Abogados

Bufete Molina Abogados Despacho jurídico especialista en:
1. Juicio de amparo
2. Penal
3. Mercantil - Civil
4. Competencia Económica
5. Laboral
6. Mediación
7. Sociedades Mercantiles

Bufete Molina Attorney, S.C. es un despacho jurídico que cuenta con un respaldo de 30 años de experiencia. Fundado por David Ambrosio Molina Vázquez, quien es ampliamente conocido como litigante exitoso, especialista en Derecho de Competencia Económica y Derecho Constitucional. Esta firma de abogados, se especializa en la investigación y substanciación de denuncias ante la Comisión Federal de Comp

etencia Económica (COFECE) sobre prácticas monopólicas (absolutas o relativas) y en la defensa jurídica en el área de Derecho Fiscal. Brindamos servicios de carácter corporativo y empresarial, ofreciendo representación jurídica ante todo tipo de autoridades, tanto en el ámbito local como en el federal, en áreas del derecho: Constitucional, Civil, Mercantil, Penal, Laboral, Fiscal, Administrativo, Propiedad Intelectual y Competencia Económica. Contamos con cobertura regional en los estados de Veracruz, Puebla, Tlaxcala, Estado de México y en el Distrito Federal, también tenemos corresponsalía presencial de asociados para atender asuntos en México de ciudadanos y/o empresas radicadas en la ciudad de Boston, Massachusetts y en Montreal, Canadá.

⚖️ CASO DE ÉXITO: Inviolabilidad del Domicilio.¡Tribunal Colegiado declara FUNDADO el Recurso de Queja interpuesto contr...
26/08/2026

⚖️ CASO DE ÉXITO: Inviolabilidad del Domicilio.

¡Tribunal Colegiado declara FUNDADO el Recurso de Queja interpuesto contra el desechamiento parcial en Juicio de Amparo Indirecto!

📌 El Antecedente

El Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla desechó parcialmente la demanda de amparo indirecto, argumentando que las órdenes de realizar inspecciones oculares y fijaciones fotográficas a la vivienda dentro de una carpeta de investigación constituían "meros actos procesales de molestia abstracta".

🧠 La Estrategia Legal: El Recurso de Queja

Se acreditó que el Juez de Distrito realizó una ilegal interpretación de una Jurisprudencia y que en el caso concreto tanto el cateo como la fijación e inspección fotográfica ministerial de un inmueble residencial comparten la misma sustancia lesiva: la intromisión forzosa y la vulneración del espacio reservado a la intimidad familiar y privada
(inviolabilidad del domicilio).

🏆 El Resultado

El Tribunal Colegiado de Circuito declaró FUNDADO el recurso de queja, revocando el acuerdo recurrido y ordenando al juzgador de origen admitir a trámite la demanda de amparo de forma integral.

💼 Compromiso Técnico

Este caso reafirma que las facultades de investigación de la representación social no son absolutas y deben ser sometidas a un riguroso control constitucional cuando transgredan la esfera privada del ciudadano.



Enlace a la sesión pública de resolución:

https://www.youtube.com/live/IuSl1Yu0u5k?si=qKhQfpwQmbpuAtPj&t=12766

⚖️ En la reciente Sentencia de Reconocimiento, Graduación y Prelación de Créditos, se logró el reconocimiento de los ade...
21/08/2026

⚖️ En la reciente Sentencia de Reconocimiento, Graduación y Prelación de Créditos, se logró el reconocimiento de los adeudos a favor de nuestros representados, brindando certeza y respaldo jurídico sobre sus derechos de cobro en el proceso.

🏢 El procedimiento involucra al grupo industrial azucarero integrado por Sucroliq, Coprobamex y Sucroliq Int, especializadas en la refinación de azúcar líquida mediante tecnología de vanguardia.

🏛️ Con esta resolución dictada por el Juzgado Distrito en Materia de Concursos Mercantiles, se da un paso fundamental para asegurar la preferencia y prelación legal que corresponde a cada acreedor.

🌐 www.bufetemolina.com.mx

¡Gran noticia para el transporte público y privado! 🚛⚖️En este caso de éxito se logró suspender el cobro de una multa ex...
12/08/2026

¡Gran noticia para el transporte público y privado! 🚛⚖️

En este caso de éxito se logró suspender el cobro de una multa excesiva impuesta por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes

Se otorgó la suspensión para que la autoridad no cobre una boleta de infracción de 975 UMA (equivalente a $114,377.25 MXN).

Además, no se requirió garantía económica adicional, ya que se argumentó exitosamente que el mismo vehículo quedó en depositaria y funciona como garantía legal conforme al artículo 76 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

¿Te impusieron una multa injusta o desproporcionada?

¡Protege tu patrimonio y tus unidades de trabajo!

🌐 www.bufetemolina.com.mx

✅ En este caso de éxito se acreditó que una persona física residente en Perú 🇵🇪 (comprador) celebró un contrato de prome...
11/08/2026

✅ En este caso de éxito se acreditó que una persona física residente en Perú 🇵🇪 (comprador) celebró un contrato de promesa de compraventa con una persona jurídica en 🇲🇽 (vendedor); respecto de un departamento ubicado en .

✅ Aunque el vendedor se comprometió a entregar el inmueble terminado y disponible para habitar, incumplió con la entrega a pesar de haber recibido la totalidad del pago acordado.

✅ En consecuencia, se realizó el proceso legal correspondiente en donde se resolvió condenar al vendedor al pago de $85,582.96 USD.

🌐 www.bufetemolina.com.mx

En este caso de éxito se acudió con la Presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz, para el efec...
13/07/2026

En este caso de éxito se acudió con la Presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz, para el efecto de ratificar firma de un endoso judicial de titulos de acciones de diversas personas jurídicas y así dar certeza jurídica a diversos herederos.

🌐 www.bufetemolina.com.mx

Poder Judicial del Estado de Veracruz

⚖️ ¡Nueva Victoria en Litigio Penal! Protegemos los Derechos de las Víctimas 🏛️✨¡Seguimos sumando resultados contundente...
18/06/2026

⚖️ ¡Nueva Victoria en Litigio Penal! Protegemos los Derechos de las Víctimas 🏛️✨

¡Seguimos sumando resultados contundentes! Compartimos un avance fundamental en dos juicios de amparo indirecto.

El Primer y Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito, han declarado FUNDADO dos recursos de queja penal.

🔍 ¿Qué estaba en juego?

Dentro de una causa penal (seguida en contra del imputado por delitos de coacción, amenazas, violencia política y de género), se pretendió fijar audiencia de suspensión condicional del proceso, vulnerando los derechos de intervención de la víctima.

Anteriormente, tras lograr que se admitiera la demanda de amparo a través de dos recursos de queja, la Jueza Decimosegundo de Distrito había negado la suspensión provisional de los actos reclamados, permitiendo que el proceso penal de origen continuara de forma acelerada. Esto ponía en riesgo inminente la materia del juicio y los derechos fundamentales de la víctima ante posibles vicios procesales y situaciones de discriminación de género.

🏆 El Gran Logro: Interpusimos dos recursos de queja por la negativa de conceder la suspensión provisional del acto reclamado y dos Tribunales Colegiados nos dieron la razón de forma unánime, determinando que:

🛑 Freno total a la ilegalidad: Se CONCEDE la suspensión provisional para el efecto de que NO se lleve a cabo la audiencia de suspensión condicional del proceso.

🤝 Apariencia del Buen Derecho: La sociedad está legítimamente interesada en que los procesos penales sean conducidos estrictamente por jueces competentes.

🛡️ Evitamos daños irreparables: De haberse celebrado la audiencia bajo esas condiciones, se habría consumado un daño irreversible a los derechos de la víctima relativos a una reparación integral del daño, provocando además un cambio injusto de situación jurídica en el amparo.

💼 Compromiso Inquebrantable

Este éxito ratifica que el interés social y el orden público se garantizan asegurando que los juicios se tramiten con estricto apego a las normas procesales y protegiendo de manera integral a las víctimas del delito.

¡La justicia prevalece! ⚖️🛡️

✅Somos especialistas en el juicio de amparo.
🌐 www.bufetemolina.com.mx

⚖️ ¡Justicia para mujer víctima de violencia política en razón de género! El Poder Judicial de la Federación le da la ra...
30/05/2026

⚖️ ¡Justicia para mujer víctima de violencia política en razón de género! El Poder Judicial de la Federación le da la razón.⚖️

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito ha dictado una sentencia contundente a favor de una mujer exalcaldesa, declarando FUNDADO su recurso de queja (2026).

🚫 ¿Qué pasó?
El Juzgado Decimosegundo de Distrito en Veracruz (Córdoba) había desechado injustamente su demanda de amparo indirecto (2026) bajo el argumento ilegal de que los actos reclamados "no eran de imposible reparación".

🔍 La verdad sale a la luz
El Tribunal Colegiado determinó que el desechamiento fue incorrecto. Para saber si se afectan o no sus derechos sustantivos, se requiere un análisis profundo y más elementos de prueba, algo que no se puede resolver "al v***r" en un auto inicial.

La exalcaldesa está reclamando, entre otras graves anomalías en su proceso penal (2021):

🛑 Órdenes encaminadas a obstruir la impartición de justicia por razón de género.

⚠️ Ilegalidades y falta de motivación por parte del Juez de Control.

⏳ Omisiones graves, como no desechar por extemporáneo e improcedente un recurso interpuesto fuera de tiempo por el agresor.

📢 ¿Qué sigue? En estricto respeto al principio de acceso a la justicia efectiva (Art. 17 Constitucional), se ordenó revocar el desechamiento de demanda y ADMITIR A TRÁMITE la demanda de amparo. ¡Nadie por encima de la ley! 💼✨

La justicia puede tardar, pero llega. Seguiremos informando sobre este importante avance en la defensa de los derechos humanos 🕊️

🌐 www.bufetemolina.com.mx

✅ Te compartimos un caso de éxito en dónde se acreditó que un Juez de Distrito no cumplió con su obligación constitucion...
26/05/2026

✅ Te compartimos un caso de éxito en dónde se acreditó que un Juez de Distrito no cumplió con su obligación constitucional de respetar los derechos humanos.

🔹 El Caso: Un padre de familia promovió un juicio de amparo en representación de sus hijas menores de edad. ¿El motivo? La Fiscalía Especializada en Delitos contra la Familia, ordenó una nueva valoración psicológica para determinar si existe alienación parental dentro de una carpeta de investigación por violencia familiar.

🔹 La Postura de la Primera Instancia: El Juez de Distrito de manera ilegal concedió el amparo a favor de las menores. Determinó que someter a las niñas a un peritaje, sin una justificación reforzada ni medidas para mitigar el impacto emocional, vulneraba su derecho a la salud y el principio de mínima intervención. Es decir, una supuesta revictimización.

🔹 El Giro en Revisión (La Cosa Juzgada Refleja): Sin embargo, al llegar el recurso de revisión ante el Tribunal Colegiado, se analizó un aspecto procesal técnico fundamental: la Cosa Juzgada Refleja.

Resulta que en un juicio de amparo previo (2023), promovido por la madre, ya existía una sentencia firme (confirmada por el propio Colegiado) donde expresamente se había ordenado a la Fiscalía el desahogo de dicha prueba pericial para poder determinar de manera autónoma el ejercicio o no de la acción penal.

💡 La Lección Jurídica: La figura de la cosa juzgada refleja obliga a los tribunales a no resolver algo que ya fue definido judicialmente en un juicio previo, evitando así sentencias contradictorias y garantizando la certeza jurídica.

🌐 www.bufetemolina.com.mx

✅ En este caso de éxito se acreditó que una persona física residente en 🇺🇸 (comprador) celebró un contrato de promesa de...
21/05/2026

✅ En este caso de éxito se acreditó que una persona física residente en 🇺🇸 (comprador) celebró un contrato de promesa de compraventa con una persona jurídica en 🇲🇽 (vendedor); respecto de un departamento ubicado en .

✅ Aunque el vendedor se comprometió a entregar el inmueble terminado y disponible para habitar, incumplió con la entrega a pesar de haber recibido la totalidad del pago acordado.

✅ En consecuencia, se realizó el proceso legal correspondiente en donde se resolvió condenar al vendedor al pago de $72,268 USD.

🌐 www.bufetemolina.com.mx

✅ En este caso de éxito se acreditó que el deudor alimentario tiene la obligación de pagar $179,778.79 por concepto de p...
12/05/2026

✅ En este caso de éxito se acreditó que el deudor alimentario tiene la obligación de pagar $179,778.79 por concepto de pensiones alimenticias y gastos de educación.

🌐 www.bufetemolina.com.mx

Dirección

Boulevard América #308, Torre Elementa, Lomas De Angelópolis
San Andrés Cholula
72828

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Bufete Molina Abogados publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Bufete Molina Abogados:

Atajos

Compartir