El Profe de Penal

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Espacio de opinion, estudio de casos y problemas sociales

17/05/2026

¿Cómo duerme un Fiscal que fabrica pruebas, un Juez que dicta injusticias y un abogado que abandona a su cliente?
Tal vez sí duermen…
Pero hay personas inocentes que ya no pueden hacerlo.

Lo más peligroso no es el delincuente…
Es un Fiscal que miente, un Juez sin justicia y un abogado sin lealtad.
Porque ellos destruyen vidas usando la ley como arma.

FALSO que el desconocimiento de la ley NO TE EXIME DE SU CUMPLIMIENTO.El error invencible de hecho en la teoría del deli...
13/05/2026

FALSO que el desconocimiento de la ley NO TE EXIME DE SU CUMPLIMIENTO.

El error invencible de hecho en la teoría del delito es una figura jurídico-penal que ocurre cuando una persona actúa bajo una percepción equivocada de la realidad, pero ese error era imposible de superar aun actuando con el debido cuidado y diligencia.
En otras palabras, el sujeto desconoce un elemento esencial de los hechos y, debido a ello, no comprende realmente la naturaleza ilícita o típica de su conducta. Como el error no podía evitarse razonablemente, el Derecho Penal considera que no existe dolo y, en muchos casos, excluye completamente la responsabilidad penal.

Para reforzar este comentario consulta:
Claus Roxin. Explica el error de tipo y sus efectos sobre el dolo dentro del finalismo y funcionalismo penal.

Eugenio Raúl Zaffaroni. Desarrolla ampliamente el tema del error de tipo, distinguiendo entre error vencible e invencible.

Hans Welzel
Desde la teoría finalista del delito, explica que el dolo requiere conocimiento de los elementos objetivos del tipo.

Francisco Muñoz Conde
Expone el error de tipo como causa de exclusión del dolo y analiza sus consecuencias en delitos dolosos y culposos.

En muchas ocasiones, las personas ofendidas dependen totalmente de su asesor jurídico para dar seguimiento a su caso. Si...
05/05/2026

En muchas ocasiones, las personas ofendidas dependen totalmente de su asesor jurídico para dar seguimiento a su caso. Sin embargo, es importante que sepan que también pueden actuar directamente ante el Juzgado.
Si su abogado no ha integrado a tiempo documentos importantes como informes, peritajes o cualquier otro medio de prueba dentro del plazo de investigación, y además no ha tenido comunicación con ustedes antes de que dicho plazo concluya, ustedes mismos pueden presentar un escrito sencillo solicitando una ampliación.
Este escrito no requiere formalidades complejas: basta con identificar el asunto, señalar su calidad de ofendidos y pedir de manera clara que se conceda una prórroga para poder aportar los elementos pendientes.
Eso sí, es importante tener presente que la ampliación del plazo de investigación no puede exceder de seis meses, conforme a la ley.
Recuerden: su participación activa puede marcar la diferencia en el resultado del proceso.
Hazlo más o menos así...

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