29/04/2026
Cuando una Sociedad Anónima Promotora de Inversión (SAPI) en México emite obligaciones (títulos de crédito que representan un crédito colectivo a su cargo), debe cumplir con las formalidades establecidas en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC), específicamente entre los artículos 208 y 228.
Las principales formalidades legales son:
Acuerdo de Asamblea General Extraordinaria: La emisión debe ser aprobada por una asamblea de accionistas, ya que es una decisión que modifica la estructura de pasivos de la empresa.
Acta de Emisión: Debe formalizarse un acta que contenga las características de las obligaciones: nombre/domicilio de la sociedad, monto del capital, tipo de garantía, intereses, plazo y lugar de pago.
Obligaciones Nominativas: Las obligaciones deben ser nominativas, es decir, emitirse a nombre de una persona específica, y en múltiplos de cien pesos.
Representante Común: Se debe designar un representante común de los obligacionistas (tenedores de obligaciones), quien actuará en defensa de sus intereses frente a la SAPI.
Inscripción en el Registro de Comercio: El acta de emisión debe quedar inscrita en el Registro Público de Comercio.
Certificación Contable: La emisión requiere la certificación de la situación financiera de la SAPI por un contador público (NIF C-9) para respaldar la capacidad de pago.