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19/05/2026

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En la práctica del derecho de seguros en México, la indemnización por los riesgos de robo y pérdida total se ha fundamentado tradicionalmente en principios de equidad y predictibilidad, utilizando indicadores externos y objetivos de mercado como la Guía EBC o la Guía Autométrica.

No obstante, en la actualidad observamos un fenómeno alarmante en la redacción de los contratos de adhesión: diversas instituciones de seguros están sustituyendo estos estándares por sistemas de valuación y algoritmos internos. Al operar bajo estas herramientas privadas, la aseguradora incurre en un evidente conflicto de interés, actuando como juez y parte en la tasación del daño.

El impacto en la vía jurisdiccional: En litigios mercantiles recientes, nuestro equipo ha demostrado cómo la aplicación unilateral de estos programas internos lesiona gravemente el patrimonio del asegurado, reduciendo la cuantificación de la suerte principal hasta en un 40%. Esta afectación no solo impacta la indemnización inmediata, sino que contrae drásticamente la base para el cálculo de los intereses moratorios previstos en el artículo 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

Invitamos a todos los asegurados a ejercer su derecho de información y exigir a su agente la precisión del método de valuación contractual. De pactarse un parámetro ajeno a la Guía EBC o Autométrica, la recomendación técnica es rechazar la propuesta y buscar alternativas concurrentes en el mercado.

En ALPS Protectora Jurídica asumimos defensa técnica de tus derechos frente al sector asegurador. Si tu compañía de seguros omitió el cumplimiento de sus obligaciones contractuales o pretende liquidar el siniestro con base en un método lesivo, nuestro despacho cuenta con la especialización necesaria para dirimirlo ante los tribunales competentes.

www.alpsprotectorajuridica.com.
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05/05/2026

29/03/2026
29/03/2026

vehículos

MÁS ALLÁ DEL ASFALTO: EL FALLO QUE EVITA QUE LAS ASEGURADORAS "ENTIERREN" LAS INDEMNIZACIONES POR MUERTE.Por: Alps Prote...
11/01/2026

MÁS ALLÁ DEL ASFALTO: EL FALLO QUE EVITA QUE LAS ASEGURADORAS "ENTIERREN" LAS INDEMNIZACIONES POR MUERTE.

Por: Alps Protectora Jurídica

El supuesto jurídico que analizamos, deriva de hechos trágicos y lamentablemente recurrente en nuestro país: tales el caso del atropellamiento de personas en carreteras federales. En el caso que llegó hasta la Suprema Corte, una vida se extinguió sobre la cinta asfáltica. Pero tras la tragedia humana, comenzó una batalla legal que pone al descubierto las tácticas de reloj (plazo y términos) de las grandes aseguradoras.

Durante décadas, las aseguradoras de autopistas y vehículos se han amparado en un muro de tiempo: los fatídicos dos años. Si la familia de la víctima, consumida por el duelo o la falta de asesoría, no presentaba su demanda en ese plazo exacto, el derecho a cobrar la indemnización simplemente "prescribía".

La investigación: Cuando la ley se olvida de la humanidad
Nuestra investigación sobre la reciente jurisprudencia 1a./J. 80/2024 revela cómo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha decidido derribar ese muro.

El caso origen es indignante: una aseguradora alegó que, a pesar del fallecimiento de una persona, la demanda de sus familiares era "extemporánea" porque habían pasado más de dos años. El argumento de la empresa era puramente técnico: "Este es un seguro de daños, y los seguros de daños o e responsabilidad civil prescriben para su ejercicio a los dos años", conforme al artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguros.

Sin embargo, los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación detectaron una grieta ética en ese razonamiento.

¿Cómo puede valer lo mismo un daño material que la pérdida de una vida humana?

El veredicto: 5 años para buscar justicia

La Corte determinó que aplicar el plazo corto de dos años frente a una muerte es "desproporcional". El fallo es histórico por tres razones detectadas en este análisis:

1. Igualdad ante la tragedia: Si el beneficiario de un seguro de vida tiene 5 años para cobrar, quien pierde a un familiar por culpa de un tercero, debe g***r del mismo tiempo.

2. Equidad sobre burocracia: El objetivo del seguro de responsabilidad civil, en estos casos, es evitar el desamparo de la familia. Castigarlos con un plazo breve es revictimizarlos.

3. Prioridad a la vida: La vida humana tiene un valor superior a cualquier derecho meramente patrimonial o económico.

¿Qué cambia para las familias afectadas?

Este hallazgo jurídico cambia las reglas del juego. A partir de ahora, si un tercero fallece en un siniestro amparado por un seguro, el reloj de la prescripción ya no marcará dos años, sino cinco (5).

Este margen de tiempo es vital. Permite que las familias atraviesen su duelo y busquen asesoría legal sólida sin la presión de un cronómetro que corre a favor de la aseguradora.

En conclusión: El asfalto ya no será el final del camino para la justicia. Si la aseguradora le dice que "ya pasó el tiempo", sepa que la Suprema Corte ahora está de su lado, otorgándole tres años más de esperanza para que la responsabilidad no quede impune.

Permitiendo con ello, el pago de la indemnización que proceda.

Fuente: Semanario Judicial de la Federación.

Si es tu caso, consulta con los expertos. Llámanos al 2222112753 y con gusto te agendamos una cita.



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