24/03/2023
El día de ayer, el Senado de la República aprobó, modificaciones a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; en dicha reforma se incorpora la creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios. (Como un Buró de Crédito)
Lo anterior, a efecto de garantizar la pensión alimenticia para la manutención de los menores.
Con dichos cambios a la ley cada persona deberá presentar el certificado de NO inscripción en el registro de deudores alimentarios, algo así como la carta de No antecedentes penales, para realizar trámites como:
* Licencias y permisos para conducir
* Pasaporte o documento de identidad y de viaje
* Participar como candidato a cargos de elección popular
*Participar en procesos de selección para asumir el cargo de personas juzgadoras en el ámbito local y federal
*Trámites realizados ante notario público relativos a la compra-venta de inmuebles y solicitudes de matrimonio
* También contempla la restricción migratoria, con el objeto de impedir que las personas inscritas en dicho registro NO puedan salir del país cuando sean deudores alimentarios.
Recordemos que la pensión permite que la persona que no se encuentra al cuidado de los hijos contribuya con las necesidades elementales.
¿Cómo puede considerarse una persona deudora alimenticia? bueno para eso hay que solicitar la pensión a través de un Juicio de Alimentos.
Si es tu situación con gusto te asesoro ☺️☺️