06/11/2025
Para que pueda acreditarse el delito de omisión de cuidados de una persona menor de edad, es necesario describir lo que significa el abandono. En ese sentido, no solo significa que una persona abandone directamente a un infante en la calle, sino que muestre indiferencia por cumplir con las obligaciones más elementales de un progenitor custodio, como es proveerle de alimentos, cuidados higiénicos, entre otros. El siguiente criterio de un Tribunal Colegiado de la Ciudad de México, ilustra esta cuestión.