Abogado, Attorney at Law Asuntos y Proyectos Jurídicos

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14/02/2025

Este 13 de febrero de 2025, fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación, los avisos por los que se dan a conocer los extractos de solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentaron el C. Uriel Abraham Rendón López y firmantes de la agrupación denominada Ministerios Internacionales Renuevo; la C. Norma Martínez Abarca y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Cristiana Ministerios Agua de Vida Metepec México; y el C. J. Apolinar Sánchez Hernández y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Triunfante Amada por Jesucristo.
Se notifican los extractos de la resolución a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación.

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¡Feliz 2025, amig@s!
31/12/2024

¡Feliz 2025, amig@s!

Echa un vistazo al vídeo de Miqueas Bautista Arce Abogado.

03/12/2024

Texto de la fracción XX del artículo 27, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el día de hoy 2 de diciembre de 2024, en el Diario Oficial de la Federación:
XX. ...
...
"El Estado garantizará, en los términos que fije la ley, la entrega de:
a) Un jornal seguro, justo y permanente a campesinos que cultiven sus tierras con árboles frutales, maderables y especies que requieren ser procesadas;
b) Un apoyo anual directo y fertilizantes gratuitos a productores de pequeña escala, y
c) Un apoyo anual directo a pescadores de pequeña escala.
El Estado mantendrá precios de garantía para el maíz, frijol, leche, arroz y trigo harinero o panificable, en los términos de las disposiciones aplicables."

Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: Incumplimiento de sentencia de amparo. Elementos para tener...
02/11/2024

Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: Incumplimiento de sentencia de amparo. Elementos para tener por acreditada la conducta. El pasado viernes 25 de octubre de 2024, fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación la Jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que resolvió que, si bien el procedimiento derivado del incumplimiento de una sentencia de amparo es autónomo e independiente de cualquier otro, no debe considerarse totalmente ajeno a los elementos aplicables al derecho administrativo sancionador. Lo anterior, derivado del incumplimiento de un «Ayuntamiento» en la ejecución de un laudo. El registro digital de la mencionada Tesis de Jurisprudencia es el 2029452, ubicable en la Undécima Época, Tesis: 1a./J. 156/2024 (11a.)

El viernes 4 de octubre de 2024, fue publicada la Tesis de Jurisprudencia de aplicación obligatoria a partir del lunes 0...
10/10/2024

El viernes 4 de octubre de 2024, fue publicada la Tesis de Jurisprudencia de aplicación obligatoria a partir del lunes 07 de octubre de 2024, que determinó «si la parte patronal promueve amparo directo contra el laudo que la condena a reinstalar a la trabajadora y al resolver sobre la suspensión de la ejecución del acto reclamado la autoridad responsable la niega y esta decisión es recurrida por quien obtuvo esa condena a su favor, debe considerarse que dicha negativa es eficaz para estimar asegurada la subsistencia de la trabajadora, en términos del artículo 190, segundo párrafo, de la Ley de Amparo.
Desde el momento en que la trabajadora es reinstalada y se cumple con su acción principal en el juicio laboral, comienza a percibir un salario para salvaguardar su derecho a la estabilidad en el empleo y asegurar su subsistencia y la de su familia.» El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, determinó que la negativa de la suspensión en amparo directo contra la ejecución de la reinstalación a que fue condenada la parte patronal, «es una medida eficaz para considerar asegurada la subsistencia de la persona trabajadora durante el tiempo que dure el juicio, cuando la acción principal en el procedimiento laboral fue la reinstalación y ésta es quien recurre la negativa de la suspensión.»

El viernes 4 de octubre de 2024, fue publicada la Tesis de Jurisprudencia de aplicación obligatoria a partir del lunes 07 de octubre de 2024, que determinó «si la parte patronal promueve amparo dir…

08/08/2024

Este seis de agosto de 2024, fue publicado un Acuerdo por el que se establecen las épocas y zonas de veda para la captura de todas las especies de pelágicos menores en aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de California para el año 2024. Según el el Diccionario Larousse, "la zona pelágica es aquella que comprende su totalidad con excepción de las aguas que bañan el fondo y las orillas."

Según Wikipedia, los pelágicos son "especies que viven cerca de la superficie. Estos limitan al máximo su contacto con el fondo marino o la costa. Se agrupan en dos categorías: Necton: formado por peces, tortugas, cetáceos, cefalópodos. Organismos capaces de contrarrestar con sus movimientos las corrientes marinas; y, Plancton: usualmente son organismos de pequeño tamaño o microscópicos. Pueden ser vegetales fitoplancton o animales zooplancton. Estos organismos no pueden vencer a las corrientes marinas y usualmente son arrastrados por ellas."

03/08/2024

Obtenga una adecuada Separación previo al Divorcio
Período de validez: 3 ago - 10 ago
En tanto se toma la decisión de promover el divorcio, se considera adecuado tomar la decisión saludable en torno a una Separación previa, con la intervención de una autoridad competente. #9515694910

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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la decisión de unTribunal Colegiado, al estimar qu...
03/08/2024

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la decisión de unTribunal Colegiado, al estimar que el requisito de acreditar fehacientemente la causa generadora de la posesión, en un juicio de prescripción positiva obtenida de mala fe y sin título, no resulta desproporcional al grado de impedir el ejercicio del derecho a la propiedad, sino que constituye una adecuada garantía procesal de seguridad jurídica.

Algunos de los Sobre la [email protected]" rel="ugc" target="_blank">http://[email protected] ...

10/07/2024

El Juicio Oral Mercantil se tramita en todas las contiendas mercantiles, sin limitación de cuantía. Y si las partes estimaren que la sentencia definitiva contiene omisiones, cláusulas, palabras contradictorias, ambiguas u obscuras, podrán solicitar de manera verbal dentro de la audiencia en que se dicte, la aclaración o adición a la resolución, sin que con ello se pueda variar la substancia de la resolución. Contra tal determinación no procede recurso ordinario alguno. en #9515694910 asuntosjuridicosmba.wordpress.com https://www.youtube.com/watch?v=2ue4G25rp-A

24/06/2024

https://youtube.com/shorts/DnyTwOKmIuw?feature=share
Conforme al principio pro persona, como criterio de selección de la norma más protectora, en los casos de reconocimiento de paternidad mediante sentencia, debe ordenarse la emisión de una nueva acta de nacimiento en la cual se asienten los mismos datos que en la inicial, más el nombre(s) y apellidos del padre, y el de los abuelos paternos, con la anotación marginal de la existencia del acta inicial, pero sin referencia al procedimiento de reconocimiento. Esto fue publicado en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 63, Febrero de 2019, Tomo II, página 3179.

13/06/2024

El siete de junio de 2024 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la importante adición al artículo 465 Ter a la Ley General de Salud, en los términos siguientes: «Artículo 465 Ter. Las personas profesionales, técnicas o auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas, quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas en términos de lo dispuesto por el artículo 209 Quintus del Código Penal Federal y además, serán suspendidas en el ejercicio profesional de uno a tres años.»

«Artículo 209 Quintus.- Se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

Se aumentará al doble la sanción prevista en el párrafo que precede, cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de dieciocho años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima los que incurran en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

Las sanciones señaladas en el primer párrafo de este artículo se aumentarán al doble de la que corresponda, cuando la persona autora tuviere para con la víctima, alguna de las relaciones que a continuación se enuncian o bien, se sitúen en alguno de los siguientes supuestos:

a) Relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima;

b) Quien se valga de función pública para cometer el delito, y

c) Cuando la persona autora emplee violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima.

En los casos de los incisos a) y b), además de las sanciones señaladas, se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

Bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

Para la determinación del daño ocasionado al libre desarrollo de la personalidad de la víctima y su reparación, se observará lo dispuesto en el artículo 209 Ter.»

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INTERESANTES TEMAS DE DERECHO ELECTORAL Y EL PROCESO FEDERAL 2023-2024.Este veinte de marzo de 2024, fue publicado el Ac...
21/03/2024

INTERESANTES TEMAS DE DERECHO ELECTORAL Y EL PROCESO FEDERAL 2023-2024.
Este veinte de marzo de 2024, fue publicado el Acuerdo relacionado con el registro de candidaturas a senadoras y senadores al Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa y por el Principio de Representación Proporcional, del cual se desprende que entre otras cuestiones, el Partido Verde Ecologista de México omitió presentar para su registro una fórmula de personas candidatas por el principio de mayoría relativa integrada por personas afromexicanas, que el Partido del Trabajo presentó una candidatura que no se apega al artículo 11, numeral 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que señala que a ninguna persona podrá registrársele como candidato a distintos cargos de elección popular en el mismo proceso electoral; tampoco podrá ser candidato para un cargo federal de elección popular y simultáneamente para otro de los estados, de los municipios o del Distrito Federal.
Que en cuanto hace al requisito de la adscripción calificada indígena establecido en el artículo 2° de la Constitución, algunos partidos políticos nacionales no presentaron la carta de autoadscripción y las constancias de adscripción indígena que acreditan la existencia del vínculo con las instituciones sociales, económicas, culturales y políticas distintivas de su comunidad, expedida por una autoridad indígena, tradicional o comunitaria. en #9515694910 ́n https://asuntosjuridicosmba.wordpress.com/2024/03/21/interesantes-temas-de-derecho-electoral-y-el-proceso-federal-2023-2024/

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