16/11/2018
EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL PODRÁ SER EJERCIDA POR LA VÍCTIMA DIRECTAMENTE ANTE EL JUEZ SIN LA NECESIDAD DE ACUDIR AL MINISTERIO PÚBLICO A INTERPONER LA DENUNCIA DE HECHOS.
La víctima podrá acudir directamente ante el Juez, ejerciendo la acción penal por particulares en caso que cuente con datos que permitan establecer que se ha cometido delito y exista probabilidad de que el acusado como presunto responsable lo cometió o participó en su comisión.
En tal caso deberá aportar para ello los datos de prueba que sustenten su acción, SIN NECESIDAD DE ACUDIR AL MINISTERIO PÚBLICO.
El ejercicio de la acción penal por particular hará las veces de presentación de la denuncia, deberá sustentarse en la audiencia ante el Juez y podrá solicitar la orden de comparecencia en contra del presunto responsable o su citación a la audiencia inicial y el reclamo de la reparación del daño.
Lo puedes ejercer si el delito de que fuiste víctima es por ejemplo:
Fraude, Discriminación, Maltrato o crueldad en contra de algún Animal, Violencia familiar (entre Cónyuges), Incumplimiento de obligaciones, Amenazas, Allanamiento de morada, abuso de confianza, Violación de correspondencia, Daño en propiedad ajena, algunos tipos de Robo, Violencia en espectáculos deportivos, algunos tipos de Abuso de Autoridad, Falsificación de documentos privados, Lesiones que No pongan en peligro la Vida, etc
El propósito de la admisión de la acción penal por particulares es para que se desarrolle la audiencia inicial y materializar el reclamo de la reparación del daño.
Si fuiste víctima de un delito tienes el derecho de acudir con tu abogado ante los juzgados directamente SIN NECESIDAD DE ACUDIR AL MINISTERIO PÚBLICO. Contacta al despacho IURE PROPRIO para informarte sobre tus opciones legales al número ☎️ 8112440691 ☎️.