Lcda. Arizbeth Dimas

Lcda. Arizbeth Dimas Licenciada en Derecho. Abogada Familiar. Divorcio
Pensión Alimenticia
Guarda y custodia.

12/02/2026

La SCJN determinó que, al calcular la compensación económica en el divorcio, pueden considerarse los bienes adquiridos durante el matrimonio aunque el cónyuge deudor los haya sacado de su patrimonio antes de la sentencia, si se demuestra que fue para evadir su obligación. El objetivo: proteger la igualdad entre cónyuges y evitar la violencia patrimonial. Puedes consultar mas en el siguiente link:https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2030995

En la CDMX. Ojalá nunca lo necesitemos 😔
28/01/2026

En la CDMX.
Ojalá nunca lo necesitemos 😔

22/01/2026

La Suprema Corte determinó que el derecho a los alimentos de menores de edad es un compromiso ineludible del Estado Mexicano. Este derecho no se limita a la comida; incluye salud, educación, recreación y habitación. La Corte subraya que los alimentos deben garantizar que el menor crezca con dignidad, obligando al Estado a vigilar que quien deba darlos cumpla de forma integral, analizando siempre las necesidades reales de quien los recibe. Esta tesis se publicó el viernes 20 de junio de 2025 en el Semanario Judicial de la Federación. Puedes consultar mas en el siguiente Link: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2030559

17/01/2026

El control de convencionalidad es un principio jurídico que obliga a los jueces y tribunales nacionales a verificar que las normas internas se ajusten a los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado. Este control garantiza que las leyes y actos de autoridad no contravengan las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

Antecedentes del Control de Convencionalidad

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha sido fundamental en la consolidación del control de convencionalidad. En el caso "Almonacid Arellano vs. Chile" (2006), la Corte estableció que los jueces nacionales deben aplicar de oficio los tratados internacionales ratificados, incluso en ausencia de una norma interna que los implemente. En México, la reforma constitucional de 2011 incorporó un reconocimiento expreso de los tratados internacionales en materia de derechos humanos y estableció la preferencia de las normas internacionales sobre la ley interna en casos de contradicción.

Reforma al Artículo 19 Constitucional y el Caso Tzompaxtle Tecpile y Otros vs. México

El 31 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ampliando el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. Esta reforma incluye delitos como extorsión y actividades relacionadas con falsos comprobantes fiscales.

Esta reforma se produce en un contexto donde la Corte IDH, en la sentencia del caso "Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México" (2022), condenó al Estado mexicano por violaciones a derechos humanos relacionadas con la prisión preventiva oficiosa. La Corte IDH estableció que la prisión preventiva debe ser una medida excepcional y no una regla general, y que su aplicación automática contraviene la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Obligación de México y el Control de Convencionalidad

La reforma constitucional de diciembre de 2024 amplía el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, lo que podría contravenir la sentencia de la Corte IDH en el caso "Tzompaxtle Tecpile y otros". El control de convencionalidad obliga a los jueces mexicanos a verificar que las normas internas, incluidas las reformas constitucionales, se ajusten a los estándares internacionales de derechos humanos. En este caso, los jueces deben evaluar si la ampliación de la prisión preventiva oficiosa respeta los derechos humanos y las obligaciones internacionales de México.

Límites y Obligaciones del Control de Convencionalidad

El control de convencionalidad tiene límites, especialmente cuando se enfrenta con disposiciones constitucionales nacionales. Los jueces deben interpretar las normas internas de manera compatible con los tratados internacionales, sin alterar el texto de las leyes nacionales. Sin embargo, en caso de contradicción directa, deben aplicar la norma que sea más favorable a los derechos humanos. Esta obligación se extiende a todos los jueces y tribunales ARdel país, quienes deben actuar de acuerdo con la jerarquía normativa establecida por la Constitución y los tratados internacionales.

En resumen, el control de convencionalidad es esencial para garantizar la protección efectiva de los derechos humanos en México. La reciente reforma al artículo 19 constitucional y la sentencia de la Corte IDH en el caso "Tzompaxtle Tecpile y otros" refuerzan la necesidad de que el Estado mexicano adapte su marco normativo interno a los estándares internacionales, especialmente en lo relacionado con la prisión preventiva oficiosa. La obligación de los jueces y tribunales mexicanos de realizar este control es clara y vinculante, y constituye un componente clave en la consolidación de un sistema de justicia respetuoso de los derechos humanos.

Para una comprensión más detallada se recomienda la lectura de:

AR 592/2012
ADR 3200/2012
CT 293/2011
ADR 2673/2013
VARIOS 912/2010
CT 259/2011
AR 134/2012
ADR 2956/2012
AR 151/2011
AINC 155/2007
AR 134/2012
CT 299/2013
ADR 7/2015
ADR 4968/2014
ADR 1250/2012
ADR 5339/2015
Jurisprudencias
2000290
2002264
2002861
2003521
2003522
2003615
2003679
2005055
2005056
2005057
2005941
2005942
2006808
2008034
2008148
2009179
2010654
2017668
2027539

Resoluciones Penales

12/01/2026

ATENTOS, TE CASASTE POR SEPARACIÓN DE BIENES Y AL DIVORCIARTE NO TE OTORGARON TU INDEMNIZACIÓN!!! PON ATENCIÓN

¿El juez ignoró tu derecho a una indemnización tras el divorcio?

Esto puede ser VIOLACIÓN A TUS DERECHOS

La Suprema Corte y los Tribunales Federales lo han dejado claro si en un juicio de divorcio el juez no analiza la procedencia de la indemnización compensatoria, procede el amparo.

¿De qué trata esta tesis jurisprudencial?

En divorcios bajo régimen de separación de bienes, una de las partes puede reclamar hasta el 50% del valor de los bienes adquiridos durante el matrimonio, cuando se dedicó preponderantemente a las labores del hogar o al cuidado de los hijos, no adquirió bienes propios, o estos son notoriamente menores y existe un desequilibrio económico tras la disolución del matrimonio

!Lo relevante del criterio!

El Tribunal sostuvo que no basta con que el juez diga “no se acreditó”.

Si la autoridad omite estudiar y ponderar la indemnización compensatoria, viola derechos fundamentales, lo que amerita conceder el amparo.

Punto clave que debes conocer el trabajo doméstico no siempre se prueba con documentos, porque ocurre en el ámbito privado.

Por ello, los jueces deben usar presunciones, valorar pruebas indirectas, asumir un rol activo, analizar el impacto económico del trabajo no remunerado en la vida familiar

Mensaje claro para la ciudadanía

El hecho de que una persona haya trabajado o generado ingresos, NO elimina automáticamente su derecho a una indemnización compensatoria

Lo importante es analizar la dinámica real del matrimonio

Conclusión:

Si el juez no estudia a fondo la indemnización compensatoria, la sentencia puede ser inconstitucional y combatirse vía amparo.

Tesis aislada, pero con enorme impacto en justicia familiar y equidad económica tras el divorcio.

11/01/2026

Incremento de pensión Alimenticia se actualiza con el aumento del salario mínimo

11/01/2026

❗📜 ¿Sabías que el Edomex no “nació” hoy… pero sí recibió su nombre?

No se trata de su creación —que llegaría semanas después—, sino del momento en que se consolidó su identidad dentro de la Federación.

🌄 Identidad que evoluciona. Historia que permanece.

10/01/2026

¿LOS MENORES SIEMPRE DEBEN DECLARAR EN UN JUICIO?

LA SUPREMA CORTE RESPONDE

La Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó claro que escuchar a niñas, niños y adolescentes es un derecho, pero no debe ejercerse de forma automática ni sin límites.

¿Qué establece esta jurisprudencia?
Los menores tienen derecho a participar y opinar en los juicios que afectan su vida (custodia, convivencia, patria potestad, etc.), pero corresponde al juez valorar si su intervención directa es conveniente.

El juez debe proteger al menor y evitar,
-Obligarle a declarar si no desea hacerlo
-Entrevistarlo más veces de las necesarias
-Escucharlo cuando sus derechos no están en disputa
-Poner en riesgo su integridad emocional o psicológica
Clave jurídica:
Esta valoración no es una barrera, sino una forma de garantizar el interés superior del menor.

La regla es permitir su participación, y la excepción debe estar fundada, motivada y puede impugnarse.

Registro digital: 2009010

10/01/2026
08/01/2026

PROTEGER AL MENOR ES PRIORIDAD EN JUICIOS FAMILIARES.
En los juicios de convivencia y custodia, no todo se vale.

Los tribunales han establecido que un juez NO debe ordenar repetidamente pruebas psicológicas a un menor, solo porque una de las partes lo solicite, especialmente cuando se habla de posible alienación parental.

¿Que es la alineación parental?
La alienación parental es un fenómeno en el que uno de los padres manipula o condiciona la relación de los hijos con el otro progenitor, buscando provocar rechazo, hostilidad o indiferencia hacia este último.

¿Qué debe hacer primero el juez?
Antes de someter nuevamente al menor a una evaluación psicológica, el juzgador debe analizar estudios psicológicos ya existentes
Revisar la opinión previa del menor
Valorar informes, convivencias y conducta de los padres
Agotar alternativas que NO impliquen volver a intervenir directamente al niño.

¿Por qué?
Porque repetir evaluaciones puede afectar emocionalmente al menor y convertirse en una forma de revictimización o violencia institucional.

Registro digital 2022643

Dirección

Mexico City

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