25/02/2025
CAMBIOS EN EL CALCULO DE LA PENSIÓN EN EL IMSS
Actualmente están habiendo muchos cambios en el proceso del tramite de la pensión de CESANTÍA o VEJEZ, solo por mencionar algunos:
1.- ANTERIORMENTE, al iniciar tu tramite de pensión, podías meter tus papeles, sin la obligatoriedad de que los domicilios registrados en tus distintos documentos, tuvieran que ser el mismo, es decir la dirección del estado de cuenta de la AFORE, podría una distinta a la de tu comprobante de domicilio, lo mismo podía pasar, con tu comprobante del banco en donde decidías que se depositara tu pensión, ahora todos los documentos deben de venir con la misma dirección, empezando con la dirección registrada en el IMSS.
2.- Tampoco era un requisito indispensable el contar con un expediente bio-electrónico, en la AFORE, ahora es obligatorio.
3.- A partir del día 1° de enero de 2014, si hizo obligatorio presentar la CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL
4.- También a partir del día 1° de enero de 2014, se volvió obligatorio que el RFC, registrado en el estado de cuenta de la AFORE, debe tener contemplado el homoclave
5.- A partir de septiembre de 2024, para obtener cualquier tramite por medio del escritorio virtual del IMSS, es necesario registrar un correo electrónico para poder hacer los tramites que ofrece este portal y si te equivocas, para corregirlo te puedes llevar hasta 3 meses en arreglar esta situación
Ahora, nos encontramos que la forma de calcular el monto de la pensión, también sufrió cambios y nos referimos a lo siguiente:
Anteriormente, podíamos dejar de cotizar y si nuestra conservación de derechos nos permitía esperar a iniciar el tramite de la pensión hasta dentro de uno o dos años, con la finalidad de ganarle entre un 5% al 10% adicional al monto de la pensión a recibir.
Ahora el calculo se hará de la siguiente forma:
1.- El monto de la pensión se calculara a partir de la fecha de baja del trabajador, por lo tanto se considerara
a.- la fecha de baja
b.- las semanas cotizadas a esa fecha
c.- la edad que se tenia registrada en esa fecha
Y con esos datos se calculara el monto de la pensión
2.- Respecto al calculo de la pensión, adicionalmente se aplicaran los ajustes anuales que correspondan
3.- También si es necesario se podrá aplicar un pago retroactivo de hasta 1 año, si esta corresponde
Esta situación, llevara a que los trabajadores que se apegaron a esta estrategia o que por desconocimiento llegan a solicitar su pensión, se pueden llevar una desagradable sorpresa, ya que puede significar que estén perdiendo recursos de su pensión.
Así que si tu estas en esta situación, te sugiero que te acerques a un asesor profesional, para que este te indique cual es la mejor opción en tu caso