23/03/2026
En materia familiar es procedente que los padres demanden pensión alimenticia a los hijos, sin embargo es estrictamente fundamental que se acredite la necesidad y va de acuerdo a la capacidad económica del demandado.
Tenemos el caso de un padre de familia demandando a sus dos hijos por pensión alimenticia y nos enfocaremos en particular a uno de ellos, quien víve en domicilio diverso,casado y padre de un menor de edad. Si bien es cierto, los padres son acreedores alimentarios, también es cierto que deben demostrar la necesidad y lo más importante!, Ante la existencia de un menor de edad quien es hijo del demandado al cual se le estaría perjudicando directamente en su calidad de vida, violando el derecho superior del menor; hemos resuelto tomar el caso para la CESACION de pensión acreditando que el sueldo del demandado ya está comprometido directamente en el desarrollo académico, social, recreativo y familiar del menor. No obstante, es menester mencionar que el Demandante es propietario de la casa en la que vive y de otras propiedades, que es pensionado de su trabajo por medio del ISSSTE, que tiene pensión del bienestar de adulto mayor y que su seguridad médica también está cubierta por el ISSSTE, que el demandado en la medida de sus posibilidades y a pesar de no vivir en el domicilio del Demandante, se ha hecho cargo de algunas facturas de servicios del domicilio del Demandante, incluso cubierto gastos de hospitalizaciones particulares etc. Por lo que daremos contestación a la Demanda en dónde se ingresarán las pruebas documentales correspondientes a cada uno de los puntos mencionados y solicitaremos la cancelación de dicha pensión ordenada por su señoría haciendo prevalecer el derecho superior del menor y por otro lado desacreditando la necesidad del Demandante.
Recuerda que en nuestra firma no defendemos culpables o inocentes, defendemos los DERECHOS.