Carlos Odriozola

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Carlos Odriozola ⚖️Abogado y activista en litigio estratégico en Centro Contra la Discriminación y Visor Judicial. Ex Candidato a ministro de la 👈

El artículo 1 Constitucional prohibe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Lucho por el respecto a ese principio, convencido de que puede lograrse si exigimos Tribunales más justos y eficientes. En resumidas cuentas, lucho por la igualdad.

11/09/2026

¿La Suprema Corte podría abrir la puerta para cobrar impuestos a las herencias?

El Pleno resolvió que los beneficiarios de una Afore no deben pagar ISR cuando reciben los ahorros de un trabajador fallecido. Sin embargo, la discusión dejó una escena preocupante.

El primer proyecto fue rechazado y el asunto se entregó a otro ministro para que redactara la postura de la mayoría. Durante la nueva discusión se descalificaron los argumentos de la minoría y, al momento de votar, la cara de Yasmín Esquivel y los gestos de Loretta Ortiz parecieron convertir una decisión judicial en la celebración de una victoria entre bandos.

Las ministras y los ministros pueden estar en desacuerdo. Lo que no deberían hacer es comportarse como bancadas políticas que ganan, festejan y se burlan de la minoría.

Hoy fueron las Afores. Mañana podrían discutir si también deben cobrarnos impuestos por recibir una herencia.

¿Qué te parecieron sus gestos?

08/09/2026

¿Qué tesis publicó esta semana la Suprema Corte? ⚖️

Comenzamos un nuevo segmento: Las tesis de la Corte.

Cada lunes vamos a revisar, en palabras sencillas y sin lenguaje de abogados, las nuevas tesis de la SCJN publicadas el viernes anterior.

Este viernes 4 de septiembre se publicaron cinco nuevas jurisprudencias del Pleno de la Suprema Corte.

Dos me parecen especialmente interesantes: una sobre interdicción y capacidad jurídica de las personas con discapacidad, y otra sobre adopción y la posibilidad de expedir un acta de nacimiento provisional.

¿Las otras tres? Mucho más procesales.

Pero este segmento no será solamente para contar cuántas tesis publica la Corte. Vamos a revisar qué dicen, explicarlas para quienes no son abogados y preguntarnos qué importancia tienen realmente.

Porque después de un año de la nueva Suprema Corte seguimos buscando algo fundamental:

¿dónde está el gran precedente que marque a esta nueva etapa?

Todos los lunes lo vamos a buscar en Las tesis de la Corte.

¿Qué te parecieron las de esta semana?

04/09/2026

¿La CIDH ya validó los acordeones de la elección judicial? ⚖️

Bueno… algo así.

Como candidato a ministro de la Suprema Corte, presenté una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Y quiero dejarlo muy claro: no pedí que me hicieran ministro ni que cambiaran el resultado de la elección.

Pedí que se revise lo ocurrido con los acordeones y que la CIDH determine si se vulneraron los derechos políticos de todos los mexicanos y si una elección de esta naturaleza es compatible con la independencia judicial.

¿La respuesta inicial? Que no encontró elementos para determinar siquiera una posible violación de derechos humanos.

Ya pedí que reconsidere.

Porque algo no cuadra.

La OEA documentó los acordeones. La propia CIDH ya habló de ellos en su Informe Anual. Y existe otra petición de juzgadores afectados por la reforma judicial que sí avanzó ante la Comisión.

Esto no se trata de quién ganó o perdió en 2025.

Se trata de proteger nuestros derechos electorales en las próximas elecciones judiciales.

Necesitamos que esta discusión llegue hasta la Comisión Interamericana.

Comparte este video, comenta y hagamos que se escuche.

¿Los acordeones vulneran nuestros derechos humanos… o no?

03/09/2026

¿La Comisión Interamericana está terminando por validar los acordeones de la elección judicial? ⚖️

La pregunta es fuerte, pero después de más de un año tenemos derecho a hacerla.

Antes de la elección, la CIDH advirtió sobre los riesgos que la reforma podía representar para la independencia judicial, el acceso a la justicia y el Estado de Derecho.

Después llegó la elección. Aparecieron los llamados “acordeones” y la Misión de Observación Electoral de la OEA documentó que las nueve candidaturas ganadoras a la Suprema Corte habían sido promovidas en esas guías.

Las nueve.

La propia Comisión recogió posteriormente el fenómeno en su Informe Anual.

Entonces, ¿qué falta?

Los ministros ya tomaron posesión. Ya cumplieron un año en funciones. Y mientras más tiempo pasa sin una respuesta clara, más se consolidan los efectos de aquello que el propio sistema interamericano cuestionó.

Esta semana publiqué en Expansión “Un año después: la pregunta pendiente sobre la Suprema Corte”, precisamente para llamar la atención sobre este silencio.

No se trata de que la CIDH decida quién debió ganar.

Se trata de responder una cuestión mucho más importante:

¿una elección judicial desarrollada en estas condiciones es compatible con los estándares interamericanos de independencia judicial y derechos humanos?

Porque el silencio también produce consecuencias.

¿La CIDH va a cuestionar los acordeones o su silencio terminará por legitimarlos?

Mañana les cuento algo más:

yo impugné esta elección ante la Comisión Interamericana.

02/09/2026

¿Qué tiene realmente de nueva la nueva Suprema Corte? ⚖️

Ya pasó un año desde que entró en funciones la Corte surgida de la elección judicial de 2025.

Hemos visto bastones de mando, puertas abiertas, nuevos símbolos, audiencias públicas y un discurso de una justicia más cercana al pueblo.

Pero todo eso obliga a hacer una pregunta más importante:

¿qué cambió realmente en la justicia constitucional mexicana?

Porque una Suprema Corte no debería distinguirse por su imagen institucional, sino por sus sentencias.

Sentencias que amplíen derechos.
Que limiten al poder.
Que resuelvan los grandes problemas constitucionales.
Que dentro de diez años sigamos estudiando.

Sin embargo, buena parte de la conversación durante este primer año ha girado alrededor de camionetas, asesores, pifias, productividad y ahora hasta de si Lenia Batres será o no la próxima presidenta.

Sí, existe un enorme asedio mediático contra la nueva Corte.

Pero también ha desaprovechado su mejor herramienta para cambiar esa conversación:

sus sentencias.

Cambiar los símbolos es fácil.

Lo difícil es cambiar el derecho.

¿Tú identificas un gran precedente de esta nueva Suprema Corte? Te leo en los comentarios.

CAPÍTULO 1 | A un año de la nueva Suprema Corte

ReformaJudicial Jurisprudencia México

01/09/2026

29 tesis publicadas. Suprema Corte: 0. ⚖️

Mañana se cumple un año de la entrada en funciones de la nueva Suprema Corte.

Esta semana, el Semanario Judicial de la Federación publicó 29 tesis. Ninguna provino de la SCJN.

Y el dato obliga a preguntarnos algo más importante: ¿cómo debemos medir el trabajo de una Suprema Corte?

No sólo por sus discursos, ceremonias o presencia pública. También por los precedentes que construye, las jurisprudencias que establece y su aportación a la interpretación de nuestra Constitución.

Por eso comienzo este ejercicio: cada lunes revisaré los nuevos criterios publicados por el Poder Judicial y qué está aportando —o dejando de aportar— la nueva Corte.

Esta semana, el marcador es sencillo:

29 tesis.
SCJN: 0.

¿A un año de distancia, cómo evalúas el trabajo de la nueva Suprema Corte?

28/08/2026

¿Tienes derecho de réplica frente a la Mañanera?

Aunque te sorprenda, un tribunal mexicano ya ordenó que se garantizara.

En el caso de una periodista, se estableció cautelarmente que determinadas imputaciones realizadas desde la conferencia presidencial debían sustentarse con pruebas y, en su caso, otorgarle derecho de réplica dentro de las siguientes 24 horas.

📚 Tesis I.20o.A.32 A (11a.) — Registro digital 2029033. Tesis2029033.pdf

Otro criterio ha ido todavía más lejos: el Ejecutivo puede crear mecanismos de comunicación social, pero éstos deben sujetarse a reglas y límites objetivos, respetar el derecho de réplica y no convertir al Gobierno en quien decide unilateralmente qué es verdad y qué es mentira.

📚 Tesis I.20o.A.82 A (11a.) — Registro digital 2030226. Tesis2030226.pdf

Porque hay una diferencia fundamental: cuando el Gobierno habla desde la Mañanera, habla desde el poder.

Estos criterios son tesis aisladas. La gran pregunta será qué ocurra cuando un asunto de esta naturaleza llegue a la nueva Suprema Corte.

¿Estará a la altura para garantizar el derecho de réplica frente al poder presidencial?

🎥 Capítulo 4 de 4.

27/08/2026

¿El programa “Derecho de Réplica” del Gobierno es realmente derecho de réplica?

Una cosa es el nombre. Otra, su naturaleza jurídica.

Luisa María Alcalde sostiene que este derecho adquirió una dimensión colectiva que también alcanza a las instituciones. La pregunta es si de ahí puede concluirse que el Gobierno es titular de un derecho fundamental frente a periodistas y medios.

Porque cuando el Estado utiliza Palacio Nacional, la Mañanera y sus propios canales para responder a una publicación, quizá no estamos ante derecho de réplica, sino ante comunicación gubernamental.

Y existe además una dimensión política: el programa coloca semanalmente a Luisa María Alcalde frente a la opinión pública, le permite fijar posiciones y le proporciona visibilidad y juego político propio.

🎥 Capítulo 3 de 4 — Derecho de Réplica

26/08/2026

¿Sabes qué es el chayote en el periodismo mexicano? 🌵💰

Durante décadas, así se llamó al dinero, favores o beneficios que políticos y gobiernos entregaban a periodistas o medios a cambio de cobertura favorable… o de silencio.

AMLO prometió acabar con él.

¿Desapareció? No necesariamente.

Pero López Obrador hizo algo mucho más importante: dejó de depender de los medios para comunicarse.

La Mañanera fue una genialidad de comunicación política. Todos los días el Gobierno producía el mensaje, marcaba la agenda y después ocurría algo extraordinario: los propios medios —incluidos sus críticos— se encargaban de amplificarlo.

AMLO entendió que el Gobierno podía convertirse en su propio medio.

Y eso cambió profundamente la relación entre prensa y poder en México.

¿Qué tiene que ver todo esto con el derecho de réplica? Muchísimo.

🎥 Capítulo 2 de 4 de mi serie a partir del artículo que publiqué esta semana en Expansión Política: ¿Tiene el Gobierno derecho de réplica?

Siguiente capítulo: el “Derecho de Réplica” de Luisa María Alcalde.

25/08/2026

¿Qué haces cuando un medio publica información falsa sobre ti?

En México existe el derecho de réplica.

Cuando el medio tiene voluntad de cumplirlo, puede ser un mecanismo sencillo, rápido y eficaz. Pero cuando se niega, ejercer ese derecho puede convertirse en un verdadero viacrucis judicial.

Ahora llevemos la pregunta un poco más lejos:

¿También tiene derecho de réplica el Gobierno?

Los funcionarios públicos tienen derechos. Pero el Gobierno tiene algo que un ciudadano no tiene: medios públicos, vocerías, redes institucionales, la Mañanera y, además, el poder de regular y sancionar.

En este primer capítulo explico dónde está la diferencia.

La serie parte de mi artículo publicado en Expansión Política: “¿Tiene el Gobierno derecho de réplica?”

🎥 Capítulo 1 de 4

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