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¿TU EX PAREJA NO QUIERE FIRMAR EL PASAPORTE DE TUS HIJOS? ESTO DICE LA JUSTICIA FEDERAL.Uno de los problemas más comunes...
13/03/2026

¿TU EX PAREJA NO QUIERE FIRMAR EL PASAPORTE DE TUS HIJOS? ESTO DICE LA JUSTICIA FEDERAL.

Uno de los problemas más comunes después de una separación o divorcio es cuando uno de los padres se niega a firmar la autorización para tramitar el pasaporte de sus hijas o hijos, creyendo que con eso puede impedir que viajen o incluso que obtengan el documento.

Pero la Justicia Federal ha sido clara: el simple conflicto entre los padres no es suficiente para negar el pasaporte a niñas, niños y adolescentes.

Un Tribunal Colegiado determinó que el pasaporte está directamente relacionado con derechos humanos fundamentales como el derecho a la identidad y el derecho al libre tránsito, reconocidos en los artículos 4º y 11 de la Constitución. Por ello, negar este documento solo por un conflicto entre los padres puede afectar directamente el interés superior de niñas, niños y adolescentes.

La regla general es que el pasaporte debe expedirse a niñas, niños y adolescentes, aun cuando exista un juicio familiar o desacuerdos entre los padres.

Solo puede negarse en casos excepcionales, cuando existan elementos reales que indiquen un riesgo de sustracción nacional o internacional de niñas, niños o adolescentes, mala fe procesal dentro del juicio o situaciones de violencia.

Incluso, los tribunales han señalado que el padre o madre que tenga la guarda y custodia puede ser apercibido de que, si actúa de mala fe y extrae del país a sus hijas o hijos indebidamente, podría perder no solo la guarda y custodia, sino también la patria potestad.

En otras palabras: los problemas entre los padres no deben convertirse en una limitación para los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Por ello, sí existe una vía legal cuando uno de los progenitores se niega a firmar. Mediante los procedimientos judiciales correspondientes, un juez puede autorizar la expedición del pasaporte sin el consentimiento del otro progenitor, siempre que se justifique que la negativa es infundada y que el trámite resulta acorde con el interés superior de niñas, niños y adolescentes.

En estos casos, la persona interesada puede hacer valer este derecho ante los tribunales, promoviendo el procedimiento judicial correspondiente para que la autoridad jurisdiccional analice la situación concreta y, de ser procedente, autorice la expedición del pasaporte sin ese consentimiento.

De esta manera, la negativa de uno de los progenitores no debe convertirse en una barrera que limite el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Criterio del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. Registro digital: 2025408.

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⚖️📜 LEY VALERIA: EL ACECHO YA ES DELITO FEDERAL EN MÉXICO 🚨👁️‍🗨️La reciente aprobación de la llamada Ley Valeria marca u...
28/02/2026

⚖️📜 LEY VALERIA: EL ACECHO YA ES DELITO FEDERAL EN MÉXICO 🚨👁️‍🗨️

La reciente aprobación de la llamada Ley Valeria marca un parteaguas en el sistema penal mexicano al incorporar formalmente el delito de acecho al Código Penal Federal. Se trata de una reforma impulsada tras años de vacíos jurídicos que dejaban en estado de indefensión a víctimas de persecución obsesiva y hostigamiento persistente. El 18 de febrero de 2026, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad esta modificación, que ahora avanza hacia su discusión en el Senado. Más allá del simbolismo político, la reforma implica un reconocimiento jurídico de una violencia que históricamente fue minimizada, normalizada o tratada como “conflicto personal”. El mensaje legislativo es claro: la violencia no comienza con el golpe, sino con el patrón sistemático de invasión a la libertad.

📌 ¿QUÉ ES EL ACECHO SEGÚN LA LEY VALERIA?

La Ley Valeria define el acecho como un patrón de conducta reiterado, persistente y no deseado mediante el cual una persona vigila, sigue, persigue o intenta establecer contacto físico o comunicación sin consentimiento, generando temor, angustia o afectación a la libertad y seguridad emocional de la víctima. No se trata de un acto aislado, sino de una conducta repetitiva que altera la vida cotidiana. El elemento central es la reiteración y la generación de miedo o intimidación. La norma no limita el delito por género: puede ser cometido por cualquier persona contra cualquier persona. Además, contempla medios físicos y digitales, reconociendo la dimensión tecnológica de la violencia actual.

El acecho incluye vigilancia presencial, seguimiento en redes sociales, envío constante de mensajes no solicitados, llamadas reiteradas, monitoreo digital, aproximaciones físicas insistentes o incluso la recopilación de información personal con fines intimidatorios. El bien jurídico protegido es la libertad personal, la tranquilidad y la seguridad emocional. En términos jurídicos, se configura cuando la conducta es reiterada, no consentida y objetivamente capaz de generar temor razonable. Esto evita la criminalización de interacciones accidentales y centra la sanción en patrones sistemáticos de hostigamiento.

⚖️ P***S Y SANCIONES: PRISIÓN, MULTA Y AGRAVANTES

La reforma establece p***s de 1 a 4 años de prisión y multas que pueden alcanzar hasta 400 días de multa. Las sanciones pueden incrementarse cuando la víctima sea menor de edad, persona adulta mayor o se encuentre en situación de vulnerabilidad. También se agravan si existe relación sentimental previa, antecedentes de violencia, amenazas explícitas o riesgo para la integridad física. En estos supuestos, el juez puede imponer medidas más severas para garantizar la protección efectiva.

Además de la pena privativa de libertad, la ley contempla órdenes de restricción, medidas de protección inmediatas y mecanismos de denuncia más ágiles. Se busca una intervención temprana antes de que el hostigamiento escale a agresiones físicas o feminicidio. La reforma también prevé capacitación obligatoria para autoridades, con el objetivo de evitar la revictimización institucional. En la práctica, la efectividad dependerá de la capacidad de fiscalías y jueces para aplicar medidas cautelares oportunas y supervisarlas adecuadamente.

👩‍⚖️ ORIGEN DEL NOMBRE: EL CASO DE VALERIA MACÍAS

El nombre “Ley Valeria” hace referencia al caso de Valeria Macías, quien desde 2017 denunció ser víctima de persecución obsesiva durante años sin recibir medidas de protección efectivas. Su experiencia evidenció la inexistencia de una figura penal clara para sancionar el acecho a nivel federal. El caso se convirtió en símbolo de la impunidad estructural frente al hostigamiento persistente. Legisladoras de distintas bancadas retomaron la iniciativa para cerrar ese vacío normativo.

La reforma fue impulsada principalmente por legisladoras de Movimiento Ciudadano, entre ellas Iraís Reyes, con acompañamiento de organizaciones civiles. El proceso legislativo también evidenció que en estados como Guanajuato, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas ya existían figuras similares, pero no había homologación nacional. La aprobación federal busca garantizar protección uniforme en todo el país. Sin embargo, la discusión pública también ha enfatizado que la tipificación por sí sola no garantiza justicia si no se acompaña de recursos y voluntad institucional.

🔎 CAMBIOS AL DELITO DE ACOSO SEXUAL

Paralelamente, la Cámara de Diputados modificó el delito de acoso sexual para endurecer sanciones y ampliar su alcance. Ahora se castiga con 1 a 3 años de prisión y hasta 600 días de multa cuando el acoso sea reiterado y cause afectación emocional. Las p***s aumentan hasta en una mitad si existe relación de subordinación laboral, docente o jerárquica. También se agravan si la víctima es menor de edad, persona adulta mayor o si el agresor es servidor público. Esto fortalece la protección en entornos laborales y educativos.

La reforma busca cerrar la brecha entre faltas administrativas y delitos penales, especialmente en casos que antes se diluían en recursos humanos o procedimientos internos. Durante años, conductas persistentes fueron minimizadas como “problemas personales” o “malentendidos”, generando impunidad. Con esta modificación, el Estado reconoce la dimensión estructural del hostigamiento. No obstante, expertos advierten que la aplicación efectiva dependerá de protocolos claros y seguimiento real de medidas cautelares.

🧠 REFLEXIÓN JURÍDICA Y RETOS PENDIENTES

Desde una perspectiva jurídica, la Ley Valeria fortalece el principio de prevención y amplía la tutela penal de la libertad personal. Reconoce que la violencia es progresiva y que el acecho puede ser antesala de delitos más graves. Sin embargo, su éxito dependerá de la correcta interpretación judicial para evitar tanto la impunidad como la sobrecriminalización. La carga probatoria recaerá en demostrar reiteración, ausencia de consentimiento y afectación real. Esto exigirá peritajes psicológicos y análisis contextual de la conducta.

También surge un debate relevante: la violencia no tiene género, aunque estadísticamente afecta más a mujeres. El delito es neutro en cuanto al sujeto activo, lo que implica que puede configurarse independientemente del s**o del agresor. En casos extremos, cuando el acecho deriva en homicidio con razón de género, podría actualizarse la figura de feminicidio según los elementos legales establecidos. La discusión futura estará en la correcta aplicación de agravantes y en la coordinación entre fiscalías estatales y federales.

🚨 CONCLUSIÓN: AVANCE HISTÓRICO, PERO NO SUFICIENTE

La Ley Valeria representa un avance histórico al reconocer jurídicamente una violencia que durante años fue invisibilizada. Nombrar el acecho como delito federal es un paso firme hacia la prevención temprana de agresiones mayores. Sin embargo, la eficacia real dependerá de presupuesto, capacitación y supervisión institucional. Sin medidas cautelares efectivas, la ley podría quedar en letra mu**ta. El desafío es transformar el cambio normativo en protección tangible.

La violencia no empieza con el golpe; comienza con la persecución silenciosa que invade la vida cotidiana. Tipificar el acecho es un acto de justicia simbólica y jurídica, pero requiere compromiso permanente del sistema penal. El Senado tendrá ahora la responsabilidad de consolidar esta reforma. México avanza en el reconocimiento de nuevas formas de violencia, pero la verdadera prueba será su aplicación efectiva en cada denuncia presentada.

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27/02/2026

Que tranquilidad, se ve que es viernes !!
Esperando copias certificadas, según en media hora me las entregan !! 💯✨️⚖️
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Por cierto, el Lunes 2 de marzo no hay labores en el Poder Judicial del Edomex.

Hasta aqui mi reporte Joaquin !! ✅️

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27/02/2026

La universidad te enseña leyes, la práctica te enseña verdades!!

⚖️ El civil te enseña que los detalles pequeños pueden costarte muy caro.

👨‍👩‍👧 El familiar te enseña que el silencio en una relación a veces pesa más que una sentencia.

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06/02/2026

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📌 “Busco abogado gratuito, pero que no sea de oficio”.Vale la pena decirlo claro, aunque incomode:👉 El trabajo del aboga...
01/02/2026

📌 “Busco abogado gratuito, pero que no sea de oficio”.

Vale la pena decirlo claro, aunque incomode:

👉 El trabajo del abogado particular NO es gratuito.

Los defensores de oficio, o los adscritos al Estado no trabajan gratis; reciben un salario precisamente para brindar ese servicio.
Pero un litigante particular vive de su trabajo, de su preparación, de los años de estudio, de las desveladas, de la responsabilidad que implica llevar un asunto jurídico.

Muchas veces quien dice “no tengo dinero” sí tiene para otras cosas, pero cuando se trata de un problema legal —que puede afectar patrimonio, hijos o libertad— lo quiere todo sin costo.

Y hay otra realidad que casi nadie dice:
👉 Quien no paga, suele ser quien más exige.
👉 Llamadas diarias, urgencias inventadas, reclamos constantes y, muchas veces, cero agradecimiento.

Entendemos que no todas las personas están en la misma situación económica, y por eso existen facilidades de pago, esquemas accesibles o alternativas legales.
Pero una cosa es pedir apoyo y otra pretender que el trabajo profesional no valga nada.

Además, cuando todo “sale gratis”, muchas personas no dimensionan las consecuencias jurídicas de sus actos… y vuelven a cometer los mismos errores.

El derecho no es un favor.
Es un servicio profesional que implica responsabilidad, preparación y tiempo.

Y eso, aunque no guste escucharlo, también tiene valor.

Hoy abarcando Juzgados Civiles Cdmx, Fiscalias de Violencia Familiar y Niñas, Niños y Adolescentes, terminando en Juzgad...
27/01/2026

Hoy abarcando Juzgados Civiles Cdmx, Fiscalias de Violencia Familiar y Niñas, Niños y Adolescentes, terminando en Juzgados Familiares de Texcoco: ✍️💫⚖️🦉

✅️ Juicio Ejecutivo Mercantil: solicitando el embargo de cuentas bancarias para el deudor y girando oficios de localización para notificar a una empresa.

✅️ Aceptando y protestando el cargo de Abogado Defensor, en carpeta de Violencia Familair, asimismo revisando actuaciones de dicho delito.

✅️ Asesorando a la denunciante en la Fiscalia para Niños, Niñas y Adolescentes, ya que el papá del menor sustrajo a dicho menor del domicilio en que vivía.

✅️ Girando oficios de pensión alimenticia para el correspondiente descuento de pensión alimenticia a favor del menor.

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16/12/2025

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13/12/2025

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