Corporativo Juridico Mateos Y Asociados

Corporativo Juridico Mateos Y Asociados Somos un despacho de abogados ubicado en México, Distrito Federal, con alta experiencia en el litigio penal

Somos un despacho de abogados ubicado en México, Distrito Federal, con alta experiencia en atención integral a empresas y particulares, dando asesoría en materia penal, civil, familiar, laboral, mercantil, fiscal y administrativa

😂😂😂Que buena publicidad
31/10/2019

😂😂😂Que buena publicidad

14/11/2018
29/08/2018

Página de muestra de videos distribuidos por IFP. Gobierno de la Cuidad de México

04/02/2018

Aunque muchos ven en las redes sociales cibernéticas y sus formas ultrarrápidas y resumidas de circular mensajes el principal adversario del periodismo, valdría la pena analizar otro enfoque: lo que podría estar lastimando con severidad al periodismo no es velocidad ni mensajes cortos, sino la m...

Interesante el cibercrimen
04/02/2018

Interesante el cibercrimen

- LA CIBERCRIMINOLOGÍA. NUEVA RAMA DE LA CRIMINOLOGÍA - Carlos Tudares - LOS NUEVOS TRABAJOS, LAS WEBCAMERS - Lucrezia Viglioco / Carlos Aguirre - RETROCESO DE DERECHO HUMANOS EN TIEMPOS TECNOLÓGICOS - Romina Florencia Cabrera - TOR EXIT NODES EN LA JUSTICIA ARGENTINA - Rodrigo Igleasias /Johana ...

04/02/2018

Imagina cómo sería tomar todas tus decisiones sin importar cómo éstas afectan a otros y vivir cada día con el único fin de elevar tu autoestima

02/02/2018

Se puede imponer una sanción menor.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO. CUANDO SE ORDENA SU INICIO, EL JUEZ DE GARANTÍA NO ESTÁ OBLIGADO A IMPONER LA PENA DE PRISIÓN QUE SOLICITA EL MINISTERIO PÚBLICO, POR HABERLA PACTADO CON EL INCULPADO (NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA).

Época: Décima Época
Registro: 2005597
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Libro 3, Febrero de 2014, Tomo III
Materia(s): Penal
Tesis: XVII.2o.P.A.10 P (10a.)
Página: 2577

El Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua establece en sus artículos 387 a 392 que podrá iniciarse el procedimiento abreviado, a solicitud del Ministerio Público, cuando el imputado admite ante la autoridad judicial, voluntariamente y con conocimiento de las consecuencias, su intervención en el hecho delictuoso, en términos de la fracción IV del artículo 389 de dicho código, siempre que exprese su conformidad libre, voluntaria e informada, asistido de su defensor, sobre la apertura del citado procedimiento, conozca su derecho a exigir un juicio oral y renuncie voluntariamente a él, así como que acepte ser juzgado con base en los antecedentes recabados en la etapa de investigación. De lo que se advierte que admitir los hechos constituye el límite de lo pactado entre las partes y sus consecuencias son cuestiones procesales, dado que no se abre la etapa intermedia, ni se dicta el auto de apertura del juicio oral. En ese sentido, cuando se ordena el inicio de dicho proceso y el Ministerio Público solicita la aplicación de la pena de prisión que pactó con el inculpado, ello no obliga al Juez de garantía a imponerla en esos términos, pues la limitante para él, establecida en el párrafo segundo del mencionado artículo 392, es la de no imponer una pena superior a la solicitada por el Ministerio Público, lo que indica que no es un requisito plasmado por el legislador ni una posibilidad, que la sanción deba ser pactada entre el inculpado y la representación social, dado que, de haber sido esa su intención, la redacción de la citada limitante sería: "No podrá imponer una pena superior a la pactada por el Ministerio Público y el imputado".

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo directo 323/2013. 14 de noviembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Rivera Corella. Secretario: Pánfilo Martínez Ruiz.

Esta tesis se publicó el viernes 14 de febrero de 2014 a las 11:05 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

01/02/2018

Dirección

Colonia Doctores
Mexico City
06720

Horario de Apertura

Lunes 9am - 9pm
Martes 9am - 9pm
Miércoles 9am - 9pm
Jueves 9am - 9pm
Viernes 9am - 9pm
Sábado 9am - 2pm

Teléfono

+525522596533

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Corporativo Juridico Mateos Y Asociados publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Corporativo Juridico Mateos Y Asociados:

Compartir