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SI DETECTAS ABUSO DE AUTORIDAD CONTACTANOS, NOSOTROS DE AUXILIAMOSEste delito se configura cuando los servidores público...
16/01/2024

SI DETECTAS ABUSO DE AUTORIDAD CONTACTANOS, NOSOTROS DE AUXILIAMOS

Este delito se configura cuando los servidores públicos establecen diversas formas en que pueden abusar de su poder y autoridad en detrimento de los ciudadanos y del Estado de Derecho.

Se establece que se comete abuso de autoridad cuando un servidor público, con el objetivo de impedir la ejecución de una ley, decreto o reglamento, el cobro de un impuesto o el cumplimiento de una resolución judicial pide auxilio a la fuerza pública o la emplea con ese objeto.

Cuando el servidor público retarda o niega indebidamente la protección o servicio que tiene la obligación de otorgar a los particulares, o impide la presentación o el curso de una solicitud.

Cuando un servidor público encargado de administrar justicia, bajo cualquier pretexto, se niega injustificadamente a despachar un negocio pendiente ante él, dentro de los términos establecidos por la ley.

Cuando un encargado o elemento de una fuerza pública, requerido legalmente por una autoridad competente para que le preste auxilio, se niega a dárselo o retrase el mismo injustificadamente. La misma previsión se aplica a los peritos.

Cuando el servidor público encargado de establecimientos destinados a la ejecución de sanciones privativas de libertad, de instituciones de reinserción social o de custodia y rehabilitación de menores y de reclusorios preventivos o administrativos, o centros de arraigo que, sin los requisitos legales, reciba como presa, detenida, arrestada, arraigada o interna a una persona o la mantenga privada de su libertad, sin dar parte del hecho a la autoridad correspondiente, niegue que está detenida, si lo estuviere, o no cumpla la orden de libertad girada por la autoridad competente.

Cuando se trata de privación ilegal de la libertad, y establece que si un servidor público tiene conocimiento de esta situación y no la denuncia inmediatamente a la autoridad competente o no la hace cesar, puede incurrir en el delito de abuso de autoridad.

Al uso indebido de fondos, valores u otra cosa que no se le ha confiado al servidor público. Si el servidor público se apropia o dispone de ellos indebidamente, puede incurrir en el delito de abuso de autoridad.

A la obtención, exigencia o solicitud de parte del sueldo o remuneración de uno o más de sus subalternos, dádivas u otros bienes o servicios sin derecho alguno o causa legítima. Si el servidor público realiza estas acciones, puede incurrir en el delito de abuso de autoridad.

Al otorgamiento de empleo, cargo o comisión públicos, o contratos de prestación de servicios profesionales o mercantiles o de cualquier otra naturaleza que sean remunerados, a sabiendas de que no se prestará el servicio para el que se les nombró, o no se cumplirá el contrato otorgado.

A la autorización o contratación de personas inhabilitadas por resolución firme de autoridad competente para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, siempre que lo haga con conocimiento de tal situación.

Al otorgamiento de cualquier identificación en que se acredite como servidor público a cualquier persona que realmente no desempeñe el empleo, cargo o comisión a que se haga referencia en dicha identificación.

A la obligación de declarar a las personas que se mencionan en el artículo 243 Bis, del Código Federal de Procedimientos Penales, acerca de la información obtenida con motivo del desempeño de su actividad.

Es importante destacar que el incumplimiento de la obligación de realizar el registro inmediato de la detención correspondiente, o la falsificación del Reporte Administrativo de Detención correspondiente, son considerados como conductas que configuran el delito de Abuso de Autoridad, siempre y cuando se realicen con la intención de obtener algún beneficio o perjudicar a alguien.

En lo que respecta a las sanciones previstas para el delito de Abuso de Autoridad, estas varían a lo que se hayan violado.

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¿Conoces tus derechos en relación con la autoridad fiscal?Aquí te las enlistamos, si detectas que son infringidos nosotr...
14/01/2024

¿Conoces tus derechos en relación con la autoridad fiscal?

Aquí te las enlistamos, si detectas que son infringidos nosotros te ayudamos...

1) Derecho a obtener tu devolución
2) Información y asistencia
3) respeto y consideración
4) estado de los procedimientos
5) Identidad de las autoridades fiscales
6) Ser oído en el tramite administrativo
7) Derecho a corregir tu situación fiscal
8 ) Domicilio para recibir notificaciones
9) Información al inicio de las facultades de comprobación
10) Certificación y copia de las declaraciones presentadas
11) Actuaciones menos onerosas
12) Alegatos y ofrecimiento de pruebas
13) No entregar documentos
14) Carácter reservado de datos, informes o antecedentes

¡¡CONTACTANOS!!

Multas por maltrato animal en el Estado de MéxicoDe forma general en México el maltrato animal establece de 10 a 100 día...
27/11/2023

Multas por maltrato animal en el Estado de México

De forma general en México el maltrato animal establece de 10 a 100 días de salario mínimo como multa, es decir, 17 mil 287 pesos, así como entre 60 a 180 jornadas de trabajo comunitario, así como una pena de seis meses a dos años de prisión con una multa de 150 veces la Unidad de Medida y Actualización, sin embargo, cada estado lo regula de diferente manera y de acuerdo a sus leyes aprobadas.

En el Estado de México la ‘Ley Protectora de Animales’ multa a las personas que la infrinjan y establece como actos de maltrata animal aquellas actividades que causen dolor o sufrimiento que afecten gravemente la saludy bienestar de los animales, también esta castigada la tortura, maldad, brutalidad, o negligencia, falta de alimento y animales colocados en azoteas,. Las personas pueden ser multadas por descuidar a sus mascotas, a través de malas condiciones de higiene, o movilidad, asimismo, está penada la muerte utilizando prolongados sufrimientos, en los que se incluye la mutilación.

El maltrato animal también se encuentra en el Código Penal del Estado de México y de acuerdo con su artículo 235 Bis se encontrará culpable a una persona cuando cause lesiones dolosas a cualquier animal o hasta causarle la muerte y por ello, pueden ser detenidos y procesados.

En caso de cometer actos sexuales en contra de los animales, este delito será castigado con una pena de seis meses a cuatro años de cárcel y de 50 a 150 días de multa y en caso de que las investigaciones encuentren fotografías o videos guardados, la condena incrementará según cada caso.

ASESORATE.
LIC. MONICA CARMONA

11/04/2022

Pensión por riesgo de trabajo 🎖️

Dirección

Mexico City
54030

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