04/08/2026
La Consejería Jurídica confirma contradicción en el artículo 127: el tope presidencial prevalece y el 50% debe corregirse.
Hoy, 4 de agosto de 2026, se confirmó públicamente lo que desde hace meses venimos advirtiendo:
La reforma al artículo 127 constitucional contiene una contradicción técnica que está generando afectaciones reales en las pensiones.
Durante la conferencia matutina, la Consejera Jurídica del Ejecutivo explicó que en la Constitución quedaron dos reglas incompatibles:
Regla 1: El tope salarial para servidores públicos en activo es la remuneración de la Presidenta.
Regla 2: Las pensiones no pueden exceder el 50% de ese salario.
Estas dos reglas no pueden coexistir, porque las pensiones se calculan con base en el salario activo del trabajador.
Por ello, la Consejera Jurídica reiteró su opinión del 9 de junio de 2026:
👉 Debe aplicarse lo más benéfico para la persona (principio pro persona).
Esto ya se refleja en varios sectores:
✔ Personas que estaban recibiendo la mitad pasaron al tope presidencial.
✔ El límite del 50% no debe aplicarse y debe corregirse en todos los casos donde se ajustó.
✔ No se “echó atrás” el debate sobre pensiones doradas; se aclaró la contradicción técnica.
Sin embargo, persisten inconsistencias que deben atenderse de inmediato:
En algunos sectores no se respeta el tope máximo.
Existen retenciones de ISR incorrectas y no se aplican los beneficios fiscales que la Ley del ISR reconoce a las personas pensionadas.
Hay diferencias de pensiones no pagadas o pagadas de forma irregular.
Dependencias y estados aplican criterios distintos, creando desigualdad y falta de certeza jurídica.
La Presidenta Claudia Sheinbaum confirmó que esta contradicción constitucional se corregirá en el siguiente periodo legislativo, que inicia el 1 de septiembre de 2026, cuando el Congreso de la Unión abre su periodo ordinario de sesiones.
Ese momento será decisivo. Y es fundamental que estos temas se aborden ANTES de que se apruebe la nueva reforma, para que el dictamen y el debate en el Pleno ya lleguen con claridad técnica y jurídica.
La discusión deberá realizarse en:
🔹 Comisiones dictaminadoras
🔹 Dictamen técnico
🔹 Debate en el Pleno
🔹 Votación en ambas Cámaras
🔹 Aprobación en las 32 legislaturas estatales
🔹 Publicación en el Diario Oficial de la Federación
Y es ahí donde deben abordarse los temas que siguen pendientes:
🔸 1. Restablecer la certeza jurídica en todos los sistemas de pensiones afectados.
🔸 2. Garantizar la irretroactividad y los derechos adquiridos.
🔸 3. Reconocer los regímenes especiales, como CFE, PEMEX y otros sistemas públicos.
🔸 4. Definir con claridad el tope y las prestaciones.
🔸 5. Corregir en los estados cualquier aplicación indebida del 50%.
🔸 6. Homologar criterios de ISR para evitar retenciones incorrectas y asegurar la aplicación de beneficios fiscales a pensionados.
🔸 7. Regularizar pagos pendientes, diferencias y montos no cubiertos.
Este tema no debe perderse de vista.
México atraviesa un momento en el que el sistema judicial está en legitimación, redefinición y sobrecarga, lo que hace aún más urgente que las pensiones se manejen con claridad, legalidad y certeza jurídica.
Además, se aproxima la nueva Ley Nacional de Pensiones, cuyo objetivo será ordenar y regular más de 1,000 sistemas y modelos institucionales de pensiones que existen en México, según diversos diagnósticos técnicos y académicos.
Por ello, es indispensable que estas inconsistencias y contradicciones queden resueltas antes del nuevo debate del próximo marco regulatorio nacional.
Por eso, debemos llegar enfocados, atentos y listos al siguiente periodo legislativo, sin desviar la atención.
La corrección constitucional que viene será determinante para millones de personas.
Desde DLPRA estaremos vigilantes y participando activamente para que esta corrección respete la certeza jurídica, los derechos adquiridos y la legalidad que debe regir todo sistema de pensiones.
Aquí les compartimos el video con las declaraciones completas de la Consejera Jurídica y la Presidenta.