20/04/2026
COMPRAVENTA DE PARCELA
Sólo para parcela con certificado parcelario
NO APLICA PARA PARCELAS
No para parcelas irregulares
Ya sea en litigio, en sucesión pendiente.
No para parcelas delimitadas pero sin asignar
No para parcela de la mujer, juventud, escolar,
No para de hechos o físicas dentro del uso común
Diferencia entre compraventa o enajenación onerosa
La compraventa es un acto comercial
Vender una parcela para obtener una ganancia en dinero
¿En qué consiste?
Lo oneroso, es la entrega de una cantidad de dinero,
a cambio de entregar la titularidad de la parcela
En el fondo, es una compraventa
Coloquialmente se le dice compraventa de parcela
Su nombre correcto es enajenación onerosa
¿Quién puede vender la parcela?
La persona que aparezca en el certificado parcelario vigente
No puede quien tiene la expectativa de sucesor
Tampoco quien asegura que le pertenece,
Pero no lo acredita con el certificado.
¿Cómo saberlo?
Pide o tramita directamente
Constancia de vigencia de derechos en la delegación del RAN
Es información disponible para el público en general
Es equivalente a la constancia de libertad de graven de una propiedad privada
VENTAJAS
No se pagan impuestos, ISR y ninguno otro
No te la pueden embargar, pero tampoco te la recibe como garantía de crédito
El fruto o usufructo sí.
¡Muévete rápido la propiedad privada se acabó,
La disponible no está en venta!
¿CUÁNDO INICIA EL CONTRATO?
Cuando se ponen de acuerdo sobre el precio
Negociarlo, tomar como referencia la zona
Las condiciones físicas de la tierra, plusvalía
Existen los peritos valuadores
Un solo pago o parcialidades
No existen las compraventas de palabra de parcelas
Firmar un convenio al respecto
REQUISITOS PARA LA COMPRAVANTA CORRECTA
DEL VENDEDOR
REQUISITOS RECOMENDABLES
Que cuente con el certificado parcelario a su nombre
Que no cuenten con compromisos vigentes o pendientes
con terceros sobre la parcela en venta (venta anterior, arrendamiento, etc.)
constancia de vigencia de derechos
DEL COMPRADOR
Ser reconocido legalmente como ejidatario, posesionario o avecindado
En el ejido o comunidad, mediante asamblea ejidal o constancia del Comisariado
Sin este requisito NO puede haber trato, ni contrato
Conocer y recorrer físicamente la parcela
Dar una segunda vuelta y preguntar a los vecinos
O Comisariado Ejidal, o pobladores.
Negociar condiciones como:
Fijar precio de la parcela y forma de pago
REQUISITOS INDISPENSABLES ACORDAR ENTRE AMBOS
¿Quién redacta el contrato?
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