23/09/2026
⚖️ ¿ESTÁS CASADA Y TU ESPOSO DEJÓ DE PROPORCIONARTE DINERO?
💬 ¿Sabías que no necesariamente tienes que divorciarte para reclamar alimentos a tu cónyuge?
En Colima, mientras el matrimonio continúe vigente, existe una obligación de proporcionarse alimentos entre cónyuges.
Si existe una separación de hecho y uno de los cónyuges deja de contribuir al sostenimiento del hogar, puede solicitarse judicialmente el cumplimiento de esta obligación.
📌 Es importante distinguir:
🔹 Alimentos entre cónyuges: pueden reclamarse mientras el matrimonio subsiste, cuando se actualizan los requisitos legales.
🔹 Pensión compensatoria: tiene una naturaleza distinta y, en la legislación de Colima, se encuentra vinculada principalmente con situaciones derivadas del divorcio.
🔹 Cada caso debe analizarse de manera individual considerando, entre otros aspectos, las necesidades de quien solicita los alimentos y las posibilidades económicas de quien debe proporcionarlos.
⚖️ No necesitas esperar a divorciarte para conocer tus derechos.
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