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¿Qué son los derechos humanos y por qué no son negociables?Los derechos humanos no son premios que el Estado otorga, ni ...
17/05/2025

¿Qué son los derechos humanos y por qué no son negociables?

Los derechos humanos no son premios que el Estado otorga, ni favores que se ganan. Son inherentes a todas las personas, sin importar su edad, su color de piel, su religión o su historia. Existen por el simple hecho de ser humanos.

Incluyen el derecho a la vida, a la libertad, a la educación, a no ser torturados, a vivir sin miedo. Son universales, indivisibles y progresivos: no se pierden con el tiempo, no se reparten en partes, no retroceden.

Y lo más importante: no son negociables. Aunque a veces la realidad diga otra cosa, los derechos humanos son la base sobre la que debe construirse cualquier sociedad que se diga justa.

Texto e imagen by Villegas Abogados

🐶🐾 La Corte declaró que es constitucional imponer una pena mayor en delitos contra animales si se usan métodos crueles. ...
19/01/2025

🐶🐾 La Corte declaró que es constitucional imponer una pena mayor en delitos contra animales si se usan métodos crueles.

Conoce más sobre este tema:

Las capitulaciones matrimoniales son los convenios que celebran los contrayentes, para constituir, bien sea la separació...
31/12/2024

Las capitulaciones matrimoniales son los convenios que celebran los contrayentes, para constituir, bien sea la separación de bienes o la sociedad conyugal y reglamentar su administración.

Las capitulaciones matrimoniales pueden ser otorgadas antes del matrimonio o incluso durante el mismo, incluyendo los bienes presentes y futuros, si así se desea.

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25/12/2024

🎄 | determinó que es constitucional el incremento a 12 días del período vacacional que establece la reforma a la Ley Federal del Trabajo. 🪅



Conoce más sobre este tema: bit.ly/4fgLcXX

Se publica en el DOF el decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia...
25/12/2024

Se publica en el DOF el decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Plataformas Digitales. Entra en vigor en 180 días.

La persona trabajadora de plataformas digitales será quien preste servicios personales, remunerados y subordinados, bajo el mando y supervisión de una persona física o moral que ofrece servicios a terceros, a través de una plataforma digital, y genere ingresos netos mensuales equivalentes a por lo menos un salario mínimo mensual de la Ciudad de México por su trabajo, independientemente del tiempo efectivamente trabajado.

Las personas trabajadoras que presten servicios a través de plataformas digitales serán consideradas trabajadoras independientes, si al final de cada mes no alcanzan a generar la percepción mencionada.

Sin embargo, en dicho periodo y durante el tiempo efectivamente trabajado, se les extenderán los derechos estipulados en este capítulo, con la excepción de lo dispuesto en las fracciones V relativa a la retención y entero de cuotas de seguridad social y VI del artículo 291-K. En todos los casos, las personas físicas y morales que administren plataformas digitales, serán responsables del pago del aseguramiento en el régimen del seguro social cuando ocurra un riesgo de trabajo durante el tiempo de trabajo efectivamente laborado. Si la persona trabajadora de plataformas digitales deja de tener actividad por un periodo consecutivo de 30 días naturales, se entenderá terminada la relación laboral automáticamente, sin que proceda responsabilidad o indemnización por parte del empleador.

En el caso en el que dicha persona vuelva a cumplir con las condiciones para ser una persona trabajadora de plataformas digitales, se entenderá como el inicio de una nueva relación laboral. Para el caso del cálculo e integración del salario, se atenderá a lo dispuesto en el artículo 291-F. (Artículo 291-C.-)

El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social y, en su caso, el Consejo de Administración del INFONAVIT, publicarán en el DOF, dentro de los 5 días siguientes a la entrada en vigor del Decreto, las reglas de carácter general que garanticen el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las fracciones V y VI del artículo 291-K (IMSS e INFONAVIT), a través de una prueba piloto de participación obligatoria para el aseguramiento de personas trabajadoras de plataformas digitales.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5746132&fecha=24/12/2024 .tab=0

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en familia, en un entorno de cuidado, amor, comprensión y libre de vi...
21/09/2024

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en familia, en un entorno de cuidado, amor, comprensión y libre de violencia, que les permita desarrollarse de manera plena e integral. Los vínculos que se construyen entre ellos y sus madres, padres, tutores u otras personas responsables de su cuidado permanente, son esenciales para que alcancen su máximo potencial y crezcan en las mejores condiciones posibles que les permitan hacer realidad sus proyectos de vida.

¿Cómo se determina la guarda y custodia?

De común acuerdo entre ambos progenitores/as, tomando en cuenta la opinión de sus hijas e hijos, decidirán quién la ejercerá; en qué domicilio; la periodicidad y horarios de las
convivencias con el padre/madre que no viva con ellos; el lugar donde éstas se llevarán a cabo, y la forma de solventar las necesidades de niñas, niños y adolescentes.

Es recomendable elaborar un convenio ante un centro de justicia alternativa o un juzgado en materia familiar, pues de esta manera su
contenido se vuelve obligatorio para ambas partes y, en caso de incumplimiento, puede solicitarse la intervención de las autoridades correspondientes.

En los casos en que no sea posible llegar a un acuerdo, madres y padres podrán iniciar una controversia de guarda y custodia en la que el juez o jueza recibirá y valorará las pruebas
que presenten para determinar quién puede proporcionar las condiciones más adecuadas para el desarrollo integral de la persona menor de edad; escuchará y tomará en cuenta la opinión de niñas, niños y adolescentes, y decidirá, con base en el interés superior de la niñez y adolescencia, a quién corresponderá la guarda y custodia, así como la forma en que se respetará su derecho de convivencia.

10 consejos que puedes seguir en caso de que te despidan.1. ¡No firmes NADA!2. Exige que te notifiquen por escrito el de...
19/09/2024

10 consejos que puedes seguir en caso de que te despidan.

1. ¡No firmes NADA!

2. Exige que te notifiquen por escrito el despido.

3. Graba un video del momento de tu despido.

4. Envía mensajes de WhatsApp y correo electrónico a tu jefe inmediato, y a todos aquellos que deban saber que fuiste despedido, informándoles que no es tu deseo terminar la relación laboral y solicita que te notifiquen por escrito los motivos del despido.

5. Al día siguiente de tu despido, preséntate a tu hora de entrada al centro de trabajo en compañía de algunas personas de tu confianza para que atestigüen que no se te permite el acceso a tu centro de trabajo.

6. Envía nuevamente correos y mensajes de WhatsApp a todos los involucrados directa o indirectamente con tu despido y hazles saber que acudiste a tu centro de trabajo y te negaron el acceso. Nuevamente solicita que te notifiquen por escrito los motivos del despido.

7. Continua por las próximas dos semanas mandando correo a las cuentas de correo institucionales de la empresa solicitando que te notifiquen por escrito los motivos del despido.

8. Acude al centro de conciliación y registro laboral, lo puedes hacer en compañía de una persona de tu confianza y esta puede ser o no licenciado en derecho.

9. Llamo a la PROFEDET al 8009117877 y solicita que te informen donde se encuentran las oficinas de la Procuraduría local o Federal más cercanas a tu domicilio.

10. Solicita por escrito a la autoridad competente que se te provea de los servicios legales que necesitas y relaciona todas las pruebas que entregues especificando de forma clara y precisa que pretendes probar con cada una de ellas.

16/09/2024

¡Ninguna autoridad puede negarte prestaciones sin razón! protege a todas las personas trabajadoras de México. Conoce cómo:


🟢 Más información de este y otros temas en: bit.ly/WhatsAppLaCorte

01/05/2024
En el   y la trabajadora recordamos la Jurisprudencia Interamericana en la protección del derecho al trabajo en condicio...
01/05/2024

En el y la trabajadora recordamos la Jurisprudencia Interamericana en la protección del derecho al trabajo en condiciones equitativas que garanticen seguridad, salud e higiene en el trabajo.

"El derecho a condiciones equitativas y satisfactorias que garanticen la seguridad, la salud y la higiene en el trabajo. Este derecho implica que el trabajador pueda realizar sus labores en condiciones adecuadas de seguridad, higiene y salud que prevengan accidentes de trabajo, lo cual resulta especialmente relevante cuando se trata de actividades que implican riesgos significativos para la vida e integridad de las personas"

¡Rompe el ciclo de la violencia! ¿Cómo romper el ciclo de la violencia? 1.- Identifica sí te encuentras dentro del ciclo...
28/04/2024

¡Rompe el ciclo de la violencia!

¿Cómo romper el ciclo de la violencia?

1.- Identifica sí te encuentras dentro del ciclo de la violencia
2.- Reconoce qué hay violencia
3.- Concientiza que tienes derecho a vivir una vida libre de violencia
4.- Rompe el silencio
5.- Crea un plan de acción con asesoría de instituciones de atención para la mujer, para hacer frente a la violencia
6.- Busca ayuda profesional
7.- Toma medidas legales
8.- Protege tu ubicación

Sabías que… En el 93% de separaciones o divorcios la madre es quien se queda echando pa’delante con sus hijos…Si necesit...
27/04/2024

Sabías que…

En el 93% de separaciones o divorcios la madre es quien se queda echando pa’delante con sus hijos…

Si necesitas asesoría legal, ¡contáctanos!

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