04/08/2026
El problema constitucional se presenta cuando un ciudadano es sometido a una revisión de rutina o a una detención por parte de la policía sin que exista un fundamento constitucional y legal suficiente para ello. En ese momento, la persona no cuenta con un mecanismo real e inmediato para obtener un control de legalidad del acto. La decisión queda, en los hechos, en manos del agente que ejecuta la revisión. Si el ciudadano se opone invocando el artículo 16 constitucional, corre el riesgo de que la situación escale y de ser detenido bajo otros argumentos cuya legalidad solo podrá revisarse posteriormente por un juez.
Si tiempo después un tribunal determina que la actuación fue ilegal, la declaración judicial no elimina la privación de la libertad ya sufrida, el estrés, la incertidumbre, la afectación a la dignidad, los gastos de defensa ni los demás daños ocasionados.
En ese supuesto, las garantías constitucionales del artículo 16 y el derecho de acceso a una justicia efectiva adquieren un carácter predominantemente correctivo, cuando su finalidad también es prevenir actuaciones arbitrarias del poder.
Por ello, cuando se acredita una actuación policial ilegal, la discusión no debe limitarse a la conducta individual del agente. También debe analizarse si existió una falla institucional atribuible a la corporación o a la autoridad pública responsable de organizar, supervisar y controlar a sus elementos, así como la procedencia de la responsabilidad y de la reparación integral de los daños causados, conforme al marco constitucional y legal aplicable.