03/08/2026
UNA NIÑA NO DEBERÍA TENER QUE CONVENCER A NADIE PARA SER PROTEGIDA. La violencia sexual no termina necesariamente con la agresión
Puede continuar cuando una institución retrasa la atención, desconfía de la víctima o le exige trámites que la ley no contempla
La NOM-046-SSA2-2005 obliga a las instituciones de salud a brindar atención frente a la violencia familiar y sexual. No es una recomendación ni una decisión discrecional del hospital: es una norma de observancia obligatoria
Tratándose de un embarazo producto de una violación, las instituciones públicas deben prestar los servicios correspondientes previa solicitud bajo protesta de decir verdad. La validó la constitucionalidad de este mecanismo y confirmó que el personal sanitario no debe convertirse en investigador o juez de la víctima
La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes reconoce su derecho a:
⚖️ Vivir libres de toda violencia.
🏥 Recibir atención médica gratuita y de calidad.
🔒 Que se protejan su integridad, intimidad y dignidad.
🗣️ Ser escuchados conforme a su edad y madurez.
El verdadero desafío no es únicamente reconocer estos derechos. Es garantizar que funcionen desde el primer contacto, sin prejuicios, dilaciones ni revictimización
¿ tiene una buena norma o una deuda pendiente en su aplicación?