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26/05/2026

¿UN SERVIDOR PÚBLICO PUEDE BLOQUEARME EN REDES SOCIALES? ⚖️

Es común ver a funcionarios bloquear voces críticas en plataformas como X (Twitter) o Facebook, pero la justicia en México ya determinó que esto es una práctica ilegal cuando se trata de cuentas utilizadas para la función pública.

​📍 El Caso y sus Datos (Amparo en Revisión 1005/2018)
El 20 de marzo de 2019, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió de forma histórica un amparo originado por el bloqueo que el entonces Fiscal General de Veracruz impuso a un periodista. Bajo la ponencia del Ministro Eduardo Medina Mora Icaza, se estableció un precedente obligatorio.

​🔍 Los Fundamentos Legales de la Corte:
La resolución se basa en puntos clave que todo ciudadano debe conocer:

📌 Nivel de Escrutinio Público: La Corte determinó que, al ser un servidor público y utilizar su cuenta para difundir información oficial o de su encargo, el funcionario se coloca voluntariamente en un nivel de publicidad distinto al de un ciudadano privado.

Por tanto, debe tolerar una mayor crítica.
Derecho de Acceso a la Información (Art. 6º Constitucional): Si la cuenta se usa para dar avisos, gestiones o logros, se convierte en una fuente de información pública. Bloquear a alguien impide el ejercicio de este derecho fundamental.

Libertad de Expresión: La SCJN señaló que el bloqueo es una medida restrictiva que silencia el debate público y la interacción necesaria en una democracia.

​⚖️ Fundamento: (Amparo en Revisión 1005/2018)
Votación: Aprobado por unanimidad de cuatro votos (Ministros Pérez Dayán, Medina Mora Icaza, Franco González Salas y Laynez Potisek).

​Efecto de la Sentencia: La justicia ordena el desbloqueo inmediato. Si el funcionario se niega, el Juez de Distrito tiene la facultad de requerir directamente a la representación legal de la red social en México para eliminar el bloqueo.

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