26/03/2022
Las vacaciones no se acumulan a lo largo de los años.
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¿ Cuantos días de vacaciones me corresponden?
Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.
1 año = 6 días de vacaciones.
2 años = 8 días de vacaciones.
3 años = 10 días de vacaciones.
4 años = 12 días de vacaciones.
5 - 9 años = 14 días de vacaciones.
10 - 14 años = 16 días de vacaciones
Y así sucesivamente.
Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año.
Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración.
Si la relación de trabajo termina antes de que se cumpla el año de servicios, el trabajador tendrá derecho a una remuneración proporcionada al tiempo de servicios prestados.
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