Manriquez Nuñez & Asociados

Llamar Cómo llegar Contactar con la empresa

Manriquez Nuñez & Asociados Despacho contable y jurídico. Cumplimiento laboral, fiscal, seguridad social (IMSS/INFONAVIT) y corporativo para empresas y personas en todo México.

Muchos trabajadores no saben que la constancia de su trabajo no es un favor del patrón: es una obligación.La Ley Federal...
30/09/2026

Muchos trabajadores no saben que la constancia de su trabajo no es un favor del patrón: es una obligación.

La Ley Federal del Trabajo dice dos cosas:

• Si la pides, cada quince días te deben dar por escrito cuántos días trabajaste y cuánto salario recibiste.
• Si te separas de la empresa o la pides, te deben dar una constancia escrita de tus servicios dentro de los tres días siguientes.

Lo que la ley no obliga es la carta de recomendación. Esa sí depende del patrón.

Si tienes personal a tu cargo, conviene tener un formato listo: se entrega rápido y evita malentendidos al final de la relación laboral.

Comparte con quien esté por cambiar de trabajo.

📞 612 226 5255

El 10 de septiembre el IMSS anunció ocho cambios para simplificar los trámites de las microempresas. Ya circulan como si...
28/09/2026

El 10 de septiembre el IMSS anunció ocho cambios para simplificar los trámites de las microempresas. Ya circulan como si todos estuvieran vigentes, y no es así.

El que ya está en vigor, con acuerdo publicado en el Diario Oficial, es la tarjeta patronal digital (TIP): desde el 23 de septiembre se genera en PDF en el Buzón IMSS.

Para octubre se anunció que el formato de pago de cuotas mostrará cuánto se paga por cada trabajador, con su nombre, y no solo el total. Para noviembre, un solo punto para bajar los formatos de pago del SAT y del IMSS.

Los otros cinco (alta patronal con menos datos, altas y bajas en línea, prima de riesgo sin declaración anual, reactivación del registro por el Buzón y acompañamiento el primer año) se anunciaron sin fecha.

Mientras no se publique la regla de cada uno, el trámite se sigue haciendo como hoy. Un anuncio no es motivo para dejar de revisar la prima de riesgo en febrero.

Guárdala y compártela con quien te lleve el IMSS.

📞 612 226 5255

¿El jueves 1 de octubre se descansa? Este año, no.El 1 de octubre solo es día de descanso obligatorio cada seis años, cu...
26/09/2026

¿El jueves 1 de octubre se descansa? Este año, no.

El 1 de octubre solo es día de descanso obligatorio cada seis años, cuando le toca al nuevo Presidente de la República tomar posesión. Así lo dice la Ley Federal del Trabajo desde la reforma de 2024, y por eso el 1 de octubre de ese año sí fue descanso.

En 2026 no hay cambio de Presidente. El jueves es un día laborable como cualquier otro: quien lo trabaja normalmente recibe su salario normal, sin el pago doble del descanso obligatorio. La próxima vez que el 1 de octubre sea descanso obligatorio será en 2030.

Si tu empresa decide dar el día, puede hacerlo, pero es una decisión suya o algo pactado en el contrato, no una obligación de ley. Conviene avisarlo con tiempo y por escrito.

Los siguientes descansos obligatorios del calendario son el lunes 16 de noviembre y el viernes 25 de diciembre.

¿Dudas con los días de descanso de tu equipo? 612 226 5255.

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal.

Desde hoy, la tarjeta patronal del IMSS cambia de forma.La Tarjeta de Identificación Patronal, la TIP que te piden en lo...
23/09/2026

Desde hoy, la tarjeta patronal del IMSS cambia de forma.

La Tarjeta de Identificación Patronal, la TIP que te piden en los trámites de tu registro patronal, ahora se genera en PDF desde el Buzón IMSS y sustituye a la tarjeta física en los trámites que la requieran. Lo aprobó el Consejo Técnico del IMSS en un acuerdo publicado en el Diario Oficial el 8 de septiembre, y entra en vigor hoy.

Lo que no es: no es una obligación nueva que todos los patrones tengan que cumplir hoy, y no trae multa. El acuerdo habla de «generación obligatoria», pero el procedimiento dice que los patrones que opten por usarla «la podrán generar». Lo que cambia es que, cuando un trámite te pida la TIP, será la digital.

Lo que sí conviene: sacarla antes de necesitarla. Se entra al Buzón IMSS con la e.firma, se revisa quiénes aparecen como personas autorizadas (pueden ser hasta tres) y se descarga.

Y ya que tienes la e.firma en la mano, revisa que esté vigente: el 14 de octubre termina la transición del NPIE y, desde entonces, será la única llave para tus movimientos en línea ante el IMSS.

¿Dudas con tu registro patronal? 612 226 5255.

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal.

Cada septiembre pasa lo mismo: alguien asume que como el 16 es feriado, el vencimiento del 17 se recorre. No se recorre....
12/09/2026

Cada septiembre pasa lo mismo: alguien asume que como el 16 es feriado, el vencimiento del 17 se recorre. No se recorre.

El plazo se prorroga cuando el último día del plazo cae en inhábil. El 17 de septiembre de 2026 es jueves, día hábil. Que el 16 sea inhábil no mueve nada: es un día intermedio, no el último.

Así que el jueves 17 vence, todo junto:

· ISR e IVA de agosto, retenciones y la DIOT
· Cuotas obrero-patronales del IMSS de agosto
· El bimestre julio-agosto de RCV e INFONAVIT

Un detalle que existe y casi nadie aplica bien: hay días adicionales según el sexto dígito numérico de tu RFC, por decreto de facilidades. Uno, dos, tres, cuatro o cinco días hábiles más, según el dígito. Pero no aplican a todos: quedan fuera quienes dictaminan estados financieros, los entes públicos, los partidos políticos y las sociedades integradas e integradoras, entre otros. Antes de confiarte, verifica si te toca.

Y una recomendación de las aburridas, que son las que sirven: no dejes el pago para el propio 17. El día del vencimiento las plataformas se saturan, y un comprobante que no se generó a tiempo se convierte en recargos que nadie presupuestó.

¿Quieres que revisemos tu calendario del mes antes del jueves? 612 226 5255.

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal.

Si vas a contratar gente extra para el 15 y el 16, hay tres cosas que no se pueden dejar para después. Dos son de papele...
09/09/2026

Si vas a contratar gente extra para el 15 y el 16, hay tres cosas que no se pueden dejar para después. Dos son de papeleo; de la tercera ya hablamos el sábado.

El contrato, por escrito y con la modalidad anotada. Obra determinada o tiempo determinado, según el caso. Ojo: el tiempo determinado solo procede cuando lo exige la naturaleza del trabajo o cuando sustituyes temporalmente a alguien. Si el trabajo no es temporal por naturaleza, la relación se presume por tiempo indeterminado aunque el papel diga otra cosa. Y si vence el término pero el trabajo sigue, la relación se prorroga sola.

El alta en el IMSS, dentro de cinco días hábiles. No hay excepción para el eventual: la ley lo define como tal, pero le aplica el mismo plazo. Y aquí está el dato que casi nadie sabe: si el trabajador se accidenta y el aviso de alta llega después del siniestro, el capital constitutivo se paga igual, aunque el aviso se haya presentado dentro del plazo. Tres días de trabajo pueden costar años de cuotas.

Y el pago, que ya vimos: el 16, si trabaja, se paga triple, y el 15 no es día de descanso obligatorio.

Lo que hay que resolver antes del 15 es el papel y el alta. Eso no se arregla después.

¿Contratos de temporada bien armados? 612 226 5255.

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal.

Hoy es el último día.Si en tu empresa hay gente que cobra comisiones, bonos, premios de puntualidad o tiempo extra, su s...
07/09/2026

Hoy es el último día.

Si en tu empresa hay gente que cobra comisiones, bonos, premios de puntualidad o tiempo extra, su salario ante el IMSS no es fijo: es variable. Y el aviso de modificación del bimestre julio-agosto se presenta dentro de los primeros cinco días hábiles de septiembre.

Con el 5 y el 6 en fin de semana, ese quinto día hábil es hoy, lunes 7.

Qué se comunica: el salario diario promedio que resultó del bimestre julio-agosto. Rige desde el 1 de septiembre. Y si vas a mover cinco o más trabajadores en una sola exhibición, el reglamento te obliga a hacerlo por medio electrónico, no en papel.

No avisar, o avisar tarde, es infracción de 20 a 125 UMA. Pero la multa casi nunca es lo caro. Lo caro son las diferencias con actualización y recargos que el Instituto determina dos o tres años después, cuando revisa, y para entonces el bimestre ya no se puede corregir sin costo.

Si no alcanzas hoy, preséntalo de todos modos: presentarlo tarde es mejor que no presentarlo, y ordena el expediente para lo que venga.

¿Dudas con la integración del salario variable? 612 226 5255.

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal.

El 16 de septiembre no se paga doble. Se paga triple.Y no: el 15 no es día de descanso obligatorio. El artículo 74 de la...
05/09/2026

El 16 de septiembre no se paga doble. Se paga triple.

Y no: el 15 no es día de descanso obligatorio. El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo no lo menciona. Si tu empresa lo da, es prestación o costumbre, no obligación legal.

Lo que sí dice la ley:

Si el trabajador no labora ese día, recibe su salario íntegro.
Si labora, además del salario del día le corresponde un salario doble por el servicio prestado. Tres salarios diarios en total.

Este año el 16 cae en miércoles, así que no hay puente automático, y el número de personas que trabajen ese día se pacta entre las partes.

Después de septiembre quedan dos descansos obligatorios en 2026: el tercer lunes de noviembre y el 25 de diciembre.

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal.

¿Tu página tiene un formulario de contacto? ¿Guardas los teléfonos de tus clientes en el WhatsApp del negocio?Entonces e...
02/09/2026

¿Tu página tiene un formulario de contacto? ¿Guardas los teléfonos de tus clientes en el WhatsApp del negocio?

Entonces esto te aplica.

En 2025 entró en vigor una ley nueva de protección de datos personales, y no exceptuó a las empresas por su tamaño: alcanza a cualquier persona física o moral privada que trate datos. Solo hay dos excepciones —las sociedades de información crediticia y el uso estrictamente personal, sin fines comerciales— y un formulario de clientes no cabe en ninguna.

Dos cosas cambiaron y casi nadie se enteró.

La autoridad ya no es el INAI: ahora la aplica la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

Y el aviso de privacidad tiene contenido mínimo definido por ley: quién eres y dónde estás, qué datos tratas —señalando los sensibles—, para qué los usas distinguiendo las finalidades que necesitan el consentimiento del titular, cómo se puede limitar ese uso, cómo se ejercen los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, y cómo vas a comunicar los cambios.

En una página web puedes publicar la versión simplificada, siempre que lleve los primeros cuatro puntos y señale dónde consultar el aviso completo. Es media hora de trabajo. La multa no.

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal.

«Le paré el descuento del Infonavit porque está incapacitado.»Esa frase, dicha con toda buena fe, hoy es un error que pu...
29/08/2026

«Le paré el descuento del Infonavit porque está incapacitado.»

Esa frase, dicha con toda buena fe, hoy es un error que puede costarte.

Con la reforma a la Ley del Infonavit, la retención del crédito de un trabajador ya no se suspende por ausencias ni incapacidades (artículo 29). El límite es otro: lo retenido no puede exceder el salario que efectivamente pagas, y si no alcanza, se declara retención insuficiente en el SUA. Lo que ya no existe es suspenderla por criterio propio.

En este mini-caso te contamos cómo le pasó a un negocio de La Paz — con datos modificados —, qué encontramos al revisar y cómo se corrigió antes de que el Infonavit lo encontrara primero.

La moraleja de siempre: casi ningún problema de cumplimiento empieza con mala fe. Empieza con «así lo hemos hecho siempre».

Comparte esto con quien lleve la nómina de un negocio en La Paz.

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal.

Dirección

Isabel La Catolica Numero 2646
La Paz
23040

Horario de apertura

Lunes 8:30am - 2pm
4pm - 6pm
Martes 8:30am - 2pm
4pm - 6pm
Miércoles 8:30am - 2pm
4pm - 6pm
Jueves 8:30am - 2pm
4pm - 6pm
Viernes 8:30am - 2pm
4pm - 6pm
Sábado 8:30am - 12pm

Teléfono

+526122265255

Página web

Notificaciones

Sea el primero en enterarse: le enviaremos un correo electrónico cuando Manriquez Nuñez & Asociados publique novedades y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin y puede darse de baja en cualquier momento.

Contactar Con La Empresa

Enviar un mensaje a Manriquez Nuñez & Asociados:

Atajos

Compartir