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09/04/2020

Ahorita que no están laborando ningún órgano jurisdiccional, tanto del fuero común y federal, se podría decir que el gobernado está ante una situación de “suspensión de garantías”

06/04/2020

Sabias que estás exenta de pagar cualquier tipo de contribución o derogación de impuesto, derivado de la pandemia que se está originando?

Así muchos por ahorita 🤣🤣
04/04/2020

Así muchos por ahorita 🤣🤣

Ya sabes a qué se refiere el principio pro persona? 🤔🤔
04/04/2020

Ya sabes a qué se refiere el principio pro persona? 🤔🤔

Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo En una sentencia de lectura fácil la Corte determinó que el estado de int...
02/04/2020

Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo

En una sentencia de lectura fácil la Corte determinó que el estado de interdicción es inconstitucional pues vulnera el derecho a una vida independiente de las personas con discapacidad.

✔️No hay personas normales y otras anormales.
✔️Nadie te puede quitar tus derechos por ser una persona con discapacidad

Amparo en revisión 1368/2015 🔗 http://bit.ly/2lL8yPI

02/04/2020

| NO SE DEBE PAGAR COLEGIATURA SI NO HAY CLASES: PROFECO

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) indicó que los contratantes de servicios educativos privados no están obligados a pagar la colegiatura si no están recibiendo el servicio.

La dependencia federal indicó que conforme a un análisis jurídico, el prestador únicamente podrá exigir el pago cuando haya cumplido la obligación de proporcionar los servicios a los que se comprometió.

Explicó que es aplicable incluso cuando el impedimento para cumplir con la prestación del servicio sea por una causa de fuerza mayor, es decir, ajena a la propia voluntad del proveedor.

“EL PRESTADOR DE SERVICIOS ÚNICAMENTE PODRÁ EXIGIR EL PAGO CUANDO HAYA CUMPLIDO LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONAR LOS SERVICIOS A LOS QUE SE COMPROMETIÓ Y EN CASO DE QUE NO SE HAYAN BRINDADO, EL CONSUMIDOR NO TENDRÁ LA OBLIGACIÓN DE EFECTUAR DICHO PAGO”, indicó.

Agregó que este análisis se basa en diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y a lo dispuesto en el “Acuerdo que establece las bases mínimas de información para la comercialización de servicios educativos que prestan los particulares”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de marzo de 1992, aplicable a educación básica y media superior.

El titular de Profeco advirtió que se aplicará la ley en aquellos casos en los que se detecten abusos en contra de los padres de familia y llamó a los proveedores de servicios educativos a conducirse con apego a la legalidad y solidaridad.

12/01/2020

Así las cosas en Morelos, con la ingobernabilidad

03/06/2019

VIDA POLÍTICA Por: Felipe Villafaña Junio 3 de 2019 Algo pasa en el Poder Judicial de Morelos que a todos los trabajadores de base quieren sancionar, por cuestiones banales y de poca m***a debido a que al final son empleados que perciben salario menores a los cuatro mil pesos mensuales, nada qu

La relación consensuada entre un adolescente y menor, no siempre será castigada como delito, así lo determinó nuestro má...
10/03/2019

La relación consensuada entre un adolescente y menor, no siempre será castigada como delito, así lo determinó nuestro máximo tribunal.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) precisó que no en todos los casos de relaciones ...

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