07/10/2024
Se logró 🫡
En un juicio de daño moral nos negaron las diversas pruebas de informes que determinen la situación económica del demandado, por lo que iniciamos recurso de apelación en contra de dicha negativa, pues el código civil para el estado de Querétaro establece que el daño moral es cuantificable en dinero y se determina según la capacidad económica de el afectante.
Mismo recurso acordó a nuestro favor, pues en efecto, en caso de que no se atienda a los medios probatorios suficientes que hagan ver la capacidad económica de los demandados dañarian el derecho a una justa indemnización.