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MG Abogados Empresa de abogados especializados en asesoría familiar, civil, mercantil, penal, laboral, a travé
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13/05/2023

Si eres persona física renueva tu e.firma en:

satid.sat.gob.mx si tiene menos de un año vencida.

sat.gob.mx si está por vencer.

11/05/2023

🤔¿Sabías qué?

😀Los hombres que tengan un hijo recién nacido pueden solicitar un permiso de paternidad.

😉En PROFEDET queremos que conozcas y hagas valer tus derechos laborales.

11/05/2023

¿Sabes qué puedes deducir en tu Declaración Anual de personas físicas?

Conoce los detalles aquí: https://bit.ly/41jDUvY

22/03/2023

Recurso vital para:
💧🐒 los animales,
💧🪴 las plantas
💧👫🏽 los humanos
💧🌎 la vida en el planeta.

En el Día Mundial del Agua, generemos conciencia del cuidado de la misma, y su indispensable importancia para todas y todos, a través de datos que te mostramos en una infografía. 🔽

¿Quieres conocer más datos acerca del agua? Aquí te dejamos un enlace que te llevará a la revista virtual “Numeragua” 🔗 https://bit.ly/3JBtKQV

22/03/2023

👧🧒👦El te invita a seguir la Presentación del Cuaderno de Jurisprudencia núm 18 "Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes", del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación 👩‍⚖

🗓 29/03/2023
⌚17:00 a 18:30 hrs.
📺 Sigue el

22/03/2023

📊 🔎 Explora y conoce los datos sobre patentes, diseños industriales, modelos de utilidad y marcas, en las entidades federativas en .
👉 https://datamexico.org/es

20/03/2023



El próximo lunes 20 de marzo de 2023, será día inhábil para las entidades financieras sujetas a la supervisión de la .

🔹Toma precauciones y prevé tus operaciones.

📆 bit.ly/3ijt0Vs

20/03/2023
20/03/2023

🤔¿Hay puente, cuándo?

😎Este 20 de marzo es un día no laborable.

😌Si lo trabajas debes recibir:

💰Tu sueldo.
➕ Un salario doble.

20/03/2023

Conoce los servicios que SAT ID tiene disponibles para ti. Descarga la app o ingresa a satid.sat.gob.mx

20/03/2023

Acompáñanos y disfruta en el la conferencia magistral impartida por el filósofo del derecho Manuel Atienza

📌"Sentido común y Derecho"
🗓 27/03/2023
⌚ 08:00 a 10:00 hrs.
💻Regístrate aquí 📲 https://bit.ly/42iq6mn
😷 Cubrebocas obligatorio
📺 Sigue el 🔴

17/03/2023

Si ya terminaste de pagar tu , tramita la cancelación de hipoteca, para lo cual podrás acudir al notario público de tu elección.

Llama al ☎️ 800 368 4783 si tienes alguna duda
🗓️Lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas
Sábado y domingo de 9:00 a 15:00 horas

17/03/2023
17/03/2023

Con el fin de garantizar que tu llegada al Centro de Conciliación Laboral sea lo más óptima posible.

👀Conoce las rutas de transporte público 🚌🚝 que llegan hasta nuestro Centro.

⏰El horario de atención de 8:00 am a 4:00 de la tarde.

¡Jalisco cumple en materia Laboral!

17/03/2023

¿Tienes un conflicto laboral?

Las oficinas del , Delegación , se ubican en Héroes Potosinos , N° 304, Colonia Providencia.

☎ Llámanos al (488)148-10-06.
📩: [email protected]



17/03/2023

¿Tienes un conflicto laboral?

Las oficinas del , Delegación , se ubican en calle Madero, N° 111, Plaza Palma, Local 5,6, y 7, Planta Alta.

☎ Llámanos al 487-106-30-56.
📩: [email protected]



17/03/2023

¿Tienes un conflicto laboral?

Acude a nuestras oficinas del , Delegación , con domicilio en calle Hermenegildo Galena, N° 208 Norte, Planta Baja, entre calle Escontría y 16 de Septiembre, de la Zona Centro, en Ciudad Valles.

☎ Llámanos al 481-38-2-37-02
📩: [email protected]



17/03/2023

¿Tienes un conflicto laboral?

Acude a nuestras oficinas del , en avenida Manuel J. Clouthier, N° 263, local F16, en Plaza Tangamanga, el proceso es ágil, flexible, y .

☎ Llámanos al 444-677-15-10;
📩: [email protected]

17/03/2023

De este modo, el estado será el primero en centralizar los expedientes de litigio laboral en la oficina de la Junta Central de la capital

17/03/2023
17/03/2023

Conoce los requisitos para llevar a cabo un convenio

08/03/2023

Su función, indispensable para la vida democrática y el Estado de Derecho
¡Gracias por su servicio a la sociedad y a !

08/03/2023
14/10/2022

¡Agiliza tus trámites de manera segura! Descarga nuestras aplicaciones oficiales en App Store y Google Play, cumple con tus obligaciones fiscales fácilmente.
No descargues ni utilices aplicaciones falsas.

    Conciliación Prejudicial Excepciones
05/10/2022

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03/10/2022

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03/10/2022
Justicia Laboral en Jalisco.  Avenida Juan Gil Preciado  #6735.Colonia Jardines de Nuevo MéxicoZapopan, Jalisco.Asesoría...
03/10/2022

Justicia Laboral en Jalisco.

Avenida Juan Gil Preciado #6735.
Colonia Jardines de Nuevo México
Zapopan, Jalisco.

Asesoría Jurídica, contáctanos +52 33 2782 2810

17/08/2022
17/08/2022
Cuaderno de Jurisprudencia, Núm. 13. Matrimonio y Divorcio. Suprema Corte de Justicia de la Nación.
16/08/2022

Cuaderno de Jurisprudencia, Núm. 13. Matrimonio y Divorcio. Suprema Corte de Justicia de la Nación.

https://youtu.be/7DffDqo44pI
16/08/2022

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Ya no busques más, estamos a tus órdenes para brindarte el apoyo y tranquilidad en tu trámite de Divorcio.Un grupo espec...
03/08/2022

Ya no busques más, estamos a tus órdenes para brindarte el apoyo y tranquilidad en tu trámite de Divorcio.

Un grupo especializado en el derecho familiar a tu disposición para atender tus dudas y dar seguimiento a tu proceso de Divorcio.

20/07/2022
¿Quién es el juez competente en las sucesiones?
02/04/2022

¿Quién es el juez competente en las sucesiones?

12/07/2021

La importancia de conocer los medios de defensa idóneos dentro de los procedimientos, queda plasmada en la tesis publicada el pasado viernes en el Semana Judicial de la Federación.

Época: Undécima Época
Registro: 2023381
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Publicación: viernes 09 de julio de 2021 10:16 h
Materia(s): (Administrativa)
Tesis: (IV Región)1o.9 A (11a.)

SENTENCIAS DICTADAS POR EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA. LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NO OBLIGA A LAS SALAS DE DICHO ÓRGANO A VERIFICAR OFICIOSAMENTE SI EN LA RESOLUCIÓN DE CUMPLIMIENTO LA AUTORIDAD DEMANDADA ATENDIÓ SUS EFECTOS, PUES EL PARTICULAR CUENTA CON EL RECURSO DE QUEJA SI CONSIDERA QUE NO FUE ASÍ.

Los artículos 57 y 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo establecen la obligación de las autoridades demandadas y de cualquier otra relacionada, de cumplir con las sentencias emitidas por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y el deber de éste para que, vencido el plazo otorgado para ello, actúe de oficio o a petición de parte y asegure el pleno cumplimiento de sus resoluciones, otorgándole la facultad para requerir a la autoridad demandada el informe relativo, a fin de determinar si hubo incumplimiento injustificado del fallo, así como el medio ordinario de defensa (recurso de queja) con que cuenta la parte interesada para inconformarse con éste. Sin embargo, el análisis del cumplimiento de dichas sentencias no está previsto en la ley citada, pues ésta sólo obliga a requerir un informe sobre su cumplimiento, pero no a que de manera oficiosa la Sala verifique si en la resolución de cumplimiento la autoridad demandada atendió los efectos establecidos en la sentencia, pues el particular cuenta con el recurso de queja si considera que no fue así, el cual procede contra la repetición de la resolución anulada, por exceso o defecto en su cumplimiento o por haberse emitido después de concluido el plazo de cuatro meses establecido en los artículos 52 y 57, fracción I, inciso b), de la señalada ley.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

Amparo en revisión 219/2020 (cuaderno auxiliar 103/2021) del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Aurora Bernal Botello. 6 de mayo de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Riveros Caraza. Secretaria: Ingrid Jessica García Barrientos.

Amparo en revisión 68/2020 (cuaderno auxiliar 138/2021) del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Judith Pilar Pérez de León Saldaña. 31 de mayo de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Vega Ramírez. Secretaria: Lucero Edith Fernández Beltrani.

Esta tesis se publicó el viernes 09 de julio de 2021 a las 10:16 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

Dirección

Fray Francisco Frejes 530, Ladrón De Guevara
Guadalajara
44600

Horario de Apertura

Lunes 9am - 5pm
Martes 9am - 5pm
Miércoles 9am - 5pm
Jueves 9am - 5pm
Viernes 9am - 5pm
Sábado 9am - 5pm

Teléfono

+523327822810

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La importancia de conocer los medios de defensa idóneos dentro de los procedimientos, queda plasmada en la tesis publicada el pasado viernes en el Semana Judicial de la Federación.

Época: Undécima Época
Registro: 2023381
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Publicación: viernes 09 de julio de 2021 10:16 h
Materia(s): (Administrativa)
Tesis: (IV Región)1o.9 A (11a.)

SENTENCIAS DICTADAS POR EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA. LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NO OBLIGA A LAS SALAS DE DICHO ÓRGANO A VERIFICAR OFICIOSAMENTE SI EN LA RESOLUCIÓN DE CUMPLIMIENTO LA AUTORIDAD DEMANDADA ATENDIÓ SUS EFECTOS, PUES EL PARTICULAR CUENTA CON EL RECURSO DE QUEJA SI CONSIDERA QUE NO FUE ASÍ.

Los artículos 57 y 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo establecen la obligación de las autoridades demandadas y de cualquier otra relacionada, de cumplir con las sentencias emitidas por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y el deber de éste para que, vencido el plazo otorgado para ello, actúe de oficio o a petición de parte y asegure el pleno cumplimiento de sus resoluciones, otorgándole la facultad para requerir a la autoridad demandada el informe relativo, a fin de determinar si hubo incumplimiento injustificado del fallo, así como el medio ordinario de defensa (recurso de queja) con que cuenta la parte interesada para inconformarse con éste. Sin embargo, el análisis del cumplimiento de dichas sentencias no está previsto en la ley citada, pues ésta sólo obliga a requerir un informe sobre su cumplimiento, pero no a que de manera oficiosa la Sala verifique si en la resolución de cumplimiento la autoridad demandada atendió los efectos establecidos en la sentencia, pues el particular cuenta con el recurso de queja si considera que no fue así, el cual procede contra la repetición de la resolución anulada, por exceso o defecto en su cumplimiento o por haberse emitido después de concluido el plazo de cuatro meses establecido en los artículos 52 y 57, fracción I, inciso b), de la señalada ley.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

Amparo en revisión 219/2020 (cuaderno auxiliar 103/2021) del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Aurora Bernal Botello. 6 de mayo de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Riveros Caraza. Secretaria: Ingrid Jessica García Barrientos.

Amparo en revisión 68/2020 (cuaderno auxiliar 138/2021) del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Judith Pilar Pérez de León Saldaña. 31 de mayo de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Vega Ramírez. Secretaria: Lucero Edith Fernández Beltrani.

Esta tesis se publicó el viernes 09 de julio de 2021 a las 10:16 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
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