
24/10/2020
RECUERDEN LA REAPERTURA A JUZGADOS CON LAS MEDIDAS DE SANIDAD INDICADAS
MEDIDAS EXTRAORDINARIAS
DEL ACCESO Y PERMANENCIA A LAS INSTALACIONES PERTENECIENTES AL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO
Artículo 1. Se LEVANTA LA SUSPENSIÓN de los plazos y se REANUDAN LOS TÉRMINOS JUDICIALES a partir del 10 diez de Agosto del año 2020 dos mil veinte, así como los juicios en la etapa procesal en que se encontraban en el momento de la suspensión de actividades por motivo de la pandemia.
Artículo 2.-Para el ingreso de los usuarios, litigantes y público en general, que requieran realizar alguna diligencia, trámite o consulta de expedientes, deberá contar exclusivamente con previa cita, en los términos establecidos para tal efecto en el Sistema de Citas digital consultable en la página oficial del sitio web del Consejo de la Judicatura del Estado (https://citasjuzgados.cjj.gob.mx/) y en el interior del Estado deberán acudir a las instalaciones del Juzgado para agendar su cita.
Dichas citas podrán ser canceladas si algunos de los datos son inexactos o no tenga carácter reconocido, lo cual se realizará mediante correo electrónico.
El total de citas diarias que podrán agendarse para usuarios, no excederá del 20% por ciento del aforo de las instalaciones del recinto al que se pretenda acudir.
Artículo 3. Medidas de ingreso
Para la organización del personal, con el objeto de proteger en todo momento la salud de las personas usuarias y del personal adscrito, se ordena dar continuidad a las estrictas medidas de control de acceso a todas sus instalaciones, de acuerdo a las siguientes:
1. Quedarán exentas de presentarse físicamente en el local del Juzgado, quienes se encuentren en una situación especial de vulnerabilidad, es decir, las personas adultas mayores de 60 años, mujeres embarazadas o en lactancia, y personas con diabetes, hipertensión, enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer y con inmunodeficiencias.
2. No podrán acudir a las instalaciones tanto de los Juzgados como de áreas administrativas de este Honorable Consejo de la Judicatura del Estado, menores de edad.
3. No se permitirá el acceso a quienes presenten tos, dolor de garganta, dificultad para respirar o escurrimiento nasal.
4. Será obligatorio el acceso por los diversos filtros sanitarios en los accesos de las instalaciones de este Consejo de la Judicatura, en los que, sin excepción se tomará la temperatura a las personas que ingresen, por lo que, en caso de presentar 37º o más grados Celsius de temperatura, se negará su acceso; respetando de igual manera el acceso mediante los diversos túneles de ozono instalados para bien de los asistentes a las instalaciones.
5. Se limpiarán y desinfectarán superficies y objetos como mesas, escritorios, herramientas, manijas, teléfonos, equipos de cómputo, entre otros, con solución clorada diluida en agua; así como mantener una adecuada ventilación y permitir la entrada del sol a los espacios cerrados.
6. Se evitarán reuniones en áreas cerradas y, en su caso, se deberá mantener al menos un metro ochenta centimetros de distancia entre las personas.
7. Toda persona, funcionario o no, que ingrese a las instalaciones pertenecientes a este Consejo de la Judicatura, deberá portar en todo momento cubre bocas de manera correcta (tapando nariz y boca) o careta en los mismos términos, ambos durante su permanencia de acuerdo a las recomendaciones realizadas por las Autoridades Sanitarias, sin excepción de persona.